Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones Chile
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Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
- TITULO I
Disposiciones Generales
Capítulo I
Normas de Competencia - Artículo 1. Las disposiciones de la presente ley, relativas a planificación urbana,...
- Artículo 2. Esta legislación de carácter general tendrá tres niveles de acción: La Ley...
- Artículo 3. Al Ministerio de Vivienda y Urbanismo corresponderá proponer al Presidente...
- Artículo 4. Al Ministerio de Vivienda y Urbanismo corresponderá, a través de la División...
- Artículo 5. A las Municipalidades corresponderá aplicar esta ley, la Ordenanza General,...
- Artículo 6. A los Intendentes y Gobernadores corresponderá supervigilar que los bienes...
- Artículo 7. Las disposiciones de la presente ley prevalecerán sobre cualquiera otra que...
- CAPITULO II De los funcionarios
- Artículo 8. En todas las Municipalidades se consultará el cargo de Director de Obras,...
- Artículo 9. Serán funciones del Director de Obras: a) Estudiar los antecedentes, dar...
- Artículo 10. Todas las Municipalidades que tengan Plan Regulador aprobado, y cuya comuna...
- Artículo 11. A falta del Director de Obras los permisos serán otorgados por la Secretaría...
- Artículo 12. La Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de Vivienda y...
- Artículo 13. Prohíbese a los funcionarios municipales intervenir en los estudios o la...
- Artículo 14. Los Directores de Obras y Asesores Urbanistas deberán representar al...
- Artículo 15. Si la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo,...
- CAPITULO III
De los profesionales - Artículo 16. Toda obra sometida a las disposiciones de la presente ley deberá ser...
- Artículo 17. Para los efectos de la presente Ley, son arquitectos, ingenieros civiles,...
- Artículo 18. El propietario primer vendedor de una construcción será responsable por...
- Artículo 19. Las causas a que dieren lugar las acciones a que se refiere el artículo...
- CAPITULO IV
De las sanciones - Artículo 20. Toda infracción a las disposiciones de esta ley, a su ordenanza general y...
- Artículo 21. Las infracciones a las disposiciones de esta ley, de su ordenanza general y...
- Artículo 22. Los funcionarios fiscales y municipales serán civil, criminal y...
- Artículo 23. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo o los Secretarios Regionales del mismo...
- Artículo 24. Los notarios y Conservadores de Bienes Raíces que otorgaren escrituras o...
- Artículo 25. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo, respecto de las viviendas que cuenten...
- Artículo 26. DEROGADO.-
- TITULO II
De la Planificación Urbana
CAPITULO I
Definiciones - Artículo 27. Se entenderá por Planificación Urbana, para los efectos de la presente ley,...
- CAPITULO II
De la Planificación Urbana en particular - Artículo 28. La planificación urbana se efectuará en tres niveles de acción, que...
- Artículo 28 BIS. A través de planos de detalle podrá fijarse con exactitud los trazados y...
- Artículo 28 TER. Asimismo, a través de planos de detalle subordinados a los planes...
- PÁRRAFO PRELIMINAR.- Ámbitos de competencia y medidas de transparencia en la Planificación Urbana
- Artículo 28 QUÁTER. Estándares urbanísticos mínimos para los instrumentos de planificación...
- Artículo 28 QUINQUIES. Normas urbanísticas supletorias para territorios sin planificación comunal o...
- Artículo 28 SEXIES. Actualización de los instrumentos de planificación territorial. Los...
- Artículo 28 SEPTIES. Acceso a la información de los instrumentos de planificación territorial....
- Artículo 28 OCTIES. Imagen objetivo de los instrumentos de planificación territorial y consulta...
- Artículo 28 NONIES. Intervención de particulares en la elaboración y aprobación de los...
- Artículo 28 DECIES. Transparencia en el ejercicio de la potestad planificadora. La planificación...
- Artículo 28 UNDECIES. Observatorios del mercado del suelo urbano, de los instrumentos de...
- PARRAFO 1°.- De la Planificación Urbana Nacional
- Artículo 29. Corresponderá al Ministerio de la Vivienda y Urbanismo la Planificación del...
- PARRAFO 2°.- De la Planificación Urbana Regional Derogado.
- Artículo 30. Derogado.
- Artículo 31. Derogado.
- Artículo 32. Derogado.
- Artículo 33. Derogado.
- PARRAFO 3°.- De la Planificación Urbana Intercomunal
- Artículo 34. Se entenderá por Planificación Urbana Intercomunal aquella que regula el...
- Artículo 35. El Plan Regulador Intercomunal estará compuesto de: a) Una memoria...
- Artículo 36. El anteproyecto de Plan Regulador Intercomunal o Metropolitano, o sus...
- Artículo 37. Previa autorización de la secretaría regional ministerial de Vivienda y...
- Artículo 37 BIS. Podrán aprobarse enmiendas a los planes reguladores intercomunales cuando se...
- Artículo 38. Las disposiciones de los Planes Reguladores Intercomunales, que constituyan...
- Artículo 39. Las Secretarías Regionales del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo...
- Artículo 40. Las Secretarías Regionales del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo podrán...
- Párrafo 4°.-
De la Planificación Urbana Comunal - Artículo 41. Se entenderá por Planificación Urbana Comunal aquella que promueve el...
- Artículo 42. El Plan Regulador Comunal estará compuesto de: a) Una Memoria explicativa,...
- Artículo 43. El anteproyecto de Plan Regulador Comunal o de sus modificaciones será...
- Artículo 44. El estudio y aprobación del Plan Regulador Comunal, así como sus revisiones,...
- Artículo 45. Las modificaciones al Plan Regulador Comunal se sujetarán, en lo pertinente,...
- Artículo 46. En las comunas en que no exista Plan Regulador podrán estudiarse Planes...
- Artículo 47. Deberán contar con el Plan Regulador Comunal: a) las comunas que estén...
- Artículo 48. Derogado.
- Artículo 49. Las Municipalidades con obligación de tener Plan Regulador Comunal podrán...
- Artículo 50. En casos especiales de proyectos de los Servicios Regionales o Metropolitano...
- Artículo 51. Los trazados de los Planes Reguladores Comunales se realizarán por el...
- CAPITULO III
De los límites urbanos - Artículo 52. Se entenderá por límite urbano, para los efectos de la presente ley y de la...
- Artículo 53. La fijación de límites urbanos de los centros poblados que no cuenten con...
- Artículo 54. En las ciudades en que se aprobare un plan regulador el límite urbano fijado...
- Artículo 55. Fuera de los límites urbanos establecidos en los Planes Reguladores no será...
- Artículo 56. En las áreas rurales, se prohíbe a los dueños de predios colindantes con los...
- CAPITULO IV
Del uso del suelo urbano - Artículo 57. El uso del suelo urbano en las áreas urbanas se regirá por lo dispuesto en...
- Artículo 58. Igualmente, el otorgamiento de patentes municipales será concordante con...
- Artículo 59. Decláranse de utilidad pública todos los terrenos consultados en los planes...
- Artículo 59 BIS. Entretanto se procede a la expropiación o adquisición de los terrenos a que...
- Artículo 60. El Plan Regulador señalará los terrenos que por su especial naturaleza y...
- Artículo 61. El cambio de uso del suelo se tramitará como modificación del Plan Regulador...
- Artículo 62. Los terrenos cuyo uso no se conformare con los instrumentos de planificación...
- Artículo 63. La fusión de dos o más terrenos en uno solo tendrá un beneficio de mayor...
- Artículo 64. En las áreas urbanas, los bienes nacionales de uso público que correspondan...
- CAPITULO V
De la Subdivisión y la Urbanización del Suelo - Artículo 65. El proceso de subdivisión y urbanización del suelo comprende tres casos:...
- Artículo 66. La formación de nuevas poblaciones, barrios, grupos o conjuntos...
- Artículo 67. Los proyectos de subdivisión, loteos, urbanización o modificación de...
- Artículo 68. Los sitios o lotes resultantes de una subdivisión, loteo o urbanización,...
- Artículo 69. Todo plano aprobado de subdivisión, loteo o urbanización pasará...
- Artículo 70. En toda urbanización de terrenos se cederá gratuita y obligatoriamente para...
- Artículo 71. La subdivisión, loteo o urbanización de terrenos fiscales en las áreas...
- CAPITULO VI
De la Renovación Urbana
PARRAFO 1°.- De las Zonas de Remodelación - Artículo 72. Las Municipalidades que tengan Plan Regulador podrán fijar "Zonas de...
- Artículo 73. La declaración de zona de remodelación se aprobará por decreto supremo del...
- Artículo 74. En el decreto supremo que apruebe la zona de remodelación se fijarán las...
- Artículo 75. Las características técnicas mínimas que deberán tener los "Planes...
- PARRAFO 2°.- De las Zonas de Construcción Obligatoria
- Artículo 76. Las Municipalidades en cuyas comunas exista Plan Regulador podrán declarar...
- Artículo 77. La declaración de zonas de construcción obligatoria se aprobará por decreto...
- Artículo 78. La Municipalidad podrá declarar que es obligatorio para los propietarios de...
- PARRAFO 3°.- Del Saneamiento de Poblaciones
- Artículo 79. Corresponderá a las Municipalidades desarrollar las acciones necesarias para...
- Artículo 80. En concordancia con el objeto expresado, la Municipalidad podrá ejecutar...
- Artículo 81. Para prevenir el deterioro progresivo de un sector o barrio la Municipalidad...
- Artículo 82. Para el mejor cumplimiento de las acciones señaladas anteriormente, la...
- CAPITULO VII
De las expropiaciones
PARRAFO 1°.- Disposiciones Generales - Artículo 83. Las expropiaciones que realicen las municipalidades en virtud de una...
- Artículo 84. DEROGADO
- Artículo 85. DEROGADO
- Artículo 86. DEROGADO
- PARRAFO 2°.- De la Expropiación Parcial
- Artículo 87. DEROGADO
- Artículo 88. Tratándose de expropiaciones parciales se deducirá o imputará del monto de...
- Artículo 89. DEROGADO
- Artículo 90. La Municipalidad podrá vender en pública subasta, los terrenos sobrantes que...
- Párrafo 3°.- Del Pago de la Expropiación
- Artículo 91. DEROGADO
- Artículo 92. DEROGADO
- Artículo 93. DEROGADO
- Artículo 94. DEROGADO
- PARRAFO 4°.- De los fondos para el pago de las expropiaciones
- Artículo 95. DEROGADO
- Artículo 96. DEROGADO
- Artículo 97. DEROGADO
- Artículo 98. DEROGADO
- Artículo 99. Mientras una municipalidad no haga efectiva la expropiación de los terrenos...
- PARRAFO 5°.- Del pago de las expropiaciones en Viviendas Económicas
- Artículo 100. DEROGADO
- Artículo 101. DEROGADO
- Artículo 102. DEROGADO
- Artículo 103. DEROGADO
- Artículo 104. DEROGADO
- TITULO III
De la construcción
CAPITULO I
Normas de diseño
PARRAFO 1°.- Del diseño de obras de urbanización y edificación - Artículo 105. El diseño de las obras de urbanización y edificación deberá cumplir con los...
- Artículo 106. Para alcanzar la finalidad prevista en el artículo anterior, los materiales...
- PARRAFO 2°.- De los conjuntos armónicos
- Artículo 107. Las normas generales de los Planes Reguladores y su Ordenanza Local,...
- Artículo 108. En los casos señalados en el artículo precedente, los Asesores Urbanistas...
- Artículo 109. Las condiciones mínimas de uso, localización, dimensión o ampliación, para...
- PARRAFO 3°.- De los Edificios y Viviendas Acogidos a la Ley de Propiedad Horizontal
- Artículo 110. DEROGADO
- Artículo 111. DEROGADO
- Artículo 112. .- DEROGADO
- Artículo 113. DEROGADO
- Artículo 114. DEROGADO
- Artículo 115. DEROGADO
- CAPITULO II
De la ejecución de obras de urbanización, edificación e instalaciones complementarias
PARRAFO 1°.- De los permisos - Artículo 116. La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y...
- Artículo 116 BIS. Los propietarios que soliciten un permiso de edificación podrán contratar un...
- Artículo 116 BIS A. Los propietarios que soliciten un permiso de construcción para edificios de...
- Artículo 116 BIS B. DEROGADO.
- Artículo 116 BIS C. Aprobado por el Director de Obras Municipales un anteproyecto u otorgada una...
- Artículo 116 BIS D. La Ordenanza General de esta ley podrá establecer normas especiales y...
- Artículo 116 BIS E. Las torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de...
- Artículo 116 BIS F. Toda torre soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de...
- Artículo 116 BIS G. Toda torre soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de...
- Artículo 116 BIS H. Las torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de...
- Artículo 116 BIS I. Se entenderá que un territorio urbano se encuentra saturado de instalación...
- Artículo 117. Los permisos de subdivisión, loteo o urbanización predial y de...
- Artículo 118. La Dirección de Obras Municipales tendrá un plazo de 30 días, contados desde...
- Artículo 119. Toda obra de urbanización o edificación deberá ejecutarse con sujeción...
- Artículo 120. La vigencia, caducidad y prórroga de un permiso, como asimismo los efectos...
- PARRAFO 2°.- De las autorizaciones especiales para edificación
- Artículo 121. La Dirección de Obras Municipales podrá, previa autorización del municipio,...
- Artículo 122. En los antejardines fijados en los planes reguladores sólo podrán efectuarse...
- Artículo 123. En aquellas propiedades que no cumplan con las disposiciones del Plan...
- Artículo 124. El Director de Obras Municipales podrá autorizar la ejecución de...
- Artículo 125. La Dirección de Obras Municipales no dará curso a los permisos de...
- PARRAFO 3°.- De los Derechos Municipales y Garantías
- Artículo 126. Los permisos de urbanización, subdivisión, loteo y construcción se otorgarán...
- Artículo 127. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo anterior, el Ministerio de...
- Artículo 128. A petición del interesado, el Director de Obras podrá compensar los derechos...
- Artículo 129. La garantía de urbanización por el monto total de las obras, que exige esta...
- Artículo 130. Los derechos municipales a cancelar por permisos de subdivisión, loteos,...
- Artículo 131. En los conjuntos habitacionales con unidades repetidas, los derechos...
- Artículo 132. Los derechos, aportes, garantías u otros pagos, que dicen relación con...
- Artículo 133. LAs construcciones que se ejecutaren sin el previo permiso de construcción,...
- PARRAFO 4°.- De las obligaciones del Urbanizador
- Artículo 134. Para urbanizar un terreno, el propietario del mismo deberá ejecutar, a su...
- Artículo 135. Terminados los trabajos a que se refiere el articulo anterior, o las obras...
- Artículo 136. Mientras en una población, apertura de calles, formación de un nuevo barrio,...
- Artículo 137. No obstante lo dispuesto en los artículos precedentes, el propietario de los...
- Artículo 138. Será sancionado con la pena de presidio menor en su grado máximo a presidio...
- Artículo 138 BIS. Las personas naturales o jurídicas que tengan por giro la actividad...
- Artículo 139. Las Municipalidades, los Intendentes y Gobernadores y los Servicios...
- Artículo 140. La Dirección de Obras Municipales podrá, excepcionalmente y sólo en las...
- Artículo 141. DEROGADO.-
- PARRAFO 5°.- De las Inspecciones y Recepciones de Obras
- Artículo 142. Corresponderá a la Dirección de Obras Municipales fiscalizar las obras de...
- Artículo 143. Durante la ejecución de una obra, el constructor a cargo de ella deberá...
- Artículo 144. Terminada una obra o parte de la misma que pueda habilitarse...
- Artículo 145. Ninguna obra podrá ser habitada o destinada a uso alguno antes de su...
- PARRAFO 6°.- De la Paralización de Obras
- Artículo 146. El Director de Obras Municipales, mediante resolución fundada, podrá ordenar...
- Artículo 147. El incumplimiento de lo resuelto por el Director de Obras será sancionado en...
- PARRAFO 7°.- De las Demoliciones
- Artículo 148. El Alcalde, a petición del Director de Obras, podrá ordenar la demolición,...
- Artículo 149. Cualquiera persona podrá denunciar a la Municipalidad las obras que amenacen...
- Artículo 150. Recibida la denuncia, el Director de Obras Municipales hará practicar un...
- Artículo 151. La resolución que expida la Alcaldía, en conformidad con el artículo...
- Artículo 152. Dentro del plazo fijado por la Alcaldía para la ejecución de la demolición...
- Artículo 153. Transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 150° o desechada la...
- Artículo 154. Decretada una demolición y notificación al propietario del inmueble la...
- Artículo 155. Las reclamaciones se deducirán ante el Juzgado de Letras de turno de Mayor...
- Artículo 156. Cuando el peligro de derrumbe de una obra o de parte de ella fuere...
- Artículo 157. El Secretario Regional de Vivienda y Urbanismo podrá, fundadamente y con...
- PARRAFO 8°.- De la seguridad, conservación y reparación de edificios
- Artículo 158. La Dirección de Obras Municipales podrá exigir la terminación de las obras...
- Artículo 159. Los propietarios de los establecimientos industriales, comerciales o de...
- Artículo 159 BIS. Los ascensores, tanto verticales como inclinados o funiculares, montacargas...
- Artículo 160. En el caso de establecimientos industriales o locales de almacenamiento,...
- Artículo 161. La Alcaldía podrá clausurar los establecimientos o locales comerciales o...
- Artículo 161 BIS. Previo informe fundado de la Dirección de Obras, la Municipalidad podrá...
- TITULO IV
De las Viviendas Económicas - Artículo 162. Son "viviendas económicas" las que tienen una superficie edificada no...
- Artículo 163. La vivienda econonómica podrá emplazarse en cualquier zona habitacional del...
- Artículo 164. Las subdivisiones y la urbanizaciones destinadas a viviendas económicas, y...
- Artículo 165. Los grupos de Viviendas Económicas podrán tener locales destinados a...
- Artículo 166. A los permisos para ampliaciones de viviendas sociales, viviendas...
- Artículo 167. Corresponderá al Servicio de Impuestos Internos supervigilar que las...
- TÍTULO V
De las mitigaciones y aportes al espacio público
Capítulo I
Principios aplicables a las mitigaciones y aportes - Artículo 168. Serán aplicables a este Título los siguientes principios: a)...
- Artículo 169. Para los efectos de este Título se entenderá por crecimiento urbano por...
- Capítulo II
De las mitigaciones directas - Artículo 170. Los proyectos que conlleven crecimiento urbano por extensión o por...
- Artículo 171. Todos los proyectos que generen crecimiento urbano por extensión o por...
- Artículo 172. El secretario regional ministerial de Transportes y Telecomunicaciones o el...
- Artículo 173. Las Direcciones de Obras Municipales no podrán cursar la recepción...
- Artículo 174. Los informes de mitigación que se presenten y las resoluciones finales que...
- Capítulo III
De los aportes al espacio público - Artículo 175. Los proyectos que conlleven crecimiento urbano por densificación deberán dar...
- Artículo 176. Cada municipio elaborará un plan comunal de inversiones en infraestructura...
- Artículo 177. En las áreas metropolitanas o que estén incluidas en un plan regulador...
- Artículo 178. Los planes comunales e intercomunales de inversiones en infraestructura de...
- Artículo 179. Los aportes deberán pagarse en dinero, en forma previa a la recepción...
- Artículo 180. Los aportes serán recaudados por el municipio respectivo, que deberá...
- Artículo 181. En sus rendiciones de cuentas anuales, las municipalidades darán una...
- Artículo 182. Tratándose de proyectos que incrementen el coeficiente de constructibilidad...
- Capítulo IV
De la mitigación y los incentivos en los instrumentos de planificación territorial - Artículo 183. Cuando los planes reguladores intercomunales establezcan nuevas áreas...
- Artículo 184. Los planes reguladores comunales podrán otorgar incentivos en las normas...
- Artículo 184 BIS. Las viviendas sociales que resulten de la aplicación de los incentivos...
- Capítulo V
De los aportes urbanos reembolsables - Artículo 185. Cuando un interesado proponga ejecutar un estudio, proyecto, obra o medida...
- Artículo 186. Para los efectos señalados en el artículo anterior, el interesado firmará un...
- TITULO FINAL
- Artículo 187. El Ministerio de la Vivienda y Urbanismo fijará, por decreto supremo, el...
- Artículo 188. Derógase el Decreto con Fuerza de Ley N° 224, de 1953, cuyo texto definitivo...
- Artículo 189. Todas las funciones que este cuerpo legal entrega a las Secretarías...
- Artículo 190. Los plazos de días contenidos en esta ley, en que no se indique expresamente...
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Invitado
04-12-24 09:53:11
Tiene un plazo el alimentado para reclamar pago de la pensión alimenticia, si ya salió una sentencia de cese de pago de pensión
Invitado
03-12-24 08:24:38
Artículo incompleto, saludos
Invitado
02-12-24 10:42:30
Al tipo penal yo le pondría de nombre "Desvío arbitrario de fondos públicos"
Invitado
29-11-24 11:18:34
Hola este articulo es aplicable para los que trabajamos en el sector de administración delegada ( decreto 3166/80)
Invitado
28-11-24 23:14:18
El tipo penal es "aplicación pública diferente"
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