Organica constitucional del banco central de chile Chile
Organica constitucional del banco central de chile
- TITULO I
Naturaleza, Objeto, Capital y Domicilio - Artículo 1. El Banco Central de Chile es un organismo autónomo, de rango constitucional,...
- Artículo 2. El Banco, en el ejercicio de sus funciones y atribuciones, se regirá...
- Artículo 3. El Banco tendrá por objeto velar por la estabilidad de la moneda y el normal...
- Artículo 4. El Banco deberá informar al Presidente de la República y al Senado respecto...
- Artículo 5. El capital inicial del Banco será la suma de $ 500.000.000.000 (quinientos...
- TITULO II
Dirección y Administración
Párrafo Primero
Del Consejo - Artículo 6. La dirección y administración superior del Banco estarán a cargo del Consejo...
- Artículo 7. El Consejo estará constituido por cinco consejeros, designados por el...
- Artículo 8. Los miembros del Consejo durarán diez años en sus cargos, pudiendo ser...
- Artículo 9. El Consejo elegirá de entre sus miembros, a la persona que se desempeñará...
- Artículo 10. Las remuneraciones del Presidente, Vicepresidente y demás consejeros serán...
- Artículo 11. El Consejo deberá funcionar con la asistencia de, a lo menos, tres de sus...
- Artículo 12. En caso de vacancia, ausencia o imposibilidad para ejercer sus funciones, el...
- Artículo 13. Ningún miembro del Consejo podrá intervenir ni votar en acuerdos que incidan...
- Artículo 14. La calidad de consejero será incompatible con todo cargo o servicio, sea o...
- Artículo 14 BIS. No podrá ser consejero el que tuviere dependencia de sustancias o drogas...
- Artículo 15. En caso de que alguno de los miembros del Consejo infrinja lo dispuesto en...
- Artículo 16. El Presidente de la República podrá destituir al Consejero que se desempeñe...
- Artículo 17. El Presidente de la República, por causa justificada y previo consentimiento...
- Artículo 18. Corresponderá al Consejo: 1.- Ejercer las atribuciones y cumplir las...
- Artículo 19. El Ministro de Hacienda podrá asistir a las sesiones del Consejo, con...
- Artículo 20. El Consejo estará facultado para celebrar sesiones y adoptar válidamente...
- Artículo 21. Los miembros del Consejo no están obligados a concurrir al llamamiento...
- Párrafo Segundo
Del Presidente, Vicepresidente, Gerente General, Fiscal y Revisor General - Artículo 22. El Presidente tendrá a su cargo la conducción de las relaciones del Banco...
- Artículo 23. Corresponderá al Vicepresidente: a) Subrogar al Presidente en caso de...
- Artículo 24. El Gerente General tendrá a su cargo la administración y vigilancia...
- Artículo 25. El Fiscal será el jefe superior de la Fiscalía y de su personal. Le...
- Artículo 26. La inspección y fiscalización interna de las cuentas, operaciones y normas...
- TITULO III
Facultades y Operaciones del Banco
Párrafo Primero
De las normas Generales - Artículo 27. El Banco podrá otorgar financiamiento o refinanciamiento sólo a las empresas...
- Párrafo Segundo
Del Circulante - Artículo 28. Es potestad exclusiva del Banco emitir billetes y acuñar moneda, de acuerdo...
- Artículo 29. El Banco podrá contratar, dentro o fuera del país, la impresión de billetes...
- Artículo 30. Los billetes y monedas expresarán su valor en la unidad monetaria vigente,...
- Artículo 31. Los billetes y monedas emitidos por el Banco serán los unicos medios de pago...
- Artículo 32. El Banco retirará de la circulación los billetes o monedas en mal estado....
- Artículo 33. Los billetes o monedas retirados definitivamente serán inutilizados en la...
- Artículo 33 BIS. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos precedentes, el Banco podrá...
- Párrafo Tercero
De la Regulación de la Cantidad de Dinero en Circulación y de Crédito - Artículo 34. Con el objeto de regular la cantidad de dinero en circulación y de crédito,...
- Párrafo Cuarto
De la Regulación del Sistema Financiero y del Mercado de Capitales - Artículo 35. En materia de regulación del sistema financiero y del mercado de capitales,...
- Párrafo Quinto
De las Facultades para Cautelar la Estabilidad del Sistema Financiero - Artículo 36. Con el objeto de cautelar la estabilidad del sistema financiero, el Banco...
- Artículo 36 BIS. Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 27, 34 y 36, el Banco por...
- Párrafo Sexto
De las Funciones del Banco en su Carácter de Agente Fiscal - Artículo 37. El Banco a solicitud del Ministro de Hacienda, podrá actuar como agente...
- Párrafo Séptimo
De las Atribuciones en Materia Internacional - Artículo 38. En materia internacional, el Banco tendrá las siguientes atribuciones: 1.-...
- Párrafo Octavo
De las Facultades en materia de Operaciones de Cambios Internacionales - Artículo 39. Toda persona podrá efectuar libremente operaciones de cambios...
- Artículo 40. El Banco podrá exigir que la realización de determinadas operaciones de...
- Artículo 41. Para los efectos de esta ley, se entenderá por Mercado Cambiario Formal el...
- Artículo 42. El Banco podrá disponer, mediante acuerdo fundado, adoptado por la mayoría...
- Artículo 43. El Banco deberá adoptar las medidas necesarias a fin de que el Mercado...
- Artículo 44. El tipo de cambio en el Mercado Cambiario Formal será el que libremente...
- Artículo 45. El Banco podrá fiscalizar que el valor de los bienes y servicios a que se...
- Artículo 46. De las resoluciones que, en virtud del artículo anterior, dicte el Banco...
- Artículo 47. El Banco podrá convenir con inversionistas o acrededores, externos o...
- Artículo 48. El Banco deberá autorizar el acceso al Mercado Cambiario Formal para las...
- Artículo 49. El Banco estará facultado para imponer, de acuerdo con el procedimiento...
- Artículo 50. Las restricciones contempladas en el artículo anterior sólo podrán ser...
- Artículo 51. Las operaciones de cambios internacionales que realice el Banco no estarán...
- Artículo 52. Lo dispuesto en este párrafo se entenderá sin perjuicio de las normas...
- Párrafo Noveno
Otras Atribuciones del Banco Central - Artículo 53. El Banco deberá compilar y publicar, oportunamente, las principales...
- Artículo 54. El Banco podrá, a petición de las entidades interesadas y por acuerdo...
- Artículo 55. El Banco podrá abrir cuentas corrientes bancarias a las empresas bancarias y...
- Artículo 56. El Banco estará facultado para exigir garantías en sus operaciones y para...
- Artículo 57. El Banco podrá adquirir, a cualquier título, bienes raíces o muebles, como,...
- TITULO IV
De las Sanciones - Artículo 58. Las infracciones a lo dispuesto en los artículos 40, 42 y 49 de esta ley...
- Artículo 59. La persona que incurriere en falsedad maliciosa en los documentos que...
- Artículo 60. Si el Banco constatare la existencia de un hecho susceptible de ser...
- Artículo 61. Sin perjuicio de las sanciones que se contemplan en los artículos...
- Artículo 62. Las multas a que se refiere el artículo 58 de esta ley se aplicarán en la...
- Artículo 63. El Banco podrá cobrar, judicial o extrajudicialmente, las multas que imponga...
- Artículo 64. El que fabrique, adquiera, ingrese, o saque del país, almacene, distribuya o...
- Artículo 65. El Banco deberá comunicar, por escrito, a los respectivos organismos...
- Artículo 65 BIS. El Banco Central se rige por el principio de transparencia en el ejercicio...
- TITULO V
Del Procedimiento de Publicidad y Reclamo - Artículo 66. Además, el Banco deberá guardar reserva respecto de los antecedentes...
- Artículo 67. Deberán publicarse en el Diario Oficial las resoluciones o acuerdos que se...
- Artículo 68. Los acuerdos o resoluciones de carácter particular del Consejo serán...
- Artículo 69. De los acuerdos, reglamentos, resoluciones, órdenes o instrucciones que el...
- Artículo 70. El reclamante señalará en su escrito, con precisión, la ley que supone...
- Artículo 71. Si la Corte de Apelaciones admitiere a tramitación el reclamo, dará traslado...
- Artículo 72. Si, en definitiva, se desecha la reclamación, se perderá el monto de la...
- Artículo 73. Si la reclamación fuere aceptada, el tribunal adoptará las medidas...
- Artículo 74. En aquellos casos en que la ley que se estima infringida sea el decreto ley...
- TITULO VI
De los Estados Financieros y de los Excedentes del Banco. - Artículo 75. Corresponderá al Consejo, previo informe favorable de la Comisión para el...
- Artículo 76. El Gerente general deberá presentar al Consejo, antes del 31 de enero de...
- Artículo 77. Los excedentes que se produzcan en cada ejercicio serán destinados, según el...
- Artículo 78. El Banco confeccionará una memoria sobre las actividades del año...
- Artículo 79. La memoria quedará a disposición de la consulta pública en las propias...
- Artículo 80. El Consejo deberá presentar al Ministro de Hacienda y al Senado, antes del...
- TITULO VII
Del Personal - Artículo 81. Las relaciones de los trabajadores del Banco con la institución se regirán...
- Artículo 81 BIS. No podrá desempeñar las funciones de directivo superior, o su equivalente,...
- TITULO VIII
Disposiciones Varias - Artículo 82. Las resoluciones que adopte el Banco serán obligatorias para los organismos...
- Artículo 83. El Banco tendrá la facultad exclusiva de interpretar administrativamente sus...
- Artículo 84. Los documentos en que consten las autorizaciones que otorgue el Banco en el...
- Artículo 85. El Banco podrá, en los contratos internacionales que celebre y cuyo objeto...
- Artículo 86. El Banco estará obligado a conservar, durante el plazo mínimo de cinco años,...
- Artículo 87. Las disposiciones legales que contemplen normas en cuya virtud se haga...
- Artículo 88. Cualquier mercancía podrá ser libremente exportada o importada a condición...
- Artículo 89. Deróganse la ley N° 16.101; el artículo 244 de la ley N° 16.464; el artículo...
- Artículo 90. No se aplicarán al Banco el decreto ley N° 1.097, de 1975; el decreto con...
- Artículo 91. Corresponderá al Banco Central de Chile ejercer las funciones y atribuciones...
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La norma habla de "permanencia", desde luego, constatandose que el imputado se encuentra en el recinto, corresponde al funcionario de Gendarmería entregarle la notificación. Si se negare a aceptar la cédula o citación respectiva a pretexto de que el imputado no permanece en ese CDP, desde luego que el receptor puede dejar registro de ello para solicitar lo que corresponda. Si dicha negativa fuera injustificada y hay conocimiento de que el imputado permanece en ese centro, igualmente sería recomendable atestar sobre dicha circunstancia, de modo que se haga valer la responsabilidad del jefe del centro. Esto respecto de Gendarmería. La primera parte de la pregunta "respecto del tribunal", no se entiende.
Plazo de caducidad o prescripción? juegue
puede el tribunal o gendarmeria no notificar al imputado?
Si, hasta 10 años de carcel,
Slds.
Buenos días. Lamentablemente depende de la Corte de Apelaciones en que se encuentre el proceso y de la resolución o sentencia que se esté apelando. Por regla general la apelación de incidentes (que son cuestiones accesorias de un juicio) demoran aproximadamente 3 meses. Cuando la apelación es de sentencia definitiva (la que pone fin a un juicio resolviendo la solicitud principal) puede tardar muchísimo mas (por ejemplo, Valparaíso tarda aproximadamente 6 meses y Santiago puede tardar hasta 10).
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