Establece un seguro de desempleo Artículo 58 A Chile
Establece un seguro de desempleo
Artículo 58 A.
Los recursos del Fondo de Cesantía Solidario se invertirán en los instrumentos financieros, operaciones y contratos que el artículo 45 del decreto ley N° 3.500, de 1980, autoriza para los Fondos de Pensiones y en contratos de promesas de suscripción y pago de cuotas de fondos de inversión, a que se refiere el inciso sexto del artículo 48 del citado decreto ley. Por su parte, los recursos del Fondo de Cesantía se invertirán en los instrumentos financieros, operaciones y contratos establecidos en las letras a) a la m) y en la letra ñ) del primer artículo citado, así como en los contratos de promesas antes señalados.
Chile Art. 58 A Establece un seguro de desempleo
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hola.... esta correcto si se pide el cumpimiento despues de 1-3 meses de emitida la resolucion por juzgado poicia local?... Si al pedirla, se rechaza por extemporaneo, que hacer????? AYUDAAaaa
VALE SEX vosotros sabéis
Me llegó una notificación previo rechazo, habiendo ingresado una reunificación familiar por vínculo, antes de la misma me autodenuncié y pagué la multa según la sanción establecida.
Deberian de contratar al abogado promesa, don Agustin Aracena.
Es formal o sustantivo?
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