Código Civil Artículo 999 Chile
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 22-10-2024
Código Civil
Artículo 999.
El testamento es un acto más o menos solemne, en que una persona dispone del todo o de una parte de sus bienes para que tenga pleno efecto después de sus días, conservando la facultad de revocar las disposiciones contenidas en él, mientras viva.
Chile Art. 999 CC
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
01-06-24 11:22:48
Una madre puede heredar a un solo hijo su empresa y un vehículo. O existe alguna forma que esto quede solo a nombre de este hijo después que ella fallezca.
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