Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones Artículo 66 Chile
Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Artículo 66.
La formación de nuevas poblaciones, barrios, grupos o conjuntos habitacionales deberá respetar las disposiciones de esta ley y su Ordenanza General, y el Plan Regulador y Ordenanza Local, en cuanto al uso del suelo, trazados viales, densidades, superficie mínima predial, coeficientes de constructibilidad y demás disposiciones de carácter urbanístico.
Chile Art. 66 Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
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Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
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