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Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones Artículo 73 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025

Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Artículo 73.

La declaración de zona de remodelación se aprobará por decreto supremo del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo, dictado "por orden del Presidente", a propuesta o en consulta a la Municipalidad, en la forma que determine la Ordenanza General, y en ella se fijará el plazo dentro del cual los propietarios deberán edificar de acuerdo a las nuevas normas de la zona de remodelación.



Chile Art. 73 Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Artículo 1 ...71 72 73 74 75 ...191

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pico pal q lee jaja



manden a dormir al molinaaaa


tengo el meo pene


El que actualizo el artículo 1437 del C.C. en la página copio y pego de la BCN y se le paso "L. 19.585" al medio del párrafo para que lo corrijan saludos!


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