Ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral Chile
Ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral
- "TÍTULO PRELIMINAR
- Artículo 1. Artículo 1.- La presente ley regula el régimen de inscripción electoral y la...
- Artículo 2. Artículo 2.- El organismo encargado del proceso de inscripción electoral es...
- TÍTULO I
Del Registro Electoral
Párrafo 1°
Disposiciones Generales - Artículo 3. Artículo 3.- Créase un Registro Electoral permanente bajo la dirección del...
- Artículo 4. Artículo 4.- El conocimiento público del Registro Electoral procederá en la...
- Párrafo 2°
De la Inscripción - Artículo 5. Artículo 5.- Los chilenos comprendidos en el número 1° del artículo 10 de la...
- Artículo 6. Artículo 6.- Los chilenos comprendidos en los números 2° y 4° del artículo...
- Artículo 7. Artículo 7.- El Servicio Electoral deberá comunicar a los nuevos electores...
- Párrafo 3°
De los Datos Electorales - Artículo 8. Artículo 8.- El Registro Electoral deberá contener los nombres y apellidos...
- Artículo 9. Artículo 9.- Para el solo efecto de obtener los datos señalados en el...
- Artículo 10. Artículo 10.- El domicilio electoral es aquel situado dentro de Chile, con...
- Artículo 11. Todo elector con derecho a sufragio deberá estar inscrito en la...
- Artículo 12. Derogado.
- Párrafo 4°
De las Actualizaciones del Registro Electoral - Artículo 13. Artículo 13.- El Servicio Electoral deberá mantener actualizado el Registro...
- Artículo 14. Artículo 14.- Para el solo efecto de lo dispuesto en el artículo anterior,...
- Artículo 15. Artículo 15.- El Tribunal Constitucional deberá comunicar al Servicio...
- Artículo 16. Artículo 16.- Dentro de los cinco primeros días de cada mes, el Departamento...
- Artículo 17. Artículo 17.- Dentro de los cinco primeros días de cada mes, los Juzgados de...
- Artículo 18. Artículo 18.- Dentro de los primeros cinco días de cada mes los jueces de...
- Artículo 19. Artículo 19.- Dentro de los primeros cinco días de cada mes, el Senado...
- Artículo 20. Artículo 20.- Dentro de los cinco primeros días de cada mes el Ministerio de...
- Artículo 21. Artículo 21.- Los órganos, servicios y tribunales señalados en este párrafo,...
- Artículo 22. Artículo 22.- Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores,...
- Artículo 23. Artículo 23.- Entre los ciento ochenta y los noventa días anteriores a una...
- Párrafo 5°
De las Modificaciones de los Datos Electorales - Artículo 24. Artículo 24.- El Servicio Electoral modificará los datos de las personas...
- Artículo 25. Artículo 25.- Con ocasión de la obtención o renovación de cédula de...
- Artículo 26. Artículo 26.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo anterior, el...
- Artículo 27. Artículo 27.- El Servicio Electoral podrá convenir con otros organismos...
- Artículo 28. Artículo 28.- El domicilio electoral será aquel que registre el Servicio...
- Párrafo 6°
De la Suspensión de Inscripciones, Actualizaciones y Modificaciones - Artículo 29. Artículo 29.- Con el objeto de elaborar los padrones electorales que se...
- Artículo 30. Artículo 30.- Tratándose de plebiscitos comunales, la suspensión a que alude...
- TÍTULO II
Del Padrón Electoral y de su Auditoría
Párrafo 1°
Del Padrón Electoral - Artículo 31. El Servicio Electoral deberá elaborar dos padrones electorales, uno para...
- Artículo 31 BIS. Previamente a la elaboración del Padrón Electoral a que se refiere el...
- Artículo 32. Artículo 32.- Para cada uno de los padrones electorales, el Servicio...
- Artículo 33. Artículo 33.- Para cada uno de los padrones electorales, el Servicio...
- Artículo 34. Artículo 34.- El Servicio Electoral determinará dos padrones electorales,...
- Artículo 35. Artículo 35.- El Servicio Electoral deberá publicar en su sitio web las...
- Artículo 36. Artículo 36.- Para la segunda votación de la elección presidencial que se...
- Artículo 37. Determinados los padrones electorales definitivos que se señalan en el...
- Artículo 37 BIS. Asignados los electores a las mesas receptoras de sufragios, el Servicio...
- Artículo 38. Artículo 38.- Los partidos políticos podrán solicitar al Servicio Electoral,...
- Párrafo 2°
De las Auditorías - Artículo 39. Artículo 39.- El Registro Electoral, los padrones electorales con carácter...
- Artículo 40. Artículo 40.- Las auditorías serán practicadas por dos empresas...
- Artículo 41. Artículo 41.- La selección de las empresas de auditoría se realizará a...
- Artículo 42. Artículo 42.- Las empresas de auditoría deberán revisar anualmente y emitir...
- Artículo 43. Artículo 43.- Determinados los padrones electorales con carácter de...
- Artículo 44. Artículo 44.- El Consejo del Servicio Electoral analizará los informes de...
- Artículo 45. Artículo 45.- Todos los informes de las empresas de auditoría serán...
- Artículo 46. Artículo 46.- Las empresas de auditoría deberán efectuar sus funciones con...
- Artículo 47. Artículo 47.- El Servicio Electoral deberá poner a disposición de las...
- TÍTULO III
De las Reclamaciones - Artículo 48. Artículo 48.- La persona que estimare que injustificadamente fue omitida de...
- Artículo 49. Artículo 49.- Dentro de los diez días siguientes a la publicación de los...
- Artículo 50. Artículo 50.- Los informes de las empresas de auditoría tendrán ante los...
- TÍTULO IV
De las Circunscripciones Electorales - Artículo 51. Artículo 51.- Las circunscripciones electorales son la unidad territorial...
- TÍTULO V
De las Sanciones
Párrafo 1°
De los Procedimientos Judiciales por Faltas y Delitos contemplados en esta ley - Artículo 52. Artículo 52.- Los delitos o faltas electorales se regirán por las...
- Artículo 53. Artículo 53.- No procederá el indulto particular en favor de los condenados...
- Párrafo 2°
De las Sanciones - Artículo 54. Artículo 54.- Sufrirá la pena de reclusión menor en su grado mínimo y multa...
- Artículo 55. Artículo 55.- Sufrirá la pena de presidio menor en su grado medio, multa de...
- Artículo 56. Artículo 56.- Si los delitos señalados en el artículo precedente fueren...
- Artículo 57. Artículo 57.- El que por negligencia extraviare documentos, solicitudes de...
- TÍTULO VI
Del Servicio Electoral
Párrafo 1°
Del Servicio Electoral - Artículo 58. Artículo 58.- El Servicio Electoral es un organismo autónomo de rango...
- Artículo 59. Artículo 59.- El Servicio Electoral estará sometido a la fiscalización de la...
- Artículo 60. Artículo 60.- Para todos los efectos legales el Servicio Electoral será el...
- Artículo 61. Artículo 61.- El Servicio Electoral tendrá por objeto: 1) Administrar,...
- Artículo 62. Artículo 62.- Los órganos de dirección del Servicio Electoral serán el...
- Párrafo 2°
Del Consejo Directivo del Servicio Electoral - Artículo 63. Artículo 63.- El Consejo Directivo estará integrado por cinco consejeros...
- Artículo 64. Artículo 64.- Para ser designado consejero del Servicio será necesario,...
- Artículo 65. Artículo 65.- Los consejeros percibirán una dieta equivalente a treinta...
- Artículo 66. Artículo 66.- Son causales de cesación en el cargo de consejero, las...
- Artículo 67. Artículo 67.- El Consejo sesionará, a lo menos, con cuatro de sus miembros...
- Artículo 68. Artículo 68.- Corresponderá al Consejo Directivo del Servicio Electoral:...
- Párrafo 3°
Del Director del Servicio Electoral - Artículo 69. Artículo 69.- El Director del Servicio Electoral será el representante legal...
- Artículo 70. Artículo 70.- La Dirección del Servicio contará con tres subdirecciones que...
- Artículo 71. Artículo 71.- Al Director y a los subdirectores les serán aplicables las...
- Párrafo 4º
De la Subdirección de Registro, Inscripciones y Acto Electoral - Artículo 72. Artículo 72.- Corresponderán a la Subdirección de Registro, Inscripciones y...
- Párrafo 5º
De la Subdirección de Control del Gasto y Financiamiento Electoral - Artículo 73. Artículo 73.- Corresponderán a la Subdirección de Control del Gasto y...
- Párrafo 6º
De la Subdirección de Partidos Políticos - Artículo 74. Artículo 74.- Corresponderán a la Subdirección de Partidos Políticos las...
- Párrafo 7º
Del Procedimiento Administrativo Sancionador - Artículo 75. Artículo 75.- Los procedimientos administrativos a que dé lugar la...
- Artículo 76. Artículo 76.- La multa será determinada por el Director del Servicio...
- Párrafo 8°
Del Personal del Servicio Electoral - Artículo 77. Artículo 77.- Los funcionarios y demás personas que presten servicios en el...
- TÍTULO VII
Disposiciones Generales - Artículo 78. Artículo 78.- Los partidos políticos, candidatos independientes y demás...
- Artículo 79. Artículo 79.- Todos los plazos a que se refiere esta ley serán de días...
- Artículo 80. Artículo 80.- Las publicaciones que se ordene hacer en el Diario Oficial se...
- Artículo 81. Artículo 81.- Los anuncios e impresiones ordenados por esta ley, así como...
- Artículo 82. Artículo 82.- En los años en que se realicen elecciones o plebiscitos de...
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La norma habla de "permanencia", desde luego, constatandose que el imputado se encuentra en el recinto, corresponde al funcionario de Gendarmería entregarle la notificación. Si se negare a aceptar la cédula o citación respectiva a pretexto de que el imputado no permanece en ese CDP, desde luego que el receptor puede dejar registro de ello para solicitar lo que corresponda. Si dicha negativa fuera injustificada y hay conocimiento de que el imputado permanece en ese centro, igualmente sería recomendable atestar sobre dicha circunstancia, de modo que se haga valer la responsabilidad del jefe del centro. Esto respecto de Gendarmería. La primera parte de la pregunta "respecto del tribunal", no se entiende.
Plazo de caducidad o prescripción? juegue
puede el tribunal o gendarmeria no notificar al imputado?
Si, hasta 10 años de carcel,
Slds.
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
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