Ley general de pesca y acuicultura Chile
Ley general de pesca y acuicultura
- TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES - Artículo 1. A las disposiciones de esta ley quedará sometida la preservación de los...
- Artículo 1 A. Los recursos hidrobiológicos y sus ecosistemas están sometidos a la...
- Artículo 1 B. El objetivo de esta ley es la conservación y el uso sustentable de los...
- Artículo 1 C. En el marco de la política pesquera nacional y para la consecución del...
- Artículo 1 D. La política pesquera nacional y la política nacional de acuicultura deberán...
- Artículo 2. Para los efectos de esta ley se dará a las palabras que en seguida se...
- TITULO II
DE LA ADMINISTRACION DE LAS PESQUERIAS
Párrafo 1°
FACULTADES DE CONSERVACION DE LOS RECURSOS HIDROBIOLOGICOS - Artículo 3. En cada área de pesca, independientemente del régimen de acceso a que se...
- Artículo 4. En toda área de pesca, independientemente del régimen de acceso a que se...
- Artículo 4 A. La Subsecretaría deberá, en el mes de marzo de cada año, elaborar un informe...
- Artículo 4 B. El Servicio deberá, en el mes de marzo de cada año, elaborar un informe...
- Artículo 4 C. La Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante deberá, en el...
- Artículo 4 D. La Subsecretaría mediante resolución, previo informe técnico y consulta al...
- Artículo 5. Prohíbense las actividades pesqueras extractivas con artes, aparejos y otros...
- Artículo 5 BIS. Prohíbese la mutilación de las aletas de cualquier especie de tiburón,...
- Artículo 5 ter. La Subsecretaría mediante resolución establecerá una nómina de algas cuya...
- Artículo 6. En el evento de fenómenos oceanográficos, en un área o pesquería...
- Artículo 6 A. En las aguas marítimas de jurisdicción nacional, independientemente del...
- Artículo 6 B. Mediante resolución de la Subsecretaría y la determinación del Comité...
- Artículo 6 C. Las naves o embarcaciones, cuyos armadores cuenten con autorizaciones de...
- Artículo 7. La actividad pesquera que se lleva a cabo en establecimientos de acuicultura...
- PÁRRAFO 1º BIS
DEL DESCARTE DE ESPECIES HIDROBIOLÓGICAS - Artículo 7 A. La Subsecretaría, mediante resolución y previo informe técnico, aprobará,...
- Artículo 7 B. No podrá realizarse el descarte de individuos de una especie objetivo,...
- Artículo 7 C. Será obligatoria la devolución al mar de mamíferos marinos, reptiles,...
- Artículo 7 D. Sin perjuicio de las normas de este Párrafo, se deberá dar cumplimiento a...
- Párrafo 2° Implementación de Tratados y procedimiento de adopción de medidas de conservación o administración de carácter internacional en materia pesquera
- Artículo 7 E. Las medidas de conservación y administración de recursos hidrobiológicos,...
- Artículo 7 F. En caso que un Tratado u Organización Internacional de aquellos mencionados...
- Artículo 7 G. Tratándose de pesquerías transzonales y altamente migratorias que se...
- Artículo 7 H. Los Planes de Acción Internacional adoptados por Organizaciones...
- Párrafo 3°
DE LOS PLANES DE MANEJO - Artículo 8. Para la administración y manejo de las pesquerías que tengan su acceso...
- Artículo 9. Derogado.
- Artículo 9 BIS. Para la administración y manejo de una o más pesquerías de recursos...
- Artículo 9 ter. Sin perjuicio de las facultades de los Comités de Manejo respecto de la...
- Artículo 9 A. En los casos en que una pesquería se encuentre en estado de sobreexplotación...
- Artículo 10. Los planes de manejo serán públicos y su consulta podrá efectuarse en las...
- Párrafo 4°
DE LA IMPORTACION DE ESPECIES HIDROBIOLOGICAS - Artículo 11. La importación de especies hidrobiológicas, ovas y gametos exigirá siempre...
- Artículo 12. La primera importación al país de una especie hidrobiológica requerirá,...
- Artículo 13. Para los efectos de este párrafo, anualmente y en el mes de septiembre de...
- Párrafo 5º De la protección, rescate, rehabilitación, reinserción, observación y monitoreo de mamíferos, reptiles y aves hidrobiológicas
- Artículo 13 A. La Subsecretaría, mediante resolución, establecerá el procedimiento y...
- Artículo 13 B. Los ejemplares que, siendo afectados por actividades antrópicas,...
- Artículo 13 C. Mediante resolución de la Subsecretaría, previo informe técnico del...
- Artículo 13 D. La reinserción o liberación de los ejemplares mantenidos en un centro de...
- Artículo 13 E. La observación de mamíferos, reptiles y aves hidrobiológicas consistente en...
- Párrafo 6º
Del Bienestar Animal - Artículo 13 F. La acuicultura deberá contemplar normas que resguarden el bienestar animal y...
- TITULO III
DEL ACCESO A LA ACTIVIDAD PESQUERA EXTRACTIVA INDUSTRIAL letra B.
Párrafo 1°
DEL REGIMEN GENERAL DE ACCESO - Artículo 14. En el mar territorial, con excepción del área de reserva para la pesca...
- Artículo 15. Las personas interesadas en desarrollar pesca industrial, deberán solicitar,...
- Artículo 16. Las personas interesadas en obtener una autorización de pesca deberán...
- Artículo 17. En el caso de ser el solicitante una persona natural, deberá ser chileno o...
- Artículo 18. Se someterán a trámite sólo aquellas solicitudes que cuenten con todos los...
- Artículo 19. La solicitud podrá ser denegada mediante resolución fundada por una o más...
- Artículo 20. Cuando una especie hidrobiológica alcance un nivel de explotación que...
- Párrafo 2°
DEL REGIMEN DE PLENA EXPLOTACION - Artículo 21. A iniciativa de la Subsecretaría, mediante decreto supremo, y consulta a los...
- Artículo 22. Declarada una unidad de pesquería en plena explotación, la Subsecretaría...
- Artículo 23. Las autorizaciones de pesca vigentes, que facultan a sus titulares para...
- Artículo 24. Declarado el régimen de plena explotación se suspenderá la recepción de...
- Artículo 25. Los titulares de autorizaciones de pesca, habilitados para desarrollar...
- Artículo 26. En las pesquerías sujetas al régimen de plena explotación, se podrán fijar...
- Artículo 26 A. En aquellas pesquerías que se declaren en plena explotación y se establezca...
- Artículo 26 B. Antes del vencimiento de las licencias transables de pesca clase A, a...
- Artículo 27. En los casos que una determinada pesquería sujeta a régimen de plena...
- Artículo 28. Para determinar las toneladas que cada titular de licencias transables de...
- Artículo 28 A. Para los efectos tanto de la aplicación de la licencia transable de pesca...
- Artículo 28 B. Los titulares de licencias transables de pesca clase A o B deberán dar...
- Artículo 29. Las naves que se utilicen para hacer efectivos los derechos provenientes de...
- Artículo 30. Las licencias transables de pesca serán divisibles, transferibles,...
- Artículo 30 A. En el Registro a que se refiere el artículo anterior, se inscribirán además...
- Artículo 31. La autorización de pesca, el permiso extraordinario de pesca y licencia...
- Artículo 32. La licencia transable de pesca se hará efectiva en las unidades de...
- Artículo 33. El titular de licencia transable de pesca podrá capturar las especies...
- Artículo 34. El titular de una autorización de pesca que opere una nave alterando las...
- Artículo 34 A. Tratándose de pesquerías altamente migratorias y transzonales, según los...
- Artículo 35. Tratándose de pesquerías sujetas a régimen de plena explotación,...
- Artículo 36. En caso de cambio en la titularidad de un permiso extraordinario o licencia...
- Artículo 37. Si un permiso extraordinario o licencia transable de pesca terminare por...
- Artículo 38. A iniciativa y previo informe técnico de la Subsecretaría, durante el...
- Párrafo 3°
DEL REGIMEN DE PESQUERIAS EN RECUPERACION Y DE DESARROLLO INCIPIENTE - Artículo 39. Por decreto supremo, previo informe técnico de la Subsecretaría, y consulta...
- Artículo 40. Por decreto supremo, previo informe técnico de la Subsecretaría y consulta a...
- Artículo 40 A. A los adjudicatarios de la subasta a que se refieren los artículos 39 y 40,...
- Párrafo 4°
NORMAS COMUNES - Artículo 40 B. Al titular, arrendatario o mero tenedor de una licencia transable de pesca o...
- Artículo 40 C. Al titular, arrendatario o mero tenedor de una licencia transable de pesca o...
- Artículo 40 D. El titular, arrendatario o mero tenedor de una licencia transable de pesca o...
- Artículo 40 E. Será sancionado con multa de 300 a 2.000 unidades tributarias mensuales el...
- Artículo 40 F. En el evento de que el titular, arrendatario o mero tenedor de una licencia...
- Artículo 40 G. Las sanciones administrativas serán aplicadas conforme al procedimiento...
- Artículo 41. Le corresponderá al Servicio llevar el registro de los armadores y sus naves...
- Artículo 42. El titular de una autorización o permiso deberá informar por escrito al...
- Artículo 43. Los titulares de autorizaciones de pesca y permisos pagarán anualmente una...
- Artículo 43 BIS. Los titulares de licencias transables de pesca clases A y B pagarán...
- Artículo 43 TER. Los titulares de licencias transables de pesca clase A, pagarán anualmente...
- Artículo 44. Cuando el titular de una autorización, licencia o permiso sea una persona...
- Artículo 45. En aquellas materias que se requiera de la aprobación por parte los Consejos...
- Artículo 46. Los dineros a pagar como consecuencia de las subastas públicas a que se...
- TITULO IV
DE LA PESCA ARTESANAL
Párrafo 1°
REGIMEN DE ACCESO Y ATRIBUCIONES PARA LA CONSERVACION DE RECURSOS HIDROBIOLOGICOS - Artículo 47. Resérvase a la pesca artesanal el ejercicio de las actividades pesqueras...
- Artículo 47 BIS. No obstante lo establecido en el artículo anterior, la primera milla marina...
- Artículo 48. En el área de reserva para la pesca artesanal indicada en el artículo...
- Artículo 48 A. El Subsecretario podrá, mediante resolución fundada: a) organizar días o...
- Artículo 48 B. En el caso de las pesquerías de la merluza común, anchoveta y sardina común,...
- Artículo 49. Prohíbese el apozamiento de recursos hidrobiológicos bentónicos en todo el...
- Artículo 50. El régimen de acceso a la explotación de los recursos hidrobiológicos para...
- Artículo 50 A. Se inscribirán en el Registro Artesanal las solicitudes de inscripción que...
- Artículo 50 B. Las inscripciones en el Registro Pesquero Artesanal podrán ser reemplazadas...
- Artículo 50 C. Los pescadores artesanales propiamente tales y los buzos, deberán contar con...
- Artículo 50 D. Los armadores de embarcaciones artesanales de una eslora total igual o...
- Artículo 50 E. Dos o más pescadores artesanales de la Región XI de Aysén del General Carlos...
- Párrafo 2°
DEL REGISTRO NACIONAL DE PESCADORES ARTESANALES - Artículo 51. Para inscribirse en el Registro Artesanal deberán cumplirse los siguientes...
- Artículo 52. Para inscribir embarcaciones con sus respectivos armadores y caleta base en...
- Artículo 53. La inscripción en el registro artesanal no podrá ser denegada sino por falta...
- Artículo 54. Cualquier modificación en la información proporcionada al registro...
- Artículo 55. El Servicio Nacional de Pesca deberá, en el mes de junio de cada año,...
- Artículo 55 BIS. Los pescadores y/o pescadoras artesanales inscritos en la categoría de buzo,...
- Párrafo 3°
Del Régimen de Áreas de Manejo y Explotación de Recursos Bentónicos - Artículo 55 A. En el área de reserva para la pesca artesanal, así como en las aguas...
- Artículo 55 B. Las áreas de manejo serán entregadas mediante resolución del Servicio,...
- Artículo 55 C. Las áreas de manejo y explotación quedarán sujetas a las medidas de...
- Artículo 55 D. El funcionamiento de este régimen será establecido por un reglamento...
- Artículo 55 E. En el evento que dos o más organizaciones de pescadores y/o pescadoras...
- Artículo 55 F. Derogado.
- Artículo 55 G. Las organizaciones de pescadores y/o pescadoras artesanales titulares de un...
- Artículo 55 H. En caso de renuncia o caducidad de un plan de manejo y explotación, de...
- Párrafo 4°
Del Régimen Artesanal de Extracción - Artículo 55 I. Además de las facultades de administración de los recursos hidrobiológicos...
- Artículo 55 J. Para la distribución de la cuota regional se considerará uno o más de los...
- Artículo 55 K. Los pescadores artesanales que puedan ser afectados por la resolución que se...
- Artículo 55 L. Vencido el plazo de publicación de la información a que se refiere el...
- Artículo 55 M. En caso de muerte de un pescador artesanal, si no se ha reservado la vacante...
- Artículo 55 N. Dentro del marco del Régimen Artesanal de Extracción establecido de...
- Artículo 55 Ñ. Al pescador de una asignación individual artesanal o a los pescadores...
- Artículo 55 O. Las sanciones administrativas a que se refieren los artículos anteriores,...
- Artículo 55 P. En el evento que los pescadores artesanales cometan más de dos infracciones...
- Artículo 55 Q. Los sancionados dispondrán de un plazo de 15 días hábiles, contado desde la...
- Artículo 55 R. Las resoluciones que apliquen sanciones de conformidad con los artículos...
- Artículo 55 S. Para los efectos de prescripción tanto para la acción como de las sanciones...
- Artículo 55 T. En el caso que un titular de licencia transable de pesca ceda, total o...
- Párrafo 5°
DEL FONDO DE FOMENTO PARA LA PESCA ARTESANAL Derogado. - Artículo 56. Derogado.
- Artículo 57. Derogado.
- Artículo 58. Derogado.
- Artículo 59. Derogado.
- Artículo 60. Derogado.
- Artículo 61. Derogado.
- Artículo 62. Derogado.
- TITULO V
DISPOSICIONES COMUNES - Artículo 63. Los armadores pesqueros, industriales o artesanales deberán informar al...
- Artículo 63 BIS. Los armadores pesqueros artesanales e industriales deberán informar la...
- Artículo 63 TER. Los armadores pesqueros industriales o artesanales deberán informar, en los...
- Artículo 63 QUÁTER. Sólo se podrán desembarcar recursos hidrobiológicos en los puntos o puertos...
- Artículo 64. El reglamento establecerá las normas para asegurar declaraciones adecuadas...
- Artículo 64 A. Habrá un sistema de posicionamiento automático de naves pesqueras y de...
- Artículo 64 B. Los armadores de naves pesqueras industriales; de embarcaciones artesanales...
- Artículo 64 C. Corresponderá a la Dirección General del Territorio Marítimo y Marina...
- Artículo 64 D. La información emanada del sistema de posicionamiento automático será...
- Artículo 64 E. Los titulares de cualquier instrumento que autorice a la extracción de la...
- Artículo 64 F. La forma, requisitos y condiciones de la certificación y acreditación de las...
- Artículo 64 G. Se prohíbe a los buques pesqueros y embarcaciones artesanales que operen en...
- Artículo 64 H. El Servicio a objeto de efectuar el control de cuota global de captura de...
- Artículo 64 I. Los armadores de naves pesqueras a que se refiere el artículo 64 B y los...
- Artículo 64 J. Las imágenes que registre el dispositivo a que se refiere el artículo 64 E...
- Artículo 65. Los armadores, transportistas, elaboradores, comercializadores y...
- Artículo 66. Los registros de que trata esta ley serán públicos. Será incompatible la...
- Artículo 66 BIS. Todo chileno, con matrícula o título inscrito en Chile y que realice o...
- TITULO VI
DE LA ACUICULTURA
Párrafo 1°
DE LAS CONCESIONES Y AUTORIZACIONES DE ACUICULTURA - Artículo 67. En las áreas de playas de mar, terrenos de playa fiscales, porciones de agua...
- Artículo 67 BIS. Las concesiones y autorizaciones acuícolas no entregan dominio alguno a su...
- Artículo 67 TER. Las personas naturales o jurídicas que soliciten realizar, en forma...
- Artículo 67 QUATER. Los establecimientos que se destinen a la reproducción y mantención de...
- Artículo 67 QUINQUIES. Las condiciones ambientales y sanitarias a las que deberán someterse la...
- Artículo 68. La Dirección General de Aguas deberá preferir a la persona que acredite la...
- Artículo 69. La concesión o autorización de acuicultura tienen por objeto único la...
- Artículo 69 BIS. El titular de una concesión o autorización de acuicultura deberá iniciar sus...
- Artículo 69 TER. Los módulos de cultivo y fondeo deberán presentar condiciones de seguridad...
- Artículo 70. Prohíbese la captura de especies anádromas y catádromas, provenientes de...
- Artículo 70 BIS. Los titulares de centros de cultivo en los que se haya verificado un escape...
- Artículo 70 TER. Los armadores artesanales que en sus faenas de pesca capturen...
- Artículo 71. Sólo podrán ser concesionarios de acuicultura o titulares de una...
- Artículo 72. Los concesionarios y los titulares de autorizaciones podrán realizar en la...
- Artículo 73. Las mejoras y construcciones introducidas por el concesionario o titular de...
- Artículo 74. La concesión o autorización de porciones de agua y fondo otorgará por sí...
- Artículo 74 bis. El titular de la concesión de acuicultura o quien tenga un derecho sobre...
- Artículo 74 ter. El titular de la concesión de acuicultura o quien tenga un derecho sobre...
- Artículo 75. Las concesiones o autorizaciones de acuicultura otorgadas de conformidad con...
- Artículo 75 BIS. Ninguna persona natural o jurídica, ni personas vinculadas a ella en los...
- Artículo 75 TER. Los permisos especiales de colecta se otorgarán conforme al procedimiento...
- Artículo 75 quáter. Cada cinco años la Subsecretaría realizará una propuesta de áreas que serán...
- Artículo 75 quinquies. Podrán solicitarse permisos especiales de colecta un mes después del llamado...
- Artículo 75 sexies. Los permisos especiales se otorgarán por el plazo de la destinación y serán...
- Párrafo 2°
PROCEDIMIENTO - Artículo 76. Las personas que deseen obtener concesiones o autorizaciones de acuicultura...
- Artículo 77. A las solicitudes de concesión o autorización de acuicultura deberá...
- Artículo 78. Recibida la solicitud por la Subsecretaría, deberá verificarse si ella da...
- Artículo 79. Verificada por la Subsecretaría la ausencia de superposición y el...
- Artículo 80. Al Ministerio de Defensa Nacional le corresponderá el otorgamiento de toda...
- Artículo 80 BIS. Eliminado.
- Artículo 80 TER. Eliminado.
- Artículo 81. Las transferencias, arriendos y todo acto que implique la cesión de derechos...
- Artículo 81 BIS. Sin perjuicio de otros negocios jurídicos, podrá constituirse hipoteca sobre...
- Artículo 81 TER. La inscripción de la hipoteca contendrá: a) El nombre, apellido y...
- Artículo 82. En el evento de fallecimiento del titular de una concesión de acuicultura,...
- Artículo 83. Las concesiones y autorizaciones de acuicultura terminan por renuncia...
- Artículo 84. Los titulares de concesiones y autorizaciones de acuicultura pagarán...
- Artículo 85. El reglamento determinará la forma de acreditar la procedencia de las...
- Artículo 86. El Ministerio, mediante decreto supremo previo informe técnico fundado de la...
- Artículo 86 BIS. La Subsecretaría deberá establecer, por resolución, densidades de cultivo...
- Artículo 86 TER. En los casos en que el Servicio haya determinado una condición sanitaria de...
- Artículo 86 QUATER. No podrá negarse el uso de los puntos de embarque o desembarque señalados...
- Artículo 87. Por uno o más decretos supremos expedidos por intermedio de los Ministerios...
- Artículo 87 BIS. Por decreto supremo expedido a través del Ministerio, se determinarán las...
- Artículo 87 TER. A fin de tener un control en línea de los parámetros ambientales de las...
- Artículo 87 QUATER. Los instrumentos de evaluación ambiental y sanitaria, así como las...
- Artículo 88. Con el fin de lograr un adecuado aprovechamiento de las porciones de agua y...
- Artículo 89. En aguas terrestres, aguas interiores, o mar territorial, podrá el...
- Artículo 90. Los establecimientos de cultivos en áreas de propiedad privada, que no...
- Artículo 90 BIS. Los centros de acopio y centros de faenamiento en bienes nacionales de uso...
- Artículo 90 TER. Las resoluciones que autoricen la operación de centros de acopio o centros...
- Artículo 90 QUATER. Sin perjuicio de las normas sobre acceso a la información pública, el...
- Párrafo 3º
DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ACUICULTURA - Artículo 90 A. Créase la Comisión Nacional de Acuicultura, en adelante "la Comisión", cuya...
- Artículo 90 B. La Comisión será presidida por el Subsecretario de Pesca y Acuicultura, y...
- Artículo 90 C. Corresponderán a la Comisión, en especial, las siguientes tareas: a) Dar...
- Artículo 90 D. La Comisión contará con una Secretaría Ejecutiva, que estará radicada en la...
- Artículo 90 E. La Comisión podrá invitar a sus sesiones a representantes de otros...
- Artículo 90 F. Las autoridades y directivos de los órganos de la Administración del Estado...
- Artículo 90 G. Corresponderá a la Subsecretaría prestar el apoyo técnico y administrativo...
- Artículo 90 H. La Comisión acordará las demás normas para su funcionamiento interno, el que...
- TITULO VII
DE LA INVESTIGACION
Párrafo 1°
DE LA INVESTIGACION PARA LA ADMINISTRACION PESQUERA - Artículo 91. La Subsecretaría elaborará el programa de investigación necesario para la...
- Artículo 92. El programa de investigación básica o permanente para la regulación pesquera...
- Artículo 92 A. El presupuesto del Ministerio de Economía deberá consultar anualmente...
- Párrafo 2°
DEL FONDO DE INVESTIGACION PESQUERA Y DE ACUICULTURA - Artículo 93. Créase el Fondo de Investigación Pesquera y de Acuicultura, dependiente del...
- Artículo 94. El Fondo de Investigación Pesquera y de Acuicultura será administrado por un...
- Artículo 95. Las normas de funcionamiento del Consejo y toma de decisiones se...
- Artículo 96. El Consejo de Investigación Pesquera y de Acuicultura tendrá las siguientes...
- Artículo 96 A. El Fondo contará con un Director Ejecutivo, que será designado por el...
- Artículo 97. Por intermedio de la Subsecretaría, el Consejo Nacional de Pesca y los...
- Párrafo 3°
DE LA PESCA DE INVESTIGACION - Artículo 98. La Subsecretaría autorizará mediante resolución la pesca de investigación de...
- Artículo 99. Las personas naturales y jurídicas interesadas en realizar pesca de...
- Artículo 100. La Subsecretaría podrá autorizar, en casos fundados, la ejecución de...
- Artículo 101. Las naves industriales o embarcaciones artesanales que se utilicen en pesca...
- Artículo 102. Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos tercero y cuarto del artículo...
- TÍTULO VIII
DE LOS OBSERVADORES CIENTÍFICOS - Artículo 103. Los observadores científicos tendrán como únicas funciones, las de...
- Artículo 104. El reglamento establecerá un procedimiento de coordinación de embarque, el...
- Artículo 105. La información proveniente de los datos recopilados por los observadores...
- Artículo 106. La Subsecretaría de Pesca podrá encomendar a una o más instituciones la...
- TITULO IX
INFRACCIONES, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS
Párrafo 1°
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES - Artículo 107. Prohíbese capturar, extraer, poseer, propagar, tener, almacenar,...
- Artículo 108. Las infracciones a la presente ley, a sus reglamentos o a las medidas de...
- Artículo 108 A. Para los efectos de la presente ley, se entenderá por reincidencia la...
- Artículo 108 B. Cuando la infracción se refiera a productos derivados de recursos...
- Artículo 109. De las infracciones serán responsables: a) De las infracciones a las...
- Artículo 110. Serán sancionados con multa de una a cuatro veces el resultado de la...
- Artículo 110 BIS. Los armadores que infrinjan la prohibición a que se refiere el artículo 5º...
- Artículo 110 TER. Será sancionado con dos unidades tributarias mensuales por cada tonelada de...
- Artículo 110 QUÁTER. Será sancionado con multa de 30 a 100 unidades tributarias mensuales el...
- Artículo 111. Los armadores cuyas naves presenten los sellos de inviolabilidad del sistema...
- Artículo 111 A. El armador de la nave industrial o embarcación artesanal que realice...
- Artículo 111 B. El armador de una nave pesquera industrial o de una embarcación artesanal de...
- Artículo 112. En los casos de los artículos 110, 110 bis y 110 ter, el capitán o patrón de...
- Artículo 113. Serán sancionados con multa de 3 a 300 unidades tributarias mensuales el...
- Artículo 113 A. Será sancionado con multa de 3 a 300 unidades tributarias mensuales el...
- Artículo 113 B. Será sancionado con una multa cuyo monto será equivalente al resultado de la...
- Artículo 113 C. Durante el desarrollo del programa de investigación a que se refiere el...
- Artículo 113 D. Serán sancionados con multa de 30 a 500 unidades tributarias mensuales el...
- Artículo 114. Será sancionada con multa equivalente a media unidad tributaria mensual por...
- Artículo 114 A. El que procese, elabore o comercialice recursos hidrobiológicos o productos...
- Artículo 114 B. El que procese, elabore o almacene recursos hidrobiológicos o productos...
- Artículo 114 C. El que comercialice recursos hidrobiológicos o productos derivados de ellos,...
- Artículo 114 D. La falta de acreditación del origen legal de los recursos hidrobiológicos o...
- Artículo 114 E. El que tenga en su poder, a cualquier título, recursos hidrobiológicos de...
- Artículo 114 F. En todo caso las multas aplicables a las infracciones previstas en los...
- Artículo 114 G. En los casos de reincidencia de las infracciones a que se refieren los...
- Artículo 115. Prohíbense las faenas de pesca extractiva en aguas interiores, mar...
- Artículo 115 BIS. Prohíbese a los nacionales chilenos embarcarse, a sabiendas, en naves de...
- Artículo 116. A las infracciones de las normas de la presente ley y sus reglamentos, o de...
- Artículo 117. En los casos de los artículos 112, 114 y 116, el capitán de la nave en que...
- Artículo 118. El que ejerciere actividades de acuicultura a cualquier título u otra de las...
- Artículo 118 BIS. El titular de la autorización otorgada por la Subsecretaría para realizar...
- Artículo 118 TER. Serán sancionados los titulares de las concesiones y autorizaciones de...
- Artículo 118 QUATER. Derogado.
- Artículo 118 QUINQUIES. Se aplicará la suspensión de operaciones por el plazo de dos años, a un...
- Artículo 118 SEXIES. En el evento de que se constate que en un centro de cultivo de salmónidos no...
- Artículo 118 SEPTIES. Prohíbese la liberación de ejemplares de salmónidos desde centros de...
- Artículo 119. El que transporte, posea, sea mero tenedor, almacene o comercialice especies...
- Artículo 119 BIS. El que tenga la calidad de pescador artesanal o sea titular de una licencia...
- Artículo 120. Derogado
- Artículo 120 A. La extracción de recursos bentónicos desde un área de manejo por pescadores...
- Artículo 120 B. El procesamiento, el apozamiento, la elaboración, la transformación y el...
- Artículo 120 C. Por resolución, y previo informe favorable de la Subsecretaría, el Servicio...
- Artículo 121. La transformación, transporte, posesión, tenencia ,comercialización y...
- Artículo 121 BIS. Será sancionada con multa de 30 a 100 unidades tributarias mensuales toda...
- Artículo 121 TER. Será sancionado con multa de 3 a 300 unidades tributarias mensuales el que...
- Párrafo 2°
PROCEDIMIENTO - Artículo 122. La fiscalización del cumplimiento de las disposiciones de la presente ley...
- Artículo 122 BIS. El Servicio deberá elaborar, por cuenta y costo de los titulares de centros...
- Artículo 123. En el ejercicio de su función fiscalizadora, el Servicio tendrá la facultad...
- Artículo 124. El conocimiento de los procesos por infracciones de la presente ley...
- Artículo 125. A los juicios a que se refiere el artículo precedente se aplicará el...
- Artículo 126. Las infracciones a la pesca recreativa cometidas en el mar serán de...
- Artículo 127. El conocimiento en primera instancia de los delitos relativos a la...
- Artículo 128. En todos aquellos casos en que personas que no sean funcionarios del...
- Artículo 129. Las especies hidrobiológicas, en su estado natural o procesadas, y los...
- Artículo 130. Los bienes decomisados por sentencia ejecutoriada, atendida su naturaleza y...
- Artículo 131. En los casos en que la infracción denunciada sea de aquéllas de que trata el...
- Artículo 132. Toda sentencia firme condenatoria, recaída en procesos por infracciones a la...
- Artículo 132 BIS. Las acciones para perseguir las infracciones a esta ley prescribirán en el...
- Párrafo 3°
RESPONSABILIDAD DE LOS CAPITANES Y PATRONES PESQUEROS - Artículo 133. La Dirección General del Territorio Marítimo y Marina Mercante, de...
- Artículo 134. Las sentencias ejecutoriadas en que se condene a los capitanes y patrones...
- Párrafo 4º
SANCIONES CONTRA NACIONALES QUE REALICEN O PARTICIPEN EN ACTIVIDADES DE PESCA ILEGAL EN AGUAS ANTÁRTICAS CON NAVES DE PABELLÓN EXTRANJERO. - Artículo 134 A. Las personas naturales chilenas que, a sabiendas, realicen o participen en...
- Artículo 134 B. Las personas naturales y jurídicas chilenas que sean propietarias,...
- Artículo 134 C. Las sanciones de este párrafo serán impuestas por la...
- Artículo 134 D. Las infracciones a que se refiere este párrafo serán...
- Artículo 134 E. Las resoluciones que condenen al pago de multas serán ejecutadas por...
- Artículo 134 F. Para efectos de aplicar las sanciones previstas en este párrafo, las naves...
- TITULO X
DELITOS ESPECIALES Y PENALIDADES - Artículo 135. El que capturare o extrajere recursos hidrobiológicos utilizando elementos...
- Artículo 135 BIS. El que dé muerte o realice actividades de caza o captura de un ejemplar de...
- Artículo 135 TER. Las naves que circulen en espacios marítimos de soberanía y jurisdicción...
- Artículo 136. El que sin autorización, o contraviniendo sus condiciones o infringiendo la...
- Artículo 136 BIS. El que realizare actividades de introducción, investigación, cultivo o...
- Artículo 136 ter. El que instale o use artes de pesca en las aguas terrestres dentro del...
- Artículo 137. El que internare especies hidrobiológicas sin obtener la autorización previa...
- Artículo 137 BIS. El que liberare especies hidrobiológicas exóticas desde centros de cultivo...
- Artículo 138. El capitán o patrón de la nave o embarcación pesquera con que se hubiesen...
- Artículo 138 BIS. La destrucción, inutilización o alteración del sistema de pesaje habilitado...
- Artículo 139. El procesamiento, el apozamiento, la transformación, el transporte, la...
- Artículo 139 BIS. El que realice actividades extractivas en áreas de manejo y explotación de...
- Artículo 139 TER. El que procese, elabore o almacene recursos hidrobiológicos o productos...
- Artículo 140. En el caso de reincidencia en las infracciones a que se refiere el artículo...
- Artículo 140 BIS. Se entenderá por pesca de subsistencia la actividad extractiva que se...
- TITULO XI
CADUCIDADES - Artículo 141. Las normas sobre caducidades contenidas en este título se aplicarán tanto a...
- Artículo 142. Son causales de caducidad de las concesiones y autorizaciones de acuicultura...
- Artículo 143. Son causales de caducidad de las autorizaciones, permisos y licencias...
- Artículo 144. Son causales de caducidad de los planes de manejo y explotación de las áreas...
- Artículo 144 A. Son causales de caducidad de un área de manejo y explotación de recursos...
- TITULO XII
DE LOS CONSEJOS DE PESCA
Párrafo 1°
DEL CONSEJO NACIONAL DE PESCA - Artículo 145. Créase un organismo, denominado Consejo Nacional de Pesca, que contribuirá...
- Artículo 146. El Consejo Nacional de Pesca será presidido por el Subsecretario, quien...
- Artículo 147. El Consejo Nacional de Pesca podrá ser citado por su Presidente o por siete...
- Artículo 147 A. Salvo en las pesquerías fraccionadas por ley, para la aprobación del...
- Artículo 148. Las materias a ser tratadas en las sesiones del Consejo Nacional de Pesca...
- Artículo 149. Además de las materias en que la ley establece la participación del Consejo...
- Párrafo 2°
DE LOS CONSEJOS ZONALES DE PESCA - Artículo 150. Créanse ocho organismos zonales, denominados Consejos Zonales de Pesca: a)...
- Artículo 151. La Subsecretaría deberá consultar al Consejo Zonal de Pesca cuando el...
- Artículo 152. Los Consejos Zonales de Pesca estarán integrados por: a) El Director...
- Párrafo 3° De los Comités Científicos Técnicos
- Artículo 153. Créanse ocho Comités Científicos Técnicos pesqueros, como organismos...
- Artículo 154. Créanse los Comités Científicos Técnicos de Acuicultura, como organismos...
- Artículo 155. Las normas de funcionamiento, toma de decisiones y la integración de los...
- Artículo 156. Derogado.
- Párrafo 4°
Del Instituto de Fomento Pesquero - Artículo 156 BIS. El Instituto de Fomento Pesquero, en su calidad de organismo técnico...
- Artículo 156 A. La investigación que realice el Instituto de Fomento Pesquero deberá cumplir...
- Artículo 156 B. Los informes y demás antecedentes recabados de conformidad a los artículos...
- TITULO XIII
DISPOSICIONES VARIAS - Artículo 157. El cobro de las patentes pesqueras y de acuicultura a que se refiere la...
- Artículo 158. Las zonas lacustres, fluviales y marítimas que formen parte del Sistema...
- Artículo 159. Derogado.
- Artículo 160. Agrégase el siguiente nuevo inciso segundo al artículo 3° del decreto con...
- Artículo 161. Sustitúyese el inciso final del artículo 11 de la Ley de Navegación,...
- Artículo 162. Prohíbese la operación de buques que califiquen como fábrica o factoría en...
- Artículo 163. Deróganse, a contar de la fecha de entrada en vigencia de la presente ley,...
- Artículo 164. Modifícase el decreto con fuerza de ley N° 5, de 1983, agregando como...
- Artículo 165. El Ministerio mediante decreto supremo, previo informe de la Subsecretaría y...
- Artículo 166. La presente ley entrará en vigencia el 6 de septiembre de 1991, salvo los...
- Artículo 167. Tratándose de cuerpos lacustres limítrofes compartidos, la Subsecretaría...
- Artículo 168. Cuando se construyan represas en cursos de agua fluviales que impidan la...
- Artículo 169. No podrán ser matriculados en el registro de naves mayores, buques pesqueros...
- Artículo 170. El Ministerio, mediante decreto supremo, previa consulta al Ministerio de...
- Artículo 171. A contar de la entrada en vigencia de la presente ley, el Instituto de...
- Artículo 172. Corresponderá a la Armada Nacional y a la Subsecretaría llevar una relación...
- Artículo 173. El presupuesto de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura deberá consultar...
- Artículo 174. La publicación en el Diario Oficial de las resoluciones y decretos dictados...
Mejores juristas





Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
¿Pa cuando se van los venecos?
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
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