Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones Artículo 178 Chile
Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Artículo 178.
Los planes comunales e intercomunales de inversiones en infraestructura de movilidad y espacio público deberán actualizarse periódicamente en un plazo no mayor a diez años, y cada vez que se apruebe un nuevo instrumento de planificación comunal o intercomunal, siguiendo el mismo procedimiento señalado en los artículos precedentes.
Chile Art. 178 Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Mejores juristas





a totito le gusta la callampa seca
Nicolas Niño Regalón del pico
Nicolas Niño Regalón del pico
El toooooing
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios