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Código de Comercio Artículo 614 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25-11-2024

Código de Comercio
Artículo 614.

El saldo definitivo o parcial será considerado como un capital productivo de intereses.



Chile Art. 614 CCom, CDC, C Co
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El tipo penal es "aplicación pública diferente"


Entonces con que nombre se podría definir este tipo penal?


Gracias sumamente útil para estudiantes saludos


Muchas gracias por la página. Es de gran ayuda. Saludos.


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