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Organica constitucional de carabineros de chile Artículo 66 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03-04-2025

Organica constitucional de carabineros de chile
Artículo 66.

La pensión de retiro, una vez otorgada y sin perjuicio de los reajustes especiales, se reajustará automáticamente en el 100% de la variación experimentada por el costo de la vida, determinada por el Instituto Nacional de Estadísticas o por el organismo que lo reemplace, entre el mes anterior al último reajuste concedido y el mes en que dicha variación alcance o supere el 15%. El nuevo reajuste regirá a contar del primer día del mes siguiente a aquel en que se cumpla dicha variación.

Estas pensiones no podrán alcanzar, con motivo de los reajustes que corresponda otorgarles, una cantidad superior a la remuneración del similar en servicio activo que corresponda al total de sus haberes, con igual número de años computables, teniendo derecho a recibir por concepto de reajustes sólo aquellas cantidades que no excedan dicho límite.

Este límite se aumentará en un 20% para los reajustes de las pensiones por invalidez de segunda clase.

Lo señalado en el inciso segundo no se aplicará a las personas que perciban pensión de retiro por inválidez de tercera clase.



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Si, hasta 10 años de carcel,

Slds.


Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).


Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.


Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?

Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?

Extracto Artículo 135:

> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada


No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.


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