Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones Artículo 35 Chile
Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
Artículo 35.
El Plan Regulador Intercomunal estará compuesto de:
a) Una memoria explicativa, que contendrá los objetivos, metas y programas de acción;
b) Una Ordenanza, que contendrá las disposiciones reglamentarias pertinentes, y
c) Los planos, que expresen gráficamente las disposiciones sobre zonificación general, equipamiento, relaciones viales, áreas de desarrollo prioritario, límites de extensión urbana, densidades, etc.
Para los efectos de su aprobación, modificación y aplicación, estos documentos constituirán un solo cuerpo normativo.
Chile Art. 35 Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones
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Tiene un plazo el alimentado para reclamar pago de la pensión alimenticia, si ya salió una sentencia de cese de pago de pensión
Artículo incompleto, saludos
Al tipo penal yo le pondría de nombre "Desvío arbitrario de fondos públicos"
Hola este articulo es aplicable para los que trabajamos en el sector de administración delegada ( decreto 3166/80)
El tipo penal es "aplicación pública diferente"
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