Sobre calificacion de la produccion cinematografica Chile
Sobre calificacion de la produccion cinematografica
- Párrafo 1º
Normas generales - Artículo 1. Establécese un sistema para la calificación de la producción cinematográfica...
- Artículo 2. Para los efectos de esta ley se entenderá por: a) Consejo: el Consejo de...
- Párrafo 2º
Del Consejo de Calificación Cinematográfica - Artículo 3. Créase el Consejo de Calificación Cinematográfica, órgano centralizado,...
- Artículo 4. El Consejo estará integrado por: a) El Subsecretario de Educación o quien...
- Artículo 5. Serán inhábiles para desempeñar el cargo de consejero las personas que...
- Artículo 6. Por cada sesión a que asistan, los miembros del Consejo tendrán derecho a...
- Párrafo 3º
De la competencia del Consejo - Artículo 7. No serán objeto de calificación por parte del Consejo: a) Los noticiarios....
- Artículo 8. El Consejo funcionará en salas, en la forma que indique el reglamento.
- Artículo 9. Cada sala podrá requerir antecedentes del distribuidor o productor cuando lo...
- Párrafo 4º
Del procedimiento de calificación - Artículo 10. El procedimiento de calificación se iniciará a petición del interesado....
- Artículo 11. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo anterior, el Consejo, en su...
- Artículo 11 BIS. La calificación de los videojuegos se hará conforme a las siguientes...
- Artículo 12. Las producciones calificadas por el Consejo como de "Contenido...
- Artículo 13. Los menores de edad acompañados por cualquiera de sus padres o guardadores,...
- Artículo 14. La calificación que el Consejo acuerde deberá constar en un acta en la que...
- Artículo 15. En contra de la calificación practicada por alguna de las salas, toda...
- Artículo 16. El recurso de reposición deberá ser resuelto dentro de los 10 días...
- Artículo 17. El Consejo podrá recalificar una producción cinematográfica en virtud de una...
- Párrafo 5º
De las obligaciones, responsabilidades y sanciones - Artículo 18. A los lugares en que se realice exhibición pública de producciones...
- Artículo 19. El propietario, su representante y el administrador de las salas de...
- Artículo 20. Siempre que en una misma función pública se exhiban dos o más producciones...
- Artículo 21. El propietario, su representante y el administrador de la sala que exhiba...
- Artículo 22. Las producciones cinematográficas o videojuegos en vídeo o en cualquier otro...
- Artículo 23. El que de cualquier manera adultere la calificación, exhiba una versión...
- Artículo 24. Sin perjuicio de la responsabilidad que pudiera corresponder por las...
- Artículo 25. Concédese acción pública para denunciar las infracciones contempladas en...
- Párrafo 6º
De la fiscalización - Artículo 26. Sin perjuicio de las atribuciones de Carabineros, corresponderá...
- Artículo 27. Los inspectores municipales que sorprendan infracciones a la presente ley,...
- Artículo 28. Los ingresos que se recauden por concepto de multas aplicadas por...
- Párrafo 7º
Recursos y presupuesto del Consejo - Artículo 29. Por concepto de derecho a calificación, los interesados deberán pagar al...
- Párrafo 8º
Disposiciones finales - Artículo 30. La participación en la producción de material pornográfico en cuya...
- Artículo 31. Sustitúyese el inciso final del artículo 13 de la ley Nº 18.838, que crea el...
- Artículo 32. Derógase el decreto ley Nº 679, de 1974, y sus modificaciones.
- Artículo 33. Introdúcense las siguientes modificaciones al inciso primero del artículo 65...
- Artículo 34. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 366 quáter del...
Otras regulaciones
Crea el ministerio de la mujer y la equidad de género, y modifica normas legales que indica Aprueba nueva ley general de urbanismo y construcciones Regula el ejercicio del derecho constitucional a la protección de la salud y crea un régimen de prestaciones de salud Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como de la asignación familiar y maternal y del subsidio familiar Otorga beneficios por accidentes y enfermedades a los miembros de los cuerpos de bomberosMejores juristas





Buenas tardes, tengo un par de consultas:
En caso de cerrar mi terreno por seguridad, ¿son los dueños de los canales quienes deben instalar una puerta para su acceso? o si yo cierro y hago yo la puerta, ¿pudiese entregarle una cierta cantidad de copias de llaves para que puedan ejercer su trabajo?
Segunda consulta, con respecto a las servidumbres, ¿quienes se hacen responsables de la limpieza propiamente tal de esa servidumbre?, y si es los dueños del canal ¿se les puede exigir la limpieza de estos en caso de que haya mucho cumulo de basura y restos de maleza por ejemplo?
saludos
Buenas tardes, soy chileno viviendo en Alemania y está la posibilidad de viajar a Chile repentinamente (en los próximos 3-4 días) por un evento familiar. Me gustaría saber si es que viajo con mi hija de 5 años (Alemana), existe algún problema luego a la nuestra vuelta a Alemania? Necesito una autorización de mi esposa (no estamos separados) para que nuestra hija vuelva a casa en Alemania?
Tenemos una autorización (sin caducidad) que hicimos hace 1,2 años que está en Alemán, Español, Ingles y está apostillada. Viajaría con todos los documentos que tenemos de familia (certificados de nacimientos de la madre, padre e hija, certificado de matrimonio, registro de domicilio, etc). Dada la premura del viaje no hay tiempo para hacer otra autorización.
Desde ya agradezco una orientación ya que no pude encontrar algo relacionado con menores de edad extranjeros que vuelven a su país de origen con uno de sus padres.
Muchas gracias!
Me rechazaron solicitud PGU por artículo 10 lectraC). Efectivamente estuve fuera de Chile más de cinco años. Hoy resido en chile y el IPS no aplicó el artículo 14 de la ley y reglamento que dice que si tengo más de 20 años de cotización ese artículo se considera cumplido. Estoy en lo cierto o equivocado de como y cuando se aplica el artículo 14. Reclamé y envié certificado de cotizaciones, 28 años 4 meses y certificado de viajes pdi. Última salida y regreso agosto 2022. Gracias
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