Organica constitucional de carabineros de chile Artículo 81 Chile
Organica constitucional de carabineros de chile
Artículo 81.
El personal acogido al régimen previsional y de seguridad social que establece esta ley, en actividad o en retiro, contribuirá a los fondos comunes de beneficios de la Dirección de Previsión de Carabineros con las imposiciones que determine la ley, sin perjuicio de los aportes fiscales y otros ingresos de fuente pública o privada.
Corresponderá a este organismo el pago de las pensiones de retiro y montepío, de las indemnizaciones por fallecimiento y de la cuota funeraria, así como el otorgamiento de los beneficios que se contemplan en su ley orgánica.
Chile Art. 81 Organica constitucional de carabineros de chile
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Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
¿Pa cuando se van los venecos?
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
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