Establece un seguro de desempleo Chile
Descargar gratis Establece un seguro de desempleo Ley 19728, 30 de Abril 2001 (.doc)
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-09-2024
Establece un seguro de desempleo
- TITULO I
Del Régimen de Seguro de Cesantía - Artículo 1. Establécese un seguro obligatorio de cesantía, en adelante "el Seguro", en...
- Párrafo 1º
De las Personas Protegidas - Artículo 2. Estarán sujetos al Seguro los trabajadores dependientes que inicien o...
- Artículo 3. Derogado
- Artículo 4. Los derechos establecidos en esta ley son independientes y compatibles con...
- Párrafo 2º
Del Financiamiento del Seguro. - Artículo 5. El Seguro se financiará con las siguientes cotizaciones: a) Un 0,6% de...
- Artículo 6. Para los efectos de lo dispuesto en la presente ley, se considera...
- Artículo 7. Si un trabajador desempeñare dos o más empleos, se deberán efectuar...
- Artículo 8. En caso de incapacidad laboral transitoria del trabajador, la cotización...
- Artículo 9. La cotización prevista en la letra a) del artículo 5º y la parte de la...
- Artículo 10. Las cotizaciones, tanto de cargo del empleador como del trabajador, deberán...
- Artículo 11. Las cotizaciones que no se paguen oportunamente por el empleador o la...
- Párrafo 3º
De las Prestaciones financiadas con cargo a
la Cuenta Individual por Cesantía - Artículo 12. Los afiliados tendrán derecho a una prestación por cesantía, en los términos...
- Artículo 13. Si el contrato terminare por las causales previstas en el artículo 161 del...
- Artículo 14. Si el contrato de trabajo termina por aplicación de alguna de las causales...
- Artículo 15. Establécese la siguiente modalidad de retiro de fondos de la Cuenta...
- Artículo 16. El goce del beneficio contemplado en los artículos 14 y 15, se interrumpirá...
- Artículo 17. Sin perjuicio de lo señalado en el inciso quinto del artículo 11, en el...
- Artículo 18. En caso de fallecimiento del trabajador, los fondos de la Cuenta Individual...
- Artículo 19. Si un trabajador se pensionare, por cualquier causa, podrá disponer en un...
- Artículo 20. Los afiliados al Seguro que perciban prestaciones con cargo a la Cuenta...
- Párrafo 4º Derogado
Normas especiales de protección para los trabajadores contratados a plazo o para una obra, trabajo o servicio determinado (DEROGADO) Artículo 21. Articulo 21°.- (DEROGADO)
Artículo 22. Articulo 22°.- (DEROGADO)
- Párrafo 5º
De las prestaciones con cargo al Fondo de
Cesantía Solidario - Artículo 23. La restante cotización del empleador a que se refiere la letra b) del...
- Artículo 24. Tendrán derecho a recibir prestaciones del Fondo de Cesantía Solidario los...
- Artículo 25. El monto de la prestación por cesantía durante los meses que se indican en...
- Artículo 25 BIS. El Fondo de Cesantía Solidario podrá financiar diferentes medidas para la...
- Artículo 25 TER. El Fondo de Cesantía Solidario aportará a la cuenta de capitalización...
- Artículo 26. El valor total de los beneficios a pagar con cargo al Fondo de Cesantía...
- Artículo 26 BIS. Con el fin de contribuir a la sustentabilidad del Fondo de Cesantía...
- Artículo 27. Las personas que obtuvieren mediante simulación o engaño prestaciones con...
- Artículo 28. El beneficiario no tendrá derecho a las prestaciones previstas en este...
- Artículo 29. La prestación se devengará y pagará por mensualidades vencidas y no estará...
- Párrafo 6º
De la Administración - Artículo 30. La administración del Régimen de Cesantía estará a cargo de una sociedad...
- Artículo 31. El servicio de administración de los Fondos de Cesantía será adjudicado...
- Artículo 32. La licitación se adjudicará evaluando las ofertas técnicamente aceptables...
- Artículo 33. La adjudicación del servicio de administración de los Fondos de Cesantía se...
- Artículo 34. La Sociedad Administradora deberá mantener una Base de Datos de los...
- Artículo 34 A. Para el desarrollo de los estudios de carácter técnico del artículo...
- Artículo 34 B. Las Subsecretarías de Hacienda, de Servicios Sociales, de Evaluación Social,...
- Artículo 34 C. La Superintendencia de Pensiones elaborará una muestra representativa de la...
- Artículo 35. La supervigilancia, control y fiscalización de la Sociedad Administradora de...
- Artículo 36. Cuando una enajenación de acciones de la Sociedad Administradora a un...
- Artículo 37. Durante la vigencia del contrato, la Sociedad Administradora deberá asegurar...
- Artículo 38. El capital mínimo necesario para la formación de la Sociedad Administradora...
- Artículo 39. Serán aplicables a la Sociedad Administradora las normas de esta ley, su...
- Artículo 40. La Sociedad Administradora deberá llevar contabilidad separada del...
- Artículo 41. Las inversiones que se efectúen con recursos de los Fondos de Cesantía y...
- Artículo 42. Cada mes que la rentabilidad real del Fondo de Cesantía y del Fondo de...
- Artículo 43. El contrato de administración se extinguirá por las siguientes causales:...
- Artículo 44. La declaración de infracción grave de las obligaciones de la Sociedad...
- Artículo 45. Sufrirán las penas de presidio menor en su grado medio a presidio mayor en...
- Párrafo 7º
Normas generales - Artículo 46. La Sociedad Administradora deberá enviar los antecedentes necesarios del...
- Artículo 47. La obtención del beneficio con cargo al Fondo de Cesantía Solidario...
- Artículo 48. Respecto de los trabajadores afiliados al Seguro, que ingresen a una empresa...
- Artículo 49. El sistema del subsidio de cesantía a que se refiere el Párrafo Primero del...
- Artículo 50. Los fondos de la Cuenta Individual por Cesantía sólo serán embargables una...
- Artículo 51. Las prestaciones del Seguro se pagarán al trabajador contra la presentación...
- Artículo 52. Cuando el trabajador accionare por despido injustificado, indebido o...
- Artículo 53. La cotización establecida en la letra a) del artículo 5º se comprenderá en...
- Artículo 54. Las prestaciones establecidas en esta ley de cargo de los empleadores a...
- Párrafo 8º
De la Comisión de Usuarios - Artículo 55. Existirá una Comisión de Usuarios integrada por tres representantes de los...
- Artículo 56. La Comisión a que se refiere este párrafo estará especialmente facultada...
- Artículo 57. Los miembros laborales y empresariales de la Comisión, deberán tener la...
- Artículo 58. La Comisión deberá emitir cada año, dentro de los dos meses siguientes a la...
- Párrafo 9° De la Inversión de los Fondos de Cesantía y de Cesantía Solidario
- Artículo 58 A. Los recursos del Fondo de Cesantía Solidario se invertirán en los...
- Artículo 58 B. Las inversiones con recursos de los Fondos de Cesantía deberán sujetarse a...
- Artículo 58 C. Sin perjuicio de lo señalado en el artículo precedente, el Régimen de...
- Artículo 58 D. Los límites establecidos en el artículo 47 del decreto ley N° 3.500, de...
- Artículo 58 E. La Superintendencia de Pensiones establecerá mediante resolución un Régimen...
- Artículo 58 F. La Sociedad Administradora deberá contar con políticas de inversión y de...
- Artículo 58 G. El Régimen de Inversión para los Fondos de Cesantía podrá contemplar normas...
- Artículo 58 H. El Consejo Técnico de Inversiones para los Fondos de Cesantía será el mismo...
- Artículo 58 I. Los integrantes del Consejo Técnico de Inversiones percibirán una dieta...
- Artículo 58 J. La Sociedad Administradora deberá concurrir a las juntas de accionistas de...
- Artículo 58 K. La Sociedad Administradora deberá observar las disposiciones del Título XIV...
- TITULO II
Disposiciones Generales - Artículo 59. Los empleadores que no pagaren las cotizaciones del Seguro de Cesantía...
- Artículo 60. El Párrafo 6º del Título I de la presente ley entrará en vigencia el primer...
- Título III Del Sistema de Información Laboral y la Bolsa Nacional de Empleo
- Artículo 61. Créanse el Sistema de Información Laboral y la Bolsa Nacional de Empleo, a...
- Artículo 62. El Sistema de Información Laboral entregará información sobre el mercado...
- Artículo 63. La Bolsa Nacional de Empleo será un instrumento destinado a facilitar la...
- Artículo 64. La administración de la Bolsa Nacional de Empleo será adjudicada mediante...
- Artículo 65. Las Oficinas de Información Laboral para el ejercicio de las funciones...
- TÍTULO IV
De las prestaciones en caso de estado de catástrofe por calamidad pública, zona afectada por catástrofe o alerta sanitaria - Artículo 66. En el evento que se haya declarado estado de excepción constitucional de...
- Artículo 67. En el caso de los trabajadores a que se refiere el artículo anterior,...
- Artículo 68. Las prestaciones mejoradas financiadas con cargo a los fondos de la Cuenta...
- Artículo 69. El trabajador a que se refiere el artículo 66, para acceder al Fondo de...
- Artículo 70. Las prestaciones mejoradas con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, en las...
- Artículo 71. Accederán a las prestaciones de la tabla del inciso tercero del artículo 25,...
- Artículo 72. Los afiliados, que mantengan su condición de desempleo, a quienes se les...
- Artículo 73. El acceso a las prestaciones con los requisitos establecidos en este Título...
- Artículo 74. Aquel giro que devengue al menos un día dentro del período señalado en el...
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12-09-24 00:08:07
Chile ctm, puro que me hace sufrir chuchetumare, con Bolivia no se puede perder hijos de la perra
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11-09-24 19:50:06
y el pico yiaaaaaaaa
Invitado
04-09-24 03:40:56
el inciso 3 tiene un error en su transcripción "...venta de L. 18.802 la antigua..."
Invitado
03-09-24 18:29:37
10/10 gracias a este articulo me vendieron la falopa
Invitado
30-08-24 11:14:58
10/10 todavía recuerdo cuando este artículo me salvó del incendio
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