Establece un seguro de desempleo Chile
Establece un seguro de desempleo
- TITULO I
Del Régimen de Seguro de Cesantía - Artículo 1. Establécese un seguro obligatorio de cesantía, en adelante "el Seguro", en...
- Párrafo 1º
De las Personas Protegidas - Artículo 2. Estarán sujetos al Seguro los trabajadores dependientes que inicien o...
- Artículo 3. Derogado
- Artículo 4. Los derechos establecidos en esta ley son independientes y compatibles con...
- Párrafo 2º
Del Financiamiento del Seguro. - Artículo 5. El Seguro se financiará con las siguientes cotizaciones: a) Un 0,6% de...
- Artículo 6. Para los efectos de lo dispuesto en la presente ley, se considera...
- Artículo 7. Si un trabajador desempeñare dos o más empleos, se deberán efectuar...
- Artículo 8. En caso de incapacidad laboral transitoria del trabajador, la cotización...
- Artículo 9. La cotización prevista en la letra a) del artículo 5º y la parte de la...
- Artículo 10. Las cotizaciones, tanto de cargo del empleador como del trabajador, deberán...
- Artículo 11. Las cotizaciones que no se paguen oportunamente por el empleador o la...
- Párrafo 3º
De las Prestaciones financiadas con cargo a
la Cuenta Individual por Cesantía - Artículo 12. Los afiliados tendrán derecho a una prestación por cesantía, en los términos...
- Artículo 13. Si el contrato terminare por las causales previstas en el artículo 161 del...
- Artículo 14. Si el contrato de trabajo termina por aplicación de alguna de las causales...
- Artículo 15. Establécese la siguiente modalidad de retiro de fondos de la Cuenta...
- Artículo 16. El goce del beneficio contemplado en los artículos 14 y 15, se interrumpirá...
- Artículo 17. Sin perjuicio de lo señalado en el inciso quinto del artículo 11, en el...
- Artículo 18. En caso de fallecimiento del trabajador, los fondos de la Cuenta Individual...
- Artículo 19. Si un trabajador se pensionare, por cualquier causa, podrá disponer en un...
- Artículo 20. Los afiliados al Seguro que perciban prestaciones con cargo a la Cuenta...
- Párrafo 4º Derogado
Normas especiales de protección para los trabajadores contratados a plazo o para una obra, trabajo o servicio determinado (DEROGADO) Artículo 21. Articulo 21°.- (DEROGADO)
Artículo 22. Articulo 22°.- (DEROGADO)
- Párrafo 5º
De las prestaciones con cargo al Fondo de
Cesantía Solidario - Artículo 23. La restante cotización del empleador a que se refiere la letra b) del...
- Artículo 24. Tendrán derecho a recibir prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario los...
- Artículo 25. El monto de la prestación por cesantía durante los meses que se indican en...
- Artículo 25 BIS. El Fondo de Cesantía Solidario podrá financiar diferentes medidas para la...
- Artículo 25 TER. El Fondo de Cesantía Solidario aportará a la cuenta de capitalización...
- Artículo 26. El valor total de los beneficios a pagar con cargo al Fondo de Cesantía...
- Artículo 26 BIS. Con el fin de contribuir a la sustentabilidad del Fondo de Cesantía...
- Artículo 27. Las personas que obtuvieren mediante simulación o engaño prestaciones con...
- Artículo 28. El beneficiario no tendrá derecho a las prestaciones previstas en este...
- Artículo 29. La prestación se devengará y pagará por mensualidades vencidas y no estará...
- Párrafo 6º
De la Administración - Artículo 30. La administración del Régimen de Cesantía estará a cargo de una sociedad...
- Artículo 31. El servicio de administración de los Fondos de Cesantía será adjudicado...
- Artículo 32. La licitación se adjudicará evaluando las ofertas técnicamente aceptables...
- Artículo 33. La adjudicación del servicio de administración de los Fondos de Cesantía se...
- Artículo 34. La Sociedad Administradora deberá mantener una Base de Datos de los...
- Artículo 34 A. Para el desarrollo de los estudios de carácter técnico del artículo...
- Artículo 34 B. Las Subsecretarías de Hacienda, de Servicios Sociales, de Evaluación Social,...
- Artículo 34 C. La Superintendencia de Pensiones elaborará una muestra representativa de la...
- Artículo 35. La supervigilancia, control y fiscalización de la Sociedad Administradora de...
- Artículo 36. Cuando una enajenación de acciones de la Sociedad Administradora a un...
- Artículo 37. Durante la vigencia del contrato, la Sociedad Administradora deberá asegurar...
- Artículo 38. El capital mínimo necesario para la formación de la Sociedad Administradora...
- Artículo 39. Serán aplicables a la Sociedad Administradora las normas de esta ley, su...
- Artículo 40. La Sociedad Administradora deberá llevar contabilidad separada del...
- Artículo 41. Las inversiones que se efectúen con recursos de los Fondos de Cesantía y...
- Artículo 42. Cada mes que la rentabilidad real del Fondo de Cesantía y del Fondo de...
- Artículo 43. El contrato de administración se extinguirá por las siguientes causales:...
- Artículo 44. La declaración de infracción grave de las obligaciones de la Sociedad...
- Artículo 45. Sufrirán las penas de presidio menor en su grado medio a presidio mayor en...
- Párrafo 7º
Normas generales - Artículo 46. La Sociedad Administradora deberá enviar los antecedentes necesarios del...
- Artículo 47. La obtención del beneficio con cargo al Fondo de Cesantía Solidario...
- Artículo 48. Respecto de los trabajadores afiliados al Seguro, que ingresen a una empresa...
- Artículo 49. El sistema del subsidio de cesantía a que se refiere el Párrafo Primero del...
- Artículo 50. Los fondos de la Cuenta Individual por Cesantía sólo serán embargables una...
- Artículo 51. Las prestaciones del Seguro se pagarán al trabajador contra la presentación...
- Artículo 52. Cuando el trabajador accionare por despido injustificado, indebido o...
- Artículo 53. La cotización establecida en la letra a) del artículo 5º se comprenderá en...
- Artículo 54. Las prestaciones establecidas en esta ley de cargo de los empleadores a...
- Párrafo 8º
De la Comisión de Usuarios - Artículo 55. Existirá una Comisión de Usuarios integrada por tres representantes de los...
- Artículo 56. La Comisión a que se refiere este párrafo estará especialmente facultada...
- Artículo 57. Los miembros laborales y empresariales de la Comisión, deberán tener la...
- Artículo 58. La Comisión deberá emitir cada año, dentro de los dos meses siguientes a la...
- Párrafo 9° De la Inversión de los Fondos de Cesantía y de Cesantía Solidario
- Artículo 58 A. Los recursos del Fondo de Cesantía Solidario se invertirán en los...
- Artículo 58 B. Las inversiones con recursos de los Fondos de Cesantía deberán sujetarse a...
- Artículo 58 C. Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, el Régimen de...
- Artículo 58 D. Los límites establecidos en el artículo 47 del decreto ley N° 3.500, de...
- Artículo 58 E. La Superintendencia de Pensiones establecerá mediante resolución un Régimen...
- Artículo 58 F. La Sociedad Administradora deberá contar con políticas de inversión y de...
- Artículo 58 G. El Régimen de Inversión para los Fondos de Cesantía podrá contemplar normas...
- Artículo 58 H. El Consejo Técnico de Inversiones para los Fondos de Cesantía será el mismo...
- Artículo 58 I. Los integrantes del Consejo Técnico de Inversiones percibirán una dieta...
- Artículo 58 J. La Sociedad Administradora deberá concurrir a las juntas de accionistas de...
- Artículo 58 K. La Sociedad Administradora deberá observar las disposiciones del Título XIV...
- TITULO II
Disposiciones Generales - Artículo 59. Los empleadores que no pagaren las cotizaciones del Seguro de Cesantía...
- Artículo 60. El Párrafo 6º del Título I de la presente ley entrará en vigencia el primer...
- Título III Del Sistema de Información Laboral y la Bolsa Nacional de Empleo
- Artículo 61. Créanse el Sistema de Información Laboral y la Bolsa Nacional de Empleo, a...
- Artículo 62. El Sistema de Información Laboral entregará información sobre el mercado...
- Artículo 63. La Bolsa Nacional de Empleo será un instrumento destinado a facilitar la...
- Artículo 64. La administración de la Bolsa Nacional de Empleo será adjudicada mediante...
- Artículo 65. Las Oficinas de Información Laboral para el ejercicio de las funciones...
- TÍTULO IV
De las prestaciones en caso de estado de catástrofe por calamidad pública, zona afectada por catástrofe o alerta sanitaria - Artículo 66. En el evento que se haya declarado estado de excepción constitucional de...
- Artículo 67. En el caso de los trabajadores a que se refiere el artículo anterior,...
- Artículo 68. Las prestaciones mejoradas financiadas con cargo a los fondos de la Cuenta...
- Artículo 69. El trabajador a que se refiere el artículo 66, para acceder al Fondo de...
- Artículo 70. Las prestaciones mejoradas con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, en las...
- Artículo 71. Accederán a las prestaciones de la tabla del inciso tercero del artículo 25,...
- Artículo 72. Los afiliados, que mantengan su condición de desempleo, a quienes se les...
- Artículo 73. El acceso a las prestaciones con los requisitos establecidos en este Título...
- Artículo 74. Aquel giro que devengue al menos un día dentro del período señalado en el...
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quiero saber o que me orienten si en mi caso entra este articulo 1556 ya que en mi situacion llevo seis meses trabajando sin descanso trabajo de lunes a viernes 5*2 y asta los descanso los trabajo ya que donde trabajo yo ,es una posta rural en la localidad de quillagua pertenece a la comuna maria elena segunda region de chile serca de la aduana ruta 5 norte ,tengo colegas que pertenecen a mi mismo rubro y ellos no quieren venir sacar mis descanso se niegan y nuestra jefatura no hace nada por esta situacion y me han quitado bono , no pagan el almuerzo todo sale de mi bolsillo,tampoco y me pagan 44 horas de sobre tiempo y el resto de horas debo tomarlos como descanso si no tengo queien me saque los pierdo ensima si sigo reclamando me pueden cancelar pero tengo todas las de ganar pero nesecito orientacion dejo mi correo
Que página más buena.
Frente playero el resto que la chupe
existen variantes segun este mismo artículo del codigo civil. -
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