Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones Artículo 131 Chile
Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Artículo 131.
En los conjuntos habitacionales con unidades repetidas, los derechos municipales se rebajarán de acuerdo a las siguientes normas:
Se considerará como unidad repetida la casa individual aislada o pareada, ya sea de uno o dos pisos, que se repite en el conjunto, y en los edificios en altura con piso tipo repetido la totalidad de un piso que se repite. =======================================================
N° de unidades -------------------------------------------------------
3 a 5 10%
6 a 10 20%
11 a 20 30%
21 a 40 40%
41 o más =======================================================
Chile Art. 131 Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
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valesex vosotros sabeis
En Chile se dice BUENOS DÍAS, dejemos de incorporar basura extranjera en nuestro lenguaje.
y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
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