Código Procesal Penal (CPP) Chile
Descargar gratis Código Procesal Penal Ley 19696, 29 de Septriembre de 2000 (.doc)
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-10-2026
Código Procesal Penal
- Libro Primero
Disposiciones generales
Título I
Principios básicos - Artículo 1. Juicio previo y única persecución
- Artículo 2. Juez natural
- Artículo 3. Exclusividad de la investigación penal
- Artículo 4. Presunción de inocencia del imputado
- Artículo 5. Legalidad de las medidas privativas o restrictivas de libertad
- Artículo 6. Protección de la víctima
- Artículo 7. Calidad de imputado
- Artículo 8. Ámbito de la defensa
- Artículo 9. Autorización judicial previa
- Artículo 10. Cautela de garantías
- Artículo 11. Aplicación temporal de la ley procesal penal
- Artículo 12. Intervinientes
- Artículo 13. Efecto en Chile de las sentencias penales de tribunales extranjeros
- Título II
Actividad procesal
Párrafo 1º Plazos - Artículo 14. Días y horas hábiles
- Artículo 15. Cómputo de plazos de horas
- Artículo 16. Plazos fatales e improrrogables
- Artículo 17. Nuevo plazo
- Artículo 18. Renuncia de plazos
- Párrafo 2º Comunicaciones entre autoridades
- Artículo 19. Requerimientos de información, contenido y formalidades
- Artículo 20. Solicitudes entre tribunales
- Artículo 20 BIS. Tramitación de solicitudes de asistencia internacional
- Artículo 21. Forma de realizar las comunicaciones
- Párrafo 3º Comunicaciones y citaciones del ministerio público
- Artículo 22. Comunicaciones del ministerio público
- Artículo 23. Citación del ministerio público
- Párrafo 4º Notificaciones y citaciones judiciales
- Artículo 24. Funcionarios habilitados. Las notificaciones de las resoluciones judiciales...
- Artículo 25. Contenido
- Artículo 26. Señalamiento de domicilio de los intervinientes en el procedimiento
- Artículo 27. Notificación al ministerio público
- Artículo 28. Notificación a otros intervinientes
- Artículo 29. Notificaciones al imputado privado de libertad
- Artículo 30. Notificaciones de las resoluciones en las audiencias judiciales
- Artículo 31. Otras formas de notificación
- Artículo 32. Normas aplicables a las notificaciones
- Artículo 33. Citaciones judiciales
- Párrafo 5º Resoluciones y otras actuaciones judiciales
- Artículo 34. Poder coercitivo. En el ejercicio de sus funciones, el tribunal podrá...
- Artículo 35. Nulidad de las actuaciones delegadas
- Artículo 36. Fundamentación
- Artículo 37. Firma de las resoluciones
- Artículo 38. Plazos generales para dictar las resoluciones
- Párrafo 6°. Registro de las actuaciones judiciales
- Artículo 39. Reglas generales
Artículo 40. DEROGADO
- Artículo 41. Registro de actuaciones ante los tribunales con competencia en materia penal
- Artículo 42. Valor del registro del juicio oral
- Artículo 43. Conservación de los registros
- Artículo 44. Examen del registro y certificaciones
- Párrafo 7º Costas
- Artículo 45. Pronunciamiento sobre costas
- Artículo 46. Contenido
- Artículo 47. Condena
- Artículo 48. Absolución y sobreseimiento definitivo
- Artículo 49. Distribución de costas
- Artículo 50. Personas exentas
- Artículo 51. Gastos
- Párrafo 8º Normas supletorias
- Artículo 52. Aplicación de normas comunes a todo procedimiento
- Título III
Acción penal
Párrafo 1º Clases de acciones - Artículo 53. Clasificación de la acción penal
- Artículo 54. Delitos de acción pública previa instancia particular
- Artículo 55. Delitos de acción privada
- Artículo 56. Renuncia de la acción penal
- Artículo 57. Efectos relativos de la renuncia
- Artículo 58. Responsabilidad penal
- Párrafo 2º Acciones civiles
- Artículo 59. Principio general
- Artículo 60. Oportunidad para interponer la demanda civil
- Artículo 61. Preparación de la demanda civil
- Artículo 62. Actuación del demandado
- Artículo 63. Incidentes relacionados con la demanda y su contestación
- Artículo 64. Desistimiento y abandono
- Artículo 65. Efectos de la extinción de la acción civil
- Artículo 66. Efectos del ejercicio exclusivo de la acción civil
- Artículo 67. Independencia de la acción civil respecto de la acción penal
- Artículo 68. Curso de la acción civil ante suspensión o terminación del procedimiento penal
- Título IV
Sujetos procesales
Párrafo 1º El tribunal - Artículo 69. Denominaciones
- Artículo 70. Juez de garantía competente
- Artículo 71. Atribuciones de dirección de las audiencias y disciplina dentro de ellas
- Artículo 72. Facultades durante conflictos de competencia
- Artículo 73. Efectos de la resolución que dirime la competencia
- Artículo 74. Preclusión de los conflictos de competencia
- Artículo 75. Inhabilitación del juez de garantía
- Artículo 76. Inhabilitación de los jueces del tribunal del juicio oral
- Artículo 76 bis. Regla de competencia para causas de la Fiscalía Supraterritorial
- Párrafo 2º El ministerio público
- Artículo 77. Facultades
- Artículo 78. Información y protección a las víctimas
- Artículo 78 BIS. Protección de la integridad física y psicológica de las personas objeto del tráfico ilícito de migrantes y víctimas de trata de personas
- Artículo 78 ter. Medidas especiales de protección de fiscales
- Párrafo 3º La policía
- Artículo 79. Función de la policía en el procedimiento penal
- Artículo 80. Dirección del ministerio público
- Artículo 81. Comunicaciones entre el ministerio público y la policía
- Artículo 82. Imposibilidad de cumplimiento
- Artículo 83. Actuaciones de la policía sin orden previa
- Artículo 84. Información al ministerio público
- Artículo 85. Control de identidad
- Artículo 86. Derechos de la persona sujeta a control de identidad
- Artículo 87. Instrucciones generales
- Artículo 87 BIS. Se considerará falta contra el buen servicio de los funcionarios...
- Artículo 88. Solicitud de registros de actuaciones
- Artículo 89. Examen de vestimentas, equipaje o vehículos
- Artículo 90. Levantamiento del cadáver
- Artículo 91. Declaraciones del imputado ante la policía
- Artículo 92. Prohibición de informar
- Párrafo 4º El imputado
I.- Derechos y garantías del imputado - Artículo 93. Derechos y garantías del imputado
- Artículo 94. Imputado privado de libertad
- Artículo 95. Amparo ante el juez de garantía
- Artículo 96. Derechos de los abogados
- Artículo 97. Obligación de cumplimiento e información
- Artículo 98. Declaración del imputado como medio de defensa
- II.- Imputado rebelde
- Artículo 99. Causales de rebeldía
- Artículo 100. Declaración de rebeldía
- Artículo 101. Efectos de la rebeldía
- Párrafo 5º La defensa
- Artículo 102. Derecho a designar libremente a un defensor
- Artículo 103. Efectos de la ausencia del defensor
- Artículo 103 BIS. Sanciones al defensor que no asistiere o abandonare la audiencia injustificadamente
- Artículo 104. Derechos y facultades del defensor
- Artículo 105. Defensa de varios imputados en un mismo proceso
- Artículo 106. Renuncia o abandono de la defensa
- Artículo 107. Designación posterior
- Párrafo 6º La víctima
- Artículo 108. Concepto
- Artículo 109. Derechos de la víctima
- Artículo 109 BIS. Medidas de protección especiales para víctimas de delitos de violencia sexual
- Artículo 109 TER. Deber de prevención de la victimización secundaria
- Artículo 110. Información a personas que no hubieren intervenido en el procedimiento
- Artículo 110 BIS. Designación de curador ad litem
- Párrafo 7º El querellante
- Artículo 111. Querellante
- Artículo 112. Oportunidad para presentar la querella
- Artículo 113. Requisitos de la querella
- Artículo 114. Inadmisibilidad de la querella
- Artículo 115. Apelación de la resolución
- Artículo 116. Prohibición de querella
- Artículo 117. Querella rechazada
- Artículo 118. Desistimiento
- Artículo 119. Derechos del querellado frente al desistimiento
- Artículo 120. Abandono de la querella
- Artículo 121. Efectos del abandono
- Título V
Medidas cautelares personales
Párrafo 1º Principio general - Artículo 122. Finalidad y alcance
- Párrafo 2º Citación
- Artículo 123. Oportunidad de la citación judicial
- Artículo 124. Exclusión de otras medidas
- Artículo 124 BIS. Tratándose del caso previsto en los párrafos tercero y final...
- Párrafo 3º Detención
- Artículo 125. Procedencia de la detención
- Artículo 126. Presentación voluntaria del imputado
- Artículo 127. Detención judicial
- Artículo 127 bis. El tribunal, a solicitud del Ministerio Público, decretará la...
- Artículo 128. Detención por cualquier tribunal
- Artículo 129. Detención en caso de flagrancia
- Artículo 130. Situación de flagrancia
- Artículo 131. Plazos de la detención
- Artículo 132. Comparecencia judicial
- Artículo 132 BIS. Apelación de la resolución que declara la ilegalidad de la detención
- Artículo 133. Ingreso de personas detenidas
- Artículo 134. Citación, registro y detención en casos de flagrancia
- Artículo 135. Información al detenido
- Artículo 136. Fiscalización del cumplimiento del deber de información
- Artículo 137. Difusión de derechos
- Artículo 138. Detención en la residencia del imputado
- Párrafo 4º Prisión preventiva
- Artículo 139. Procedencia de la prisión preventiva
- Artículo 140. Requisitos para ordenar la prisión preventiva
- Artículo 141. Improcedencia de la prisión preventiva
- Artículo 142. Tramitación de la solicitud de prisión preventiva
- Artículo 143. Resolución sobre la prisión preventiva
- Artículo 144. Modificación y revocación de la resolución sobre la prisión preventiva
- Artículo 145. Substitución de la prisión preventiva y revisión de oficio
- Artículo 146. Caución para reemplazar la prisión preventiva
- Artículo 147. Ejecución de las cauciones económicas
- Artículo 148. Cancelación de la caución
- Artículo 149. Recursos relacionados con la medida de prisión preventiva
- Artículo 150. Ejecución de la medida de prisión preventiva
- Artículo 151. Prohibición de comunicaciones
- Artículo 152. Límites temporales de la prisión preventiva
- Artículo 153. Término de la prisión preventiva por absolución o sobreseimiento
- Párrafo 5º Requisitos comunes a la prisión preventiva y a la detención
- Artículo 154. Orden Judicial
- Párrafo 6º Otras medidas cautelares personales
- Artículo 155. Enumeración y aplicación de otras medidas cautelares personales
- Artículo 156. Suspensión temporal de otras medidas cautelares personales
- Artículo 156 BIS. Medidas cautelares especiales
- Título VI
Medidas cautelares reales - Artículo 157. Procedencia de las medidas cautelares reales
- Artículo 157 BIS. Concesión de medidas sin audiencia del afectado
- Artículo 157 TER. Medida cautelar real especial
- Artículo 158. Recurso de apelación
- Título VII
Nulidades procesales - Artículo 159. Procedencia de las nulidades procesales
- Artículo 160. Presunción de derecho del perjuicio
- Artículo 161. Oportunidad para solicitar la nulidad
- Artículo 162. Titulares de la solicitud de declaración de nulidad
- Artículo 163. Nulidad de oficio
- Artículo 164. Saneamiento de la nulidad
- Artículo 165. Efectos de la declaración de nulidad
- Libro Segundo
Procedimiento ordinario
Título I
Etapa de investigación
Párrafo 1º Persecución penal pública - Artículo 166. Ejercicio de la acción penal
- Artículo 167. Archivo provisional
- Artículo 168. Facultad para no iniciar investigación
- Artículo 169. Control judicial
- Artículo 170. Principio de oportunidad
- Artículo 171. Cuestiones prejudiciales civiles
- Párrafo 2º Inicio del procedimiento
- Artículo 172. Formas de inicio
- Artículo 173. Denuncia
- Artículo 174. Forma y contenido de la denuncia
- Artículo 175. Denuncia obligatoria
- Artículo 176. Plazo para efectuar la denuncia
- Artículo 177. Incumplimiento de la obligación de denunciar
- Artículo 178. Responsabilidad y derechos del denunciante
- Artículo 179. Autodenuncia
- Párrafo 3º Actuaciones de la investigación
- Artículo 180. Investigación de los fiscales
- Artículo 181. Actividades de la investigación
- Artículo 182. Secreto de las actuaciones de investigación
- Artículo 183. Proposición de diligencias
- Artículo 184. Asistencia a diligencias
- Artículo 185. Agrupación y separación de investigaciones
- Artículo 186. Control judicial anterior a la formalización de la investigación
- Artículo 187. Objetos, documentos e instrumentos
- Artículo 187 bis. Enajenación temprana de especies
- Artículo 188. Conservación de las especies
- Artículo 189. Reclamaciones o tercerías
- Artículo 190. Testigos ante el ministerio público
- Artículo 191. Anticipación de prueba
Artículo 191 BIS. Anticipación de prueba de menores de edad. Derogado.-
- Artículo 191 TER. Anticipación de prueba con el fin de evitar la victimización secundaria
- Artículo 192. Anticipación de prueba testimonial en el extranjero
- Artículo 193. Comparecencia del imputado ante el ministerio público
- Artículo 194. Declaración voluntaria del imputado
- Artículo 195. Métodos prohibidos
- Artículo 196. Prolongación excesiva de la declaración
- Artículo 197. Exámenes corporales
- Artículo 198. Exámenes médicos y pruebas relacionadas con los delitos...
- Artículo 199. Exámenes médicos y autopsias
- Artículo 199 BIS. Exámenes y pruebas de ADN
- Artículo 200. Lesiones corporales
- Artículo 201. Hallazgo de un cadáver
- Artículo 202. Exhumación
- Artículo 203. Pruebas caligráficas
- Artículo 204. Entrada y registro en lugares de libre acceso público
- Artículo 205. Entrada y registro en lugares cerrados
- Artículo 206. Entrada y registro en lugares cerrados sin autorización u orden
- Artículo 207. Horario para el registro
- Artículo 208. Contenido de la orden de registro
- Artículo 209. Entrada y registro en lugares especiales
- Artículo 210. Entrada y registro en lugares que gozan de inviolabilidad diplomática
- Artículo 211. Entrada y registro en locales consulares
- Artículo 212. Procedimiento para el registro
- Artículo 213. Medidas de vigilancia
- Artículo 214. Realización de la entrada y registro
- Artículo 215. Objetos y documentos no relacionados con el hecho investigado
- Artículo 216. Constancia de la diligencia
- Artículo 217. Incautación de objetos y documentos
- Artículo 218. Retención e incautación de correspondencia
- Artículo 218 BIS. Preservación provisoria de datos informáticos
- Artículo 218 TER. Registros de llamadas y otros antecedentes de tráfico comunicacional
- Artículo 219. Copias de comunicaciones o transmisiones
- Artículo 220. Objetos y documentos no sometidos a incautación
- Artículo 221. Inventario y custodia
- I. Interceptación de comunicaciones
- Artículo 222. Ámbito de aplicación
- Artículo 223. Registro de la interceptación
- Artículo 224. Notificación al afectado por la interceptación
- Artículo 225. Prohibición de utilización
- Artículo 225 BIS. Registro remoto de equipos informáticos y ámbito de aplicación
- Artículo 225 TER. Requisitos de la resolución que autoriza la medida
- Artículo 225 QUÁTER. Ampliación del registro
- Artículo 225 QUINQUIES. Deber de colaboración
- Artículo 226. Otros medios técnicos de investigación
- Párrafo 3° bis Diligencias especiales de investigación aplicables para casos de criminalidad organizada.
I. Medidas intrusivas referidas a las comunicaciones, imágenes y sonidos, y al registro de equipos informáticos - Artículo 226 A. Ámbito de aplicación
- II. Agentes encubiertos, agentes reveladores e informantes
- Artículo 226 B. Ámbito de aplicación
- Artículo 226 C. Agente encubierto
- Artículo 226 D. Agente revelador
- Artículo 226 E. Informantes
- III. Entregas vigiladas
- Artículo 226 F. Ámbito de aplicación
- Artículo 226 G. Suspensión de la entrega vigilada
- IV. Disposiciones comunes
- Artículo 226 H. Exención de responsabilidad criminal
- Artículo 226 I. Prohibición de la inducción a la perpetración de delitos
- Artículo 226 J. Secreto y acceso a la información de defensa
- Artículo 226 K. Extralimitación en el uso de técnicas especiales
- Artículo 226 L. Utilización de medios de prueba
- Artículo 226 M. Rendición de cuentas
- V. De las medidas de protección para agentes encubiertos, reveladores e informantes
- Artículo 226 N. Medidas especiales de protección
- Artículo 226 O. Prohibición de revelación de información
- Artículo 226 P. Declaración en juicio
- Artículo 226 Q. Protección policial
- Artículo 226 R. Medidas de protección complementarias
- Artículo 226 S. Cambio de identidad
- Artículo 226 T. Violación del secreto de la investigación y de la identidad
- Artículo 226 U. Valoración de la prueba y condena
- Artículo 226 V. Protección de las víctimas
- VI. Regla común al presente Párrafo
- Artículo 226 W. Hallazgo casual con ocasión de diligencias especiales de investigación
- Artículo 226 X. Regla especial referida a delitos terroristas
- Artículo 226 Y. Medidas de protección de jueces
- Artículo 226 Z. Comparecencia a audiencias
- Párrafo 4º Registros de la investigación
- Artículo 227. Registro de las actuaciones del ministerio público
- Artículo 228. Registro de las actuaciones policiales
- Artículo 228 BIS. Para efectos de lo señalado en el artículo anterior, en las...
- Párrafo 4° bis
De la cooperación eficaz con la investigación - Artículo 228 BIS A. Cooperación eficaz
- Artículo 228 TER. Acuerdos de cooperación
- Artículo 228 QUÁTER. Acuerdo de cooperación eficaz calificada
- Artículo 228 QUINQUIES. Cooperación eficaz calificada de un condenado
- Artículo 228 SEXIES. Efectos del acuerdo de cooperación
- Artículo 228 SEPTIES. Reconocimiento de la cooperación eficaz por el tribunal
- Párrafo 5º Formalización de la investigación
- Artículo 229. Concepto de la formalización de la investigación
- Artículo 229 BIS. Reformalización
- Artículo 230. Oportunidad de la formalización de la investigación
- Artículo 231. Solicitud de audiencia para la formalización de la investigación
- Artículo 232. Audiencia de formalización de la investigación
- Artículo 233. Efectos de la formalización de la investigación
- Artículo 234. Plazo judicial para el cierre de la investigación
- Artículo 235. Juicio inmediato
- Artículo 236. Autorización para practicar diligencias sin conocimiento del afectado
- Párrafo 6º Suspensión condicional del procedimiento y acuerdos reparatorios
- Artículo 237. Suspensión condicional del procedimiento
- Artículo 238. Condiciones por cumplir decretada la suspensión condicional del procedimiento
- Artículo 238 bis. Suspensión condicional para el tratamiento problemático de drogas y/o alcohol
- Artículo 238 ter. Audiencias de seguimiento de suspensión condicional para el tratamiento problemático de drogas y/o alcohol
- Artículo 238 quáter. Audiencias de egreso de suspensión condicional para el tratamiento problemático de drogas y/o alcohol
- Artículo 239. Revocación de la suspensión condicional
- Artículo 240. Efectos de la suspensión condicional del procedimiento
- Artículo 241. Procedencia de los acuerdos reparatorios
- Artículo 242. Efectos penales del acuerdo reparatorio
- Artículo 243. Efectos civiles del acuerdo reparatorio
- Artículo 244. Efectos subjetivos del acuerdo reparatorio
- Artículo 245. Oportunidad para pedir y decretar la suspensión condicional del procedimiento o los acuerdos reparatorios
- Artículo 246. Registro
- Párrafo 7º Conclusión de la investigación
- Artículo 247. Plazo para declarar el cierre de la investigación
- Artículo 248. Cierre de la investigación
- Artículo 249. Citación a audiencia
- Artículo 250. Sobreseimiento definitivo
- Artículo 251. Efectos del sobreseimiento definitivo
- Artículo 252. Sobreseimiento temporal
- Artículo 253. Recursos
- Artículo 254. Reapertura del procedimiento al cesar la causal de sobreseimiento temporal
- Artículo 255. Sobreseimiento total y parcial
- Artículo 256. Facultades del juez respecto del sobreseimiento
- Artículo 257. Reapertura de la investigación
- Artículo 258. Forzamiento de la acusación
- Título II
Preparación del juicio oral
Párrafo 1º Acusación - Artículo 259. Contenido de la acusación
- Párrafo 2º Audiencia de preparación del juicio oral
- Artículo 260. Citación a la audiencia
- Artículo 261. Actuación del querellante
- Artículo 262. Plazo de notificación
- Artículo 263. Facultades del acusado
- Artículo 264. Excepciones de previo y especial pronunciamiento
- Artículo 265. Excepciones en el juicio oral
- Párrafo 3º Desarrollo de la audiencia de preparación del juicio oral
- Artículo 266. Oralidad e inmediación
- Artículo 267. Resumen de las presentaciones de los intervinientes
- Artículo 268. Defensa oral del imputado
- Artículo 269. Comparecencia del fiscal y del defensor
- Artículo 270. Corrección de vicios formales en la audiencia de preparación del juicio oral
- Artículo 271. Resolución de excepciones en la audiencia de preparación del juicio oral
- Artículo 272. Debate acerca de las pruebas ofrecidas por las partes
- Artículo 273. Conciliación sobre la responsabilidad civil en la audiencia de preparación del juicio oral
- Artículo 274. Unión y separación de acusaciones
- Artículo 275. Convenciones probatorias
- Artículo 276. Exclusión de pruebas para el juicio oral
- Artículo 277. Auto de apertura del juicio oral
- Artículo 278. Nuevo plazo para presentar prueba
- Artículo 279. Devolución de los documentos de la investigación
- Artículo 280. Prueba anticipada
- Artículo 280 bis. Audiencia intermedia
- Título III
Juicio oral
Párrafo 1º Actuaciones previas al juicio oral - Artículo 281. Fecha, lugar, integración y citaciones
- Párrafo 2º Principios del juicio oral
- Artículo 282. Continuidad del juicio oral
- Artículo 283. Suspensión de la audiencia o del juicio oral
- Artículo 284. Presencia ininterrumpida de los jueces y del ministerio público en el juicio oral
- Artículo 285. Presencia del acusado en el juicio oral
- Artículo 286. Presencia del defensor en el juicio oral
- Artículo 287. Sanciones al fiscal que no asistiere o abandonare la audiencia injustificadamente
- Artículo 288. Ausencia del querellante o de su apoderado en el juicio oral
- Artículo 289. Publicidad de la audiencia del juicio oral
- Artículo 290. Incidentes en la audiencia del juicio oral
- Artículo 291. Oralidad
- Párrafo 3º Dirección y disciplina
- Artículo 292. Facultades del juez presidente de la sala en la audiencia del juicio oral
- Artículo 293. Deberes de los asistentes a la audiencia del juicio oral
- Artículo 294. Sanciones
- Párrafo 4º Disposiciones generales sobre la prueba
- Artículo 295. Libertad de prueba
- Artículo 296. Oportunidad para la recepción de la prueba
- Artículo 297. Valoración de la prueba
- Párrafo 5º Testigos
- Artículo 298. Deber de comparecer y declarar
- Artículo 299. Renuencia a comparecer o a declarar
- Artículo 300. Excepciones a la obligación de comparecencia
- Artículo 301. Declaración de personas exceptuadas
- Artículo 302. Facultad de no declarar por motivos personales
- Artículo 303. Facultad de abstenerse de declarar por razones de secreto
- Artículo 304. Deber de comparecencia en ambos casos
- Artículo 305. Principio de no autoincriminación
- Artículo 306. Juramento o promesa
- Artículo 307. Individualización del testigo
- Artículo 308. Protección a los testigos
- Artículo 309. Declaración de testigos
- Artículo 310. Testigos menores de edad
- Artículo 311. Testigos sordos o mudos
- Artículo 312. Derechos del testigo
- Artículo 313. Efectos de la comparecencia respecto de otras obligaciones similares
- Párrafo 6º Informe de peritos
- Artículo 314. Procedencia del informe de peritos
- Artículo 315. Contenido del informe de peritos
- Artículo 316. Admisibilidad del informe y remuneración de los peritos
- Artículo 317. Incapacidad para ser perito
- Artículo 318. Improcedencia de inhabilitación de los peritos
- Artículo 319. Declaración de peritos
- Artículo 320. Instrucciones necesarias para el trabajo de los peritos
- Artículo 321. Auxiliares del ministerio público como peritos
- Artículo 321 BIS. Peritajes en procedimientos sobre uso de la fuerza policial o militar
- Artículo 322. Terceros involucrados en el procedimiento
- Párrafo 7º Otros medios de prueba
- Artículo 323. Medios de prueba no regulados expresamente
- Párrafo 8º Prueba de las acciones civiles
- Artículo 324. Prueba de las acciones civiles
- Párrafo 9º Desarrollo del juicio oral
- Artículo 325. Apertura del juicio oral
- Artículo 326. Defensa y declaración del acusado
- Artículo 327. Comunicación entre el acusado y su defensor
- Artículo 328. Orden de recepción de las pruebas en la audiencia del juicio oral
- Artículo 329. Peritos y testigos en la audiencia del juicio oral
- Artículo 330. Métodos de interrogación
- Artículo 330 bis. Testigo hostil
- Artículo 331. Reproducción de declaraciones anteriores en la audiencia del juicio oral
- Artículo 332. Lectura para apoyo de memoria en la audiencia del juicio oral
- Artículo 333. Lectura o exhibición de documentos, objetos y otros medios
- Artículo 334. Prohibición de lectura de registros y documentos
- Artículo 335. Antecedentes de la suspensión condicional del procedimiento, acuerdos reparatorios y procedimiento abreviado
- Artículo 336. Prueba no solicitada oportunamente
- Artículo 337. Constitución del tribunal en lugar distinto de la sala de audiencias
- Artículo 338. Alegato final y clausura de la audiencia del juicio oral
- Párrafo 10° Sentencia definitiva
- Artículo 339. Deliberación
- Artículo 340. Convicción del tribunal
- Artículo 341. Sentencia y acusación
- Artículo 342. Contenido de la sentencia
- Artículo 343. Decisión sobre absolución o condena
- Artículo 344. Plazo para redacción de la sentencia
Artículo 345. DEROGADO
- Artículo 346. Audiencia de comunicación de la sentencia
- Artículo 347. Decisión absolutoria y medidas cautelares personales
- Artículo 348. Sentencia condenatoria
- Artículo 348 BIS. Comiso de ganancias y comiso por valor equivalente
- Artículo 349. Pronunciamiento sobre la demanda civil
- Artículo 350. DEROGADO
- Artículo 351. Reiteración de crímenes o simples delitos de una misma especie
- Libro Tercero
Recursos
Título I
Disposiciones generales - Artículo 352. Facultad de recurrir
- Artículo 353. Aumento de los plazos
- Artículo 354. Renuncia y desistimiento de los recursos
- Artículo 355. Efecto de la interposición de recursos
- Artículo 356. Prohibición de suspender la vista de la causa por falta de integración del tribunal
- Artículo 357. Suspensión de la vista de la causa por otras causales
- Artículo 358. Reglas generales de vista de los recursos
- Artículo 359. Prueba en los recursos
- Artículo 360. Decisiones sobre los recursos
- Artículo 361. Aplicación supletoria
- Título II
Recurso de reposición - Artículo 362. Reposición de las resoluciones dictadas fuera de audiencias
- Artículo 363. Reposición en las audiencias orales
- Título III
Recurso de apelación - Artículo 364. Resoluciones inapelables
- Artículo 365. Tribunal ante el que se entabla el recurso de apelación
- Artículo 366. Plazo para interponer el recurso de apelación
- Artículo 367. Forma de interposición del recurso de apelación
- Artículo 368. Efectos del recurso de apelación
- Artículo 369. Recurso de hecho
- Artículo 370. Resoluciones apelables
- Artículo 371. Antecedentes a remitir concedido el recurso de apelación
- Título IV
Recurso de Nulidad - Artículo 372. Del recurso de nulidad
- Artículo 373. Causales del recurso
- Artículo 374. Motivos absolutos de nulidad
- Artículo 375. Defectos no esenciales
- Artículo 376. Tribunal competente para conocer del recurso
- Artículo 377. Preparación del recurso
- Artículo 378. Requisitos del escrito de interposición
- Artículo 379. Efectos de la interposición del recurso
- Artículo 380. Admisibilidad del recurso en el tribunal a quo. Interpuesto el recurso, el...
- Artículo 381. Antecedentes a remitir concedido el recurso
- Artículo 382. Actuaciones previas al conocimiento del recurso
- Artículo 383. Admisibilidad del recurso en el tribunal ad quem
- Artículo 384. Fallo del recurso
- Artículo 385. Nulidad de la sentencia
- Artículo 386. Nulidad del juicio oral y de la sentencia
- Artículo 387. Improcedencia de recursos
- Libro Cuarto
Procedimientos especiales y ejecución
Título I
Procedimiento simplificado - Artículo 388. Ámbito de aplicación
- Artículo 389. Normas supletorias
- Artículo 390. Requerimiento
- Artículo 391. Contenido del requerimiento
- Artículo 392. Procedimiento monitorio
- Artículo 393. Citación a audiencia
- Artículo 393 BIS. Procedimiento simplificado en caso de falta o simple delito flagrante
- Artículo 394. Primeras actuaciones de la audiencia
- Artículo 395. Resolución inmediata
- Artículo 395 BIS. Preparación del juicio simplificado
- Artículo 396. Realización del juicio
- Artículo 397. Reiteración de faltas
- Artículo 398. Suspensión de la imposición de condena por falta
- Artículo 399. Recursos
- Título II
Procedimiento por delito de acción privada - Artículo 400. Inicio del procedimiento
- Artículo 401. Desistimiento de la querella
- Artículo 402. Abandono de la acción
- Artículo 403. Comparecencia de las partes a la audiencia en los delitos de acción privada
- Artículo 404. Conciliación
- Artículo 405. Normas supletorias
- Título III
Procedimiento abreviado - Artículo 406. Presupuestos del procedimiento abreviado
- Artículo 407. Oportunidad para solicitar el procedimiento abreviado
- Artículo 408. Oposición del querellante al procedimiento abreviado
- Artículo 409. Intervención previa del juez de garantía
- Artículo 410. Resolución sobre la solicitud de procedimiento abreviado
- Artículo 411. Trámite en el procedimiento abreviado
- Artículo 411 BIS. Sanciones al fiscal que no asistiere o abandonare la audiencia injustificadamente
- Artículo 412. Fallo en el procedimiento abreviado
- Artículo 413. Contenido de la sentencia en el procedimiento abreviado
- Artículo 414. Recursos en contra de la sentencia dictada en el procedimiento abreviado
- Artículo 415. Normas aplicables en el procedimiento abreviado
- Título III bis
Procedimiento relativo a la imposición de comiso sin condena previa - Artículo 415 BIS. Ámbito de aplicación
- Artículo 415 TER. Inicio del procedimiento
- Artículo 415 QUÁTER. Contenido del requerimiento
- Artículo 415 QUINQUIES. Citación a audiencia
- Artículo 415 SEXIES. Desarrollo de la audiencia
- Artículo 415 SEPTIES. Contenido de la sentencia
- Artículo 415 OCTIES. Recursos
- Artículo 415 NONIES. Ejecución
- Título IV
Procedimiento relativo a personas que gozan de fuero constitucional
Párrafo 1º Personas que tienen el fuero del artículo 58 de la Constitución Política - Artículo 416. Solicitud de desafuero
- Artículo 417. Detención in fraganti
- Artículo 418. Apelación
- Artículo 419. Comunicación en caso de desafuero de diputado o senador
- Artículo 420. Efectos de la resolución que diere lugar a formación de causa
- Artículo 421. Efectos de la resolución que no diere lugar a formación de causa
- Artículo 422. Pluralidad de sujetos
- Párrafo 2º Delegados Presidenciales Regionales, Delegados Presidenciales Provinciales y Gobernadores Regionales
- Artículo 423. Remisión a normas del Párrafo 1º. El procedimiento...
- Título V
Querella de capítulos - Artículo 424. Objeto de la querella de capítulos
- Artículo 425. Solicitud de admisibilidad de los capítulos de acusación
- Artículo 426. Juez, fiscal judicial o fiscal detenido in fraganti
- Artículo 427. Apelación
- Artículo 428. Efectos de la sentencia que declara admisible la querella de capítulos
- Artículo 429. Efectos de la sentencia que declara inadmisible la querella de capítulos
- Artículo 430. Pluralidad de sujetos
- Título VI
Extradición
Párrafo 1º Extradición activa - Artículo 431. Procedencia de la extradición activa
- Artículo 432. Tramitación ante el juez de garantía
- Artículo 433. Audiencia ante la Corte de Apelaciones
- Artículo 434. Solicitud de detención previa u otra medida cautelar personal
- Artículo 435. Fallo de la solicitud de extradición activa
- Artículo 436. Fallo que acoge la solicitud de extradición activa
- Artículo 437. Tramitación del fallo que acoge la solicitud de extradición activa
- Artículo 438. Extradición activa improcedente o no concedida
- Artículo 439. Multiplicidad de imputados en un mismo procedimiento
- Párrafo 2º Extradición pasiva
- Artículo 440. Procedencia de la extradición pasiva
- Artículo 441. Tribunal de primera instancia en la extradición pasiva
- Artículo 442. Detención previa
- Artículo 443. Representación del Estado requirente
- Artículo 444. Ofrecimiento y producción de pruebas
- Artículo 445. Declaración del imputado
- Artículo 446. Procedencia de la prisión preventiva y de otras medidas cautelares personales
- Artículo 447. De la modificación, revocación o sustitución de las medidas cautelares personales
- Artículo 448. Audiencia en la extradición pasiva
- Artículo 449. Fallo de la extradición pasiva
- Artículo 450. Recursos en contra de la sentencia que falla la petición de extradición
- Artículo 451. Sentencia que concede la extradición pasiva
- Artículo 452. Sentencia que deniega la extradición pasiva
- Artículo 453. Desistimiento del Estado requirente
- Artículo 454. Extradición pasiva simplificada
- Título VII
Procedimiento para la aplicación exclusiva de medidas de seguridad
Párrafo 1º Disposiciones generales - Artículo 455. Procedencia de la aplicación de medidas de seguridad
- Artículo 456. Supletoriedad de las normas del Libro Segundo para la aplicación de medidas de seguridad
- Artículo 457. Clases de medidas de seguridad
- Párrafo 2º Sujeto inimputable por enajenación mental
- Artículo 458. Imputado enajenado mental
- Artículo 459. Designación de curador
- Artículo 460. Actuación del ministerio público
- Artículo 461. Requerimiento de medidas de seguridad
- Artículo 462. Resolución del requerimiento
- Artículo 463. Reglas especiales relativas a la aplicación de medidas de seguridad
- Artículo 464. Internación provisional del imputado
- Párrafo 3º Imputado que cae en enajenación durante el procedimiento
- Artículo 465. Imputado que cae en enajenación mental
- Título VIII
Ejecución de las sentencias condenatorias y medidas de seguridad
Párrafo 1º. Intervinientes - Artículo 466. Intervinientes
- Párrafo 2º Ejecución de las sentencias
- Artículo 467. Normas aplicables a la ejecución de sentencias penales
- Artículo 468. Ejecución de la sentencia penal
- Artículo 468 bis. Ejecución del comiso de ganancias
- Artículo 469. Destino de las especies decomisadas
- Artículo 470. Especies retenidas y no decomisadas
- Artículo 471. Control sobre las especies puestas a disposición del tribunal
- Artículo 472. Ejecución civil
- Párrafo 3º. Revisión de las sentencias firmes
- Artículo 473. Procedencia de la revisión
- Artículo 474. Plazo y titulares de la solicitud de revisión
- Artículo 475. Formalidades de la solicitud de revisión
- Artículo 476. Improcedencia de la prueba testimonial
- Artículo 477. Efectos de la interposición de la solicitud de revisión
- Artículo 478. Decisión del tribunal
- Artículo 479. Efectos de la sentencia
- Artículo 480. Información de la revisión en un nuevo juicio
- Párrafo 4º Ejecución de medidas de seguridad
- Artículo 481. Duración y control de las medidas de seguridad
- Artículo 482. Condenado que cae en enajenación mental
- Título Final
Entrada en vigencia de este Código - Artículo 483. Aplicación de las disposiciones del Código
- Artículo 484. Entrada en vigencia respecto de hechos acaecidos en el territorio nacional
- Artículo 485. Entrada en vigencia respecto de hechos acaecidos en el extranjero
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