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Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones Artículo 190 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03-12-2024

Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Artículo 190.

Los plazos de días contenidos en esta ley, en que no se indique expresamente que se trata de plazos de días hábiles, son de días corridos.

Con todo, siempre que el último día de un plazo contemplado en esta ley sea inhábil se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.



Chile Art. 190 Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
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Los nuevos comentarios en el sitio web

Al tipo penal yo le pondría de nombre "Desvío arbitrario de fondos públicos"


Hola este articulo es aplicable para los que trabajamos en el sector de administración delegada ( decreto 3166/80)


El tipo penal es "aplicación pública diferente"


Entonces con que nombre se podría definir este tipo penal?


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