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Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones Artículo 65 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 30-07-2026

Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Artículo 65.

El proceso de subdivisión y urbanización del suelo comprende cuatro casos:

a) Subdivisión de terrenos, sin que se requiera la ejecución de obras de urbanización, por ser suficientes las existentes;

b) Loteos de terrenos, condicionados a la ejecución de obras de urbanización, incluyendo como tales la apertura de calles y formación de nuevos barrios o poblaciones;

c) Urbanización de loteos existentes, cuyas obras de infraestructura sanitaria y energética y de pavimentación no fueron realizadas oportunamente. El proceso de transferencia de los terrenos estará sujeto a que el propietario de los mismos cumpla con los requisitos que se determinan en el Párrafo 4°, Capítulo II, del Título III de esta ley, y en su Ordenanza General.

d) Urbanizaciones voluntarias ejecutadas en el espacio público o al interior de un predio por parte de su propietario, desvinculadas del proceso de división del suelo, sujetas siempre a aprobación previa de la municipalidad respectiva.



Chile Art. 65 Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
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