Ley de organización y atribuciones de la superintendencia de seguridad social Chile
Ley de organización y atribuciones de la superintendencia de seguridad social
- Artículo 1. La Superintendencia de Seguridad Social, en adelante la Superintendencia, es...
- Artículo 2. Son funciones de la Superintendencia las siguientes: a) Fijar, en el orden...
- Artículo 3. La Superintendencia de Seguridad Social será la autoridad técnica de...
- Artículo 4. Un funcionario con el título de Superintendente de Seguridad Social es el...
- Artículo 5. En los casos de ausencia, impedimento o licencia del Superintendente, será...
- Artículo 6. DEROGADO.
- Artículo 7. El personal de la Superintendencia se regirá por la ley N° 18.834, cuyo...
- Artículo 8. La Superintendencia se estructurará orgánica y funcionalmente en la...
- Artículo 9. DEROGADO.
- Artículo 10. DEROGADO.
- Artículo 11. Los cargos de la Superintendencia de Seguridad Social son incompatibles con...
- Artículo 12. DEROGADO.
- Artículo 13. DEROGADO.
- Artículo 14. DEROGADO.
- Artículo 15. DEROGADO.
- Artículo 16. DEROGADO.
- Artículo 17. DEROGADO.
- Artículo 18. DEROGADO.
- Artículo 19. DEROGADO.
- Artículo 20. DEROGADO.
- Artículo 21. El Superintendente de Seguridad Social designará al funcionario de la...
- Artículo 22. Ningún funcionario de la Superintendencia podrá percibir una remuneración...
- Artículo 23. Las Cajas de Compensación de Asignación Familiar a que se refiere la ley N°...
- Artículo 24. Los Departamentos u Oficinas de Bienestar, cualquiera que sea su...
- Artículo 25. Los acuerdos y resoluciones de la Comisión Revalorizadora de Pensiones, en...
- Artículo 26. DEROGADO.
- Artículo 27. En lo que no se refiere a funciones derivadas del Código Sanitario, el...
- Artículo 28. DEROGADO.
- Artículo 29. DEROGADO.
- Artículo 30. El Seguro Social contra Riesgos del Trabajo y Enfermedades Profesionales que...
- Artículo 31. DEROGADO.
- Artículo 32. La constitución de sociedades u organismos filiales de las instituciones de...
- Artículo 33. DEROGADO.
- Artículo 34. DEROGADO.
- Artículo 35. En el ejercicio de su labor fiscalizadora, la Superintendencia deberá...
- Artículo 36. DEROGADO.
- Artículo 37. DEROGADO.
- Artículo 38. La Superintendencia de Seguridad Social tendrá las siguientes atribuciones...
- Artículo 39. La Superintendencia de Seguridad Social tendrá competencia para investigar,...
- Artículo 40. El examen y juzgamiento de cuentas de las instituciones y servicios públicos...
- Artículo 41. DEROGADO.
- Artículo 42. DEROGADO.
- Artículo 43. DEROGADO.
- Artículo 44. La Superintendencia de Seguridad Social podrá: a) Ordenar que las...
- Artículo 45. En los juicios y gestiones judiciales en que fuere parte o tuviera interés...
- Artículo 46. El Superintendente deberá observar todo acuerdo de los directorios o...
- Artículo 47. Las entidades fiscalizadas deberán informar a la Superintendencia de todo...
- Artículo 48. Será facultad de la Superintendencia de Seguridad Social ordenar que se...
- Artículo 49. Por el hecho de constituirse en visita un delegado del Superintendente en...
- Artículo 50. De conformidad a lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 35, los...
- Artículo 51. El Superintendente podrá requerir a las entidades fiscalizadas o al jefe de...
- Artículo 52. Si de los procedimientos sancionatorios resultare comprometida la...
- Artículo 53. Si a consecuencia del cumplimiento de un acuerdo observado por la...
- Artículo 54. En caso de realizar auditorías, las instituciones fiscalizadas deberán...
- Artículo 55. La instrucción del procedimiento sancionatorio se realizará por un...
- Artículo 56. Cumplidos los trámites señalados en el artículo anterior, el instructor del...
- Artículo 57. Sin perjuicio de las facultades que corresponden a la Superintendencia de...
- Artículo 58. En contra de las medidas disciplinarias que adopte el Superintendente de...
- Artículo 59. Vencido el plazo a que se refiere el inciso 1° del artículo anterior sin que...
- Artículo 60. Las resoluciones de la Superintendencia que apliquen una multa tendrán...
- Artículo 61. DEROGADO.
- Artículo 62. DEROGADO
- Artículo 63. DEROGADO
- Artículo 64. DEROGADO
- Artículo 65. DEROGADO.
- Artículo 66. El patrimonio de la Superintendencia estará formado por: a) El aporte que...
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc
Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?
Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.
b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.
PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.
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