Organica constitucional de carabineros de chile Chile
Descargar gratis Organica constitucional de carabineros de chile Ley 18961, 27 de Febrero 1990 (.doc)
Organica constitucional de carabineros de chile
- TITULO I
Disposiciones Generales - Artículo 1. Carabineros de Chile es una Institución policial técnica y de carácter...
- Artículo 2. Carabineros de Chile como cuerpo policial armado es esencialmente obediente,...
- Artículo 2 BIS. Carabineros de Chile, como parte de la Administración del Estado, está al...
- Artículo 2 TER. Carabineros de Chile deberá informar al Ministerio del Interior y Seguridad...
- Artículo 2 quáter. Carabineros de Chile, como institución integrante de las Fuerzas de Orden y...
- Artículo 2 quinquies. Dentro del marco de su disponibilidad presupuestaria y su factibilidad de...
- Artículo 3. Carabineros de Chile establecerá los servicios policiales, según lo señalado...
- Artículo 3 bis. Carabineros de Chile deberá elaborar de acuerdo a las directrices emanadas...
- Artículo 3 ter. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo precedente, el General Director...
- Artículo 3 quáter. El Alto Mando Policial, en conjunto con la Subsecretaría del Interior,...
- Artículo 4. Carabineros de Chile prestará a las autoridades judiciales el auxilio de la...
- Artículo 4 bis. El General Director, durante el mes de junio de cada año, rendirá cuenta en...
- Artículo 4 ter. Carabineros de Chile deberá producir y publicar trimestralmente, a través de...
- Artículo 4 quáter. Las órdenes generales y toda otra norma general, independientemente de su...
- Artículo 4 quinquies. Carabineros de Chile deberá archivar o eliminar, según corresponda, la...
- Artículo 5. El personal de Carabineros estará integrado por: 1.- Personal de...
- Artículo 6. Los grados y la escala jerárquica del personal serán los siguientes: 1.-...
- Artículo 7. La Dirección General podrá contratar en forma temporal, cuando las...
- TITULO II
Carrera Profesional - Artículo 8. La carrera profesional constituye un sistema técnico reglado, cuyas...
- PARRAFO 1°
Del Ingreso - Artículo 9. Para pertenecer a la Planta de Carabineros se requiere ser chileno, tener...
- Artículo 10. Los nombramientos, ascensos, reincorporaciones, llamados al servicio y...
- Artículo 11. Los Subtenientes de Fila serán nombrados exclusivamente de entre los...
- Artículo 12. El Personal de Nombramiento Institucional de Fila será nombrado en sus...
- Artículo 13. El Personal Civil de Nombramiento Supremo e Institucional se incorporará a...
- Artículo 14. El personal de planta de Carabineros que se encuentre en situación de retiro...
- Artículo 15. El cambio de Escalafón procederá sólo en casos debidamente calificados por...
- Artículo 16. El General Director, cuando las necesidades institucionales así lo...
- PARRAFO 2°
Del Desarrollo Profesional - Artículo 17. Carabineros de Chile mantendrá un sistema de desarrollo profesional para...
- Artículo 18. Carabineros de Chile estará facultado para planificar y realizar estudios y...
- Artículo 19. La Institución podrá otorgar becas de estudio al personal, si las...
- Artículo 20. El desarrollo profesional comprenderá cursos habilitantes para el ascenso,...
- Artículo 21. El Presupuesto de la Nación deberá consultar anualmente los recursos...
- PARRAFO 3°
De la Calificación - Artículo 22. El desempeño profesional se evaluará a través de un sistema de calificación...
- Artículo 23. Para los efectos del ascenso y de la permanencia en la Institución, el...
- Artículo 24. El proceso de clasificación del personal, como asimismo las autoridades y...
- PARRAFO 4°
De los Ascensos - Artículo 25. La promoción del personal se realizará exclusivamente mediante el ascenso al...
- Artículo 26. El ascenso al grado inmediatamente superior se conferirá previo cumplimiento...
- Artículo 27. No podrá ascender el personal propuesto para el retiro: aquel cuyo decreto...
- Artículo 28. Los ascensos de los Oficiales y Empleados Civiles de Nombramiento Supremo se...
- Artículo 29. Los Oficiales Generales ascenderán por antigüedad; los Coroneles y Tenientes...
- Artículo 30. En casos calificados, y por disposición del General Director, los Coroneles...
- PARRAFO 5°
Derechos y Obligaciones - Artículo 31. Corresponde sólo a la autoridad respectiva de Carabineros destinar al...
- Artículo 32. Las comisiones de servicio para desempeñar funciones ajenas al cargo, tanto...
- Artículo 32 BIS. El superior a cargo de un procedimiento policial, que conforme a la...
- Artículo 32 TER. Los informes que se levanten durante el proceso de toma de denuncia y en...
- Artículo 33. El personal de Carabineros tiene derecho, como retribución por sus...
- Artículo 33 BIS. El personal de Carabineros tendrá derecho a ser defendido y, además, a...
- Artículo 34. El personal que se accidentara en actos de servicio o se enfermare a...
- Artículo 35. El personal tendrá derecho a años de abono de servicios computables para el...
- Artículo 35 BIS. En el ejercicio de sus funciones preventivas, el personal de Carabineros de...
- Artículo 36. Suprimido.
- Artículo 36 BIS. Suprimido.
- Artículo 37. El personal de Carabineros estará sujeto a todas aquellas obligaciones,...
- PARRAFO 6°
Término de la Carrera - Artículo 38. El personal de Carabineros podrá permanecer en forma voluntaria en la...
- Artículo 39. Los decretos supremos y resoluciones que concedan o dispongan el retiro de...
- Artículo 40. Serán comprendidos en el retiro temporal los Oficiales y el Personal Civil...
- Artículo 41. Serán comprendidos en el retiro absoluto los Oficiales y el Personal Civil...
- Artículo 42. El retiro temporal del personal de Fila y Civil de Nombramiento...
- Artículo 43. El retiro absoluto del personal de Fila y Civil de Nombramiento...
- Artículo 44. La renuncia al empleo, cuando fuere aceptada por la autoridad respectiva en...
- Título III
Probidad Funcionaria - Artículo 44 BIS. El personal de Carabineros de Chile deberá dar estricto cumplimiento al...
- Artículo 44 TER. Carabineros de Chile deberá elaborar e implementar un sistema de auditoría...
- Artículo 44 QUÁTER. El personal de Carabineros de Chile se encuentra obligado a denunciar ante...
- Artículo 44 QUINQUIES. Carabineros de Chile elaborará un modelo de control interno para la...
- TITULO IV
Antigüedad, Mando y Sucesión de Mando
PARRAFO 1°
Antigüedad - Artículo 45. La antigüedad es el tiempo de permanencia de un funcionario en un grado,...
- Artículo 46. Dentro de cada Escalafón, la antigüedad se determinará por el grado. A...
- Artículo 47. La antigüedad para el nombramiento de los Subtenientes de Orden y Seguridad...
- Artículo 48. La antigüedad entre Oficiales pertenecientes a diferentes escalafones, en...
- Artículo 49. El rango es el conjunto de prerrogativas de orden protocolar que le...
- PARRAFO 2° Mando
- Artículo 50. Mando es el ejercicio de la autoridad que la ley y los reglamentos otorgan a...
- Artículo 51. El mando policial superior de la Institución recaerá siempre en un Oficial...
- Artículo 52. Son facultades del General Director: a) Proponer al Presidente de la...
- Artículo 53. El General Director podrá delegar, mediante resolución sujeta a trámite de...
- PARRAFO 3° Sucesión de Mando
- Artículo 54. Se entiende por sucesión de mando el orden de precedencia para asumir las...
- Artículo 55. La sucesión de mando recaerá siempre, sin excepción, en un miembro de...
- Artículo 56. El Estatuto del personal contemplará las demás normas sobre mando y sucesión...
- TITULO V
Previsión
PARRAFO 1°
De la Pensión de Retiro. - Artículo 57. El personal de Carabineros tendrá derecho a pensión de retiro cuando...
- Artículo 58. La pensión de retiro se computará sobre la base del 100% de la última...
- Artículo 59. No obstante lo anterior, la pensión de retiro será determinada, en...
- Artículo 60. Tendrán, asimismo, derecho a pensión de retiro los alumnos de las Escuelas...
- Artículo 61. Son servicios efectivos en Carabineros los prestados por el personal en...
- Artículo 62. Serán computables para el retiro los servicios prestados en las...
- Artículo 63. Accidente en acto del servicio es aquel que sufre el personal a causa o con...
- Artículo 64. A la Comisión Médica Central de Carabineros corresponderá exclusivamente el...
- Artículo 65. El personal que se inutilizare como consecuencia de un accidente en un acto...
- Artículo 66. La pensión de retiro, una vez otorgada y sin perjuicio de los reajustes...
- Artículo 67. Enfermedad profesional es la causada de una manera directa por el ejercicio...
- Artículo 68. El personal afectado de una enfermedad profesional, como asimismo el que...
- Artículo 69. Las pensiones de retiro por invalidez de segunda o de tercera clase tienen...
- PARRAFO 2°
Del Montepío e Indemnizaciones. - Artículo 70. La pensión de montepío inicial que se otorgue en conformidad con esta ley,...
- Artículo 70 BIS. Al montepío tienen derecho los siguientes asignatarios del causante: En...
- Artículo 71. El montepío del personal fallecido a consecuencia de un acto del servicio se...
- Artículo 71 BIS. El personal que fallezca en accidente en acto del servicio, causará una...
- Artículo 72. El personal de Carabineros que durante algunos de los estados de excepción...
- Artículo 72 BIS. Los asignatarios de montepío señalados en el artículo 70 bis cuyos causantes...
- PARRAFO 3°
Del Desahucio - Artículo 73. El personal que se retire con derecho a pensión percibirá una suma global a...
- Artículo 74. Tendrán derecho a percibir la indemnización de desahucio por fallecimiento...
- Artículo 75. El personal con goce de pensión reicorporado o vuelto al servicio, en...
- Artículo 76. Las pensiones de retiro y de montepío, el desahucio y demás beneficios...
- Artículo 77. Las pensiones, el desahucio, las devoluciones e indemnizaciones serán...
- PARRAFO 4°
Del Régimen Previsional y de Seguridad Social. - Artículo 78. El régimen de previsión y de seguridad social del personal de planta de...
- Artículo 79. El Fisco efectuará anualmente un aporte suficiente a los organismos que...
- Artículo 80. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 33, la aistencia médica,...
- Artículo 81. El personal acogido al régimen previsional y de seguridad social que...
- Artículo 82. Los hospitales institucionales, incluido en esta denominación el de la...
- Artículo 83. El personal contratado, en lo referente a los beneficios previsionales,...
- Artículo 84. Los fondos para hospitales de Carabineros y de la Dirección de Previsión de...
- Título VI
Responsabilidad Funcionaria - Artículo 84 bis. Todo hecho constitutivo de falta administrativa dará origen a una medida...
- Artículo 84 ter. La responsabilidad administrativa se extingue por la muerte o el retiro del...
- Artículo 84 quáter. A fin de evaluar y controlar la adecuada respuesta de la Institución ante...
- Artículo 84 quinquies. En los procedimientos disciplinarios se levantará registro de las...
- Artículo 84 sexies. Las medidas expulsivas dispuestas o confirmadas por el General Director,...
- TITULO VIII
Del Régimen Presupuestario - Artículo 85. El presupuesto de Carabineros de Chile estará integrado por los recursos...
- Artículo 86. La Ley de Presupuestos de la Nación deberá consultar anualmente los recursos...
- Artículo 87. El presupuesto, la contabilidad y la administración de fondos destinados a...
- Artículo 88. Sin perjuicio de los recursos que correspondan para gastos en personal, los...
- Artículo 89. Del uso y disposición del presupuesto de Carabineros de Chile, del mérito de...
- Artículo 90. La información del movimiento financiero y presupuestario que se proporcione...
- Artículo 90 BIS. Existirá una Alta Repartición encargada de la función de auditoría interna,...
- Artículo 90 TER. Créase un Comité de Auditoría Policial, integrado por un representante de la...
- Artículo 90 QUÁTER. La Contraloría General de la República, en el ejercicio de sus facultades...
- Artículo 91. Los actos contratos o convenciones relativos a la adquisición,...
- Artículo 92. En lo no previsto en esta ley y en cuanto no fuere contrario a ella, regirán...
- Artículo 93. Esta ley regirá a contar del 30 de diciembre de 1989.
Mejores juristas
Сomentarios: 22
Duración total
Chillán
Duración total
Teléfono
Duración total
Teléfono
En los últimos 30 días
Teléfonos
Duración total
Los nuevos comentarios en el sitio web
Admin
12-11-24 07:55:27
Buenos días. Gracias por la atención. Hemos actualizado este artículo.
Admin
12-11-24 07:15:11
Buenos días. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.
Invitado
11-11-24 11:09:55
Falta agregar en el articulo 12 el numeral 24
Invitado
05-11-24 19:08:46
cual articulo tiene validez respecto al mismo tema el 494 inciso 8 o el 313 A?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios