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Ley general de pesca y acuicultura Artículo 114 G Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03-04-2025

Ley general de pesca y acuicultura
Artículo 114 G.

En los casos de reincidencia de las infracciones a que se refieren los artículos 114 B, 114 C y 114 E, las sanciones se triplicarán. Si se sanciona la tercera infracción en el plazo de cinco años, contado desde la fecha en que haya quedado ejecutoriada la sentencia condenatoria recaída sobre la primera infracción, se cancelará la inscripción de la planta elaboradora o comercializadora por el plazo de tres años. Durante este plazo, ni el titular ni los socios integrantes de la persona jurídica sancionada, en los casos que proceda, podrán inscribirse en el registro directamente o a través de otra persona jurídica.



Chile Art. 114 G Ley general de pesca y acuicultura
Artículo 1 ...114 E 114 F 114 G 115 115 BIS ...174

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Si, hasta 10 años de carcel,

Slds.


Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).


Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.


Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?

Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?

Extracto Artículo 135:

> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada


No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.


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