Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia Chile
Sobre garantías y protección integral de los derechos de la niñez y adolescencia
- Título I
Normas Generales
Párrafo 1°
Objetivos - Artículo 1. Objeto de la ley
- Artículo 2. Principales obligados por esta ley
- Párrafo 2°
Aplicación e interpretación - Artículo 3. Reglas especiales de interpretación
- Artículo 4. Aplicación de la ley
- Artículo 5. Obligaciones del Estado
- Título II
Principios, Derechos y Garantías
Párrafo 1°
De los principios - Artículo 6. Sujetos de derecho
- Artículo 7. Interés superior del niño, niña o adolescente
- Artículo 8. Igualdad y no discriminación arbitraria
- Artículo 9. Fortalecimiento del rol protector de la familia
- Artículo 10. Derecho y deber preferente de los padres y/o madres a educar y cuidar a sus hijos
- Artículo 11. Autonomía progresiva
- Artículo 12. Efectividad de los derechos
- Artículo 13. Perspectiva de género
- Artículo 14. Responsabilidad de la Administración del Estado
- Artículo 15. Protección Social de la Infancia y Adolescencia
- Artículo 16. Prioridad
- Artículo 17. Progresividad y no regresividad de derechos
- Artículo 18. Participación Social
- Artículo 19. Principio de inclusión
- Artículo 20. Difusión de los derechos de los niños, niñas y adolescentes
- Artículo 21. Principio de intersectorialidad
- Artículo 22. Principio de participación y colaboración ciudadana
- Párrafo 2°
De los derechos y garantías - Artículo 23. Derechos civiles y políticos
- Artículo 24. Derecho a la vida
- Artículo 25. Derecho a un nivel de vida, desarrollo y entorno adecuado
- Artículo 26. Derecho a la identidad
- Artículo 27. Derecho a vivir en familia
- Artículo 28. Derecho a ser oído
- Artículo 29. Libertad de expresión y comunicación
- Artículo 30. Libertad de pensamiento, conciencia y religión
- Artículo 31. Libertad de asociación y reunión
- Artículo 32. Derecho a la participación
- Artículo 33. Derecho a la vida privada y a la protección de datos personales
- Artículo 34. Derecho a la honra, intimidad y propia imagen
- Artículo 35. Derecho a la información
- Artículo 36. Derecho a la protección contra la violencia
- Artículo 37. Protección contra la explotación económica, la explotación sexual comercial y el trabajo infantil
- Artículo 38. Derecho a la salud y a los servicios de salud
- Artículo 39. Derecho a atención médica de emergencia
- Artículo 40. De la información sobre la salud y el consentimiento informado
- Artículo 41. Derecho a la educación
- Artículo 42. Derecho a la atención a la diversidad educativa
- Artículo 43. Derecho a la seguridad social
- Artículo 44. Derecho a la recreación, al deporte y a la participación en la vida cultural y en las artes
- Artículo 45. Medidas de prevención y protección del embarazo, maternidad y paternidad de menores de 18 años
- Artículo 46. Zonas y equipamientos recreativos
- Artículo 47. Derechos y deberes en el espacio urbano
- Artículo 48. Medio ambiente
- Artículo 49. Libertad personal y ambulatoria
- Artículo 50. Debido proceso, tutela judicial efectiva y especialización
- Artículo 51. Protección reforzada y especializada de los niños, niñas y adolescentes vulnerados en sus derechos y de los adolescentes en conflicto con la ley
- Artículo 52. Niños, niñas y adolescentes con necesidad de protección internacional
- Artículo 53. Protección y defensa como consumidores y usuarios
- Artículo 54. Bienes, productos o servicios comercializados para el uso o el consumo de niños, niñas o adolescentes
- Artículo 55. De la publicidad
- Artículo 56. Deberes y responsabilidades
- Título III
De la Protección Integral
Párrafo 1°
Normas de aplicación general - Artículo 57. Definiciones
- Artículo 58. Principios rectores de los procesos de protección
- Artículo 59. Reglas generales para la adopción y aplicación de medidas de protección administrativas y judiciales
- Artículo 60. Acción de tutela administrativa de derechos
- Párrafo 2°
De los deberes de la Administración del Estado - Artículo 61. Deber general de la Administración del Estado
- Artículo 62. Deber de inexcusabilidad
- Artículo 63. Deber de denuncia
- Artículo 64. Deber de reserva y confidencialidad
- Párrafo 3°
De las Oficinas Locales de la Niñez - Artículo 65. De las Oficinas Locales de la Niñez
- Artículo 66. De las funciones
- Artículo 67. De la Competencia
- Párrafo 4°
De las medidas de protección administrativas - Artículo 68. Medidas de protección administrativa
- Artículo 69. Legalidad de las medidas de protección
- Artículo 70. Órganos competentes para la adopción de medidas de protección y medidas ante el incumplimiento de las medidas administrativas
- Artículo 71. Derivación de casos entre sedes administrativa y judicial
- Artículo 72. Procedimiento de protección administrativa
- Artículo 73. Revisión de medidas
- Artículo 74. Acción de reclamación por ilegalidad
- Título IV
Institucionalidad - Artículo 75. Institucionalidad del Sistema de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez y Adolescencia
- Artículo 76. Consejo Consultivo Nacional de Niños, Niñas y Adolescentes
- Artículo 77. De los demás órganos del Estado
- Artículo 78. Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones de Chile
- Título V
De la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia y su Plan de Acción - Artículo 79. Política Nacional de la Niñez y Adolescencia
- Artículo 80. Contenido mínimo de la Política Nacional de la Niñez y Adolescencia
- Artículo 81. Contenido mínimo del plan de acción
- Artículo 82. Procedimiento de formulación y aprobación
- Artículo 83. Evaluación y Monitoreo
- Título VI
Modificaciones de otras leyes - Artículo 84. Agrégase la siguiente letra m), nueva, en el artículo 4 de la ley N°...
- Artículo 85. Modifícase el artículo 9 de la ley N° 20.379, que crea el sistema...
- Artículo 86. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 4° de la ley N°...
- Artículo 87. Reemplázase en el inciso tercero del artículo 1° de la ley N° 20.530, que...
- Artículo 88. Efectúanse las siguientes modificaciones en la ley N° 19.968, que crea los...
Mejores juristas
Muy buenos días cuanto tarda la corte de apelaciones en dar un veredicto? ò salir de el estado relator 372?, esperando una respuesta se agradece.
Las pistas de una rotonda sde comportan igual que las pistas de una calle normal?
Con ello pregunto: Si alguien conduciendo en una rotonda toma una salida desde la pista central o la de la mas izquierda, estaría infringiendo el artículo 135?
Extracto Artículo 135:
> la iniciación de un viraje a la derecha y el viraje mismo deberá hacerse tan cerca como sea posible de la cuneta de la mano derecha o del borde de la calzada
¿Pa cuando se van los venecos?
No, a lo mucho constituye una falta penal en ciertos casos.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios