Imprimir

Ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral Artículo 70 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09-10-2024

Ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral
Artículo 70.

Artículo 70.- La Dirección del Servicio contará con tres subdirecciones que serán sus colaboradoras inmediatas y tendrán las funciones y atribuciones que se indican en los párrafos 4º, 5º y 6º de este título.

Los subdirectores deberán informar al director del Servicio, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes desde que tomen conocimiento, de toda información o antecedente que corresponda fiscalizar o supervisar respecto de otro organismo o servicio de la Administración del Estado.

Los subdirectores estarán afectos al título VI de la ley Nº19.882. Los perfiles de los cargos de subdirector deberán ser aprobados por el Consejo del Servicio Electoral.

El Director del Servicio tendrá derecho a asistir a las sesiones del Consejo Directivo, con derecho a voz.



Chile Art. 70 Ley orgánica constitucional sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral
Artículo 1 ...68 69 70 71 72 ...82

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

hola.... esta correcto si se pide el cumpimiento despues de 1-3 meses de emitida la resolucion por juzgado poicia local?... Si al pedirla, se rechaza por extemporaneo, que hacer????? AYUDAAaaa


VALE SEX vosotros sabéis


Me llegó una notificación previo rechazo, habiendo ingresado una reunificación familiar por vínculo, antes de la misma me autodenuncié y pagué la multa según la sanción establecida.


Deberian de contratar al abogado promesa, don Agustin Aracena.


Es formal o sustantivo?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse