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Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones Artículo 163 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25-11-2024

Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Artículo 163.

La vivienda econonómica podrá emplazarse en cualquier zona habitacional del área urbana. También podrá emplazarse en sectores rurales, siempre que ellas se destinen a habitaciones que complementen actividades agrícolas, industriales, mineras o pesqueras, en cuyo caso se requerirá la autorización previa de la Secretaría Regional correspondiente del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo.

Los propietarios de predios agrícolas requerirán solamente del respectivo permiso municipal para la construcción de su propia vivienda económica.



Chile Art. 163 Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Artículo 1 ...161 BIS 162 163 164 165 ...190

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Los nuevos comentarios en el sitio web

Al tipo penal yo le pondría de nombre "Desvío arbitrario de fondos públicos"


Hola este articulo es aplicable para los que trabajamos en el sector de administración delegada ( decreto 3166/80)


El tipo penal es "aplicación pública diferente"


Entonces con que nombre se podría definir este tipo penal?


Gracias sumamente útil para estudiantes saludos


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