Establece disposiciones sobre protección de refugiados Chile
Establece disposiciones sobre protección de refugiados
- TÍTULO I
Disposiciones Generales
Capítulo I
Ámbito de Aplicación de la Ley - Artículo 1. Las disposiciones de esta ley se aplicarán a los solicitantes de la...
- Capítulo II
Del Concepto de Refugiado - Artículo 2. Concepto de Refugiado
- Capítulo III
Principios Fundamentales de la Protección - Artículo 3. Enunciación de Principios
- Artículo 4. No Devolución
- Artículo 5. La Expulsión
- Artículo 6. Refugio y Residencia Irregular
- Artículo 7. Confidencialidad
- Artículo 8. No Discriminación
- Artículo 9. Reunificación Familiar
- Capítulo IV
Principios Interpretativos de la Ley - Artículo 10. Interpretación
- Artículo 11. Trato más favorable
- Artículo 12. No menoscabo
- Capítulo V
Derechos y Obligaciones de los Refugiados - Artículo 13. Derechos
- Artículo 14. Obligaciones
- Artículo 15. Ayuda Administrativa
- TÍTULO II
Del Estatuto de Refugiado
Capítulo I
Exclusión de la Condición de Refugiado - Artículo 16. Cláusula de Exclusión
- Capítulo II
Causales de Cesación y Pérdida del Estatuto de Refugiado - Artículo 17. Cláusula de Cesación
- Artículo 18. Renuncia, Cancelación y Revocación del Estatuto de Refugiado
- TÍTULO III
Autoridades de Aplicación de la Ley
Capítulo I
De los Organismos Competentes para el Reconocimiento de la Condición de Refugiado - Artículo 19. Acto Administrativo sobre condición de refugiado
- Artículo 20. Comisión de Reconocimiento de la Condición de Refugiado
- Artículo 21. Composición
- Artículo 22. Competencias
- Artículo 23. Quórum
- Capítulo II
De la Secretaría Técnica - Artículo 24. Funciones
- TÍTULO IV
Procedimiento de Determinación de la Condición de Refugiado
Capítulo I
Procedimiento administrativo - Artículo 25. Procedimiento administrativo de determinación
- Capítulo II
Ingreso al Territorio y Presentación de la Solicitud - Artículo 26. Presentación de la Solicitud
- Artículo 27. Recepción de la Solicitud
- Artículo 28. Información de la Solicitud
- Artículo 28 BIS. Una vez presentada la solicitud, se evaluará si ésta cumple con los...
- Artículo 28 TER. Durante la evaluación de la solicitud contemplada en el artículo anterior, y...
- Capítulo III
De los Procedimientos - Artículo 29. Una vez que el solicitante haya sido notificado de la resolución que indica...
- Artículo 30. Entrevista Individual
- Artículo 31. Recopilación de Información del País de Origen
- Artículo 32. Documentación e intervención de otros organismos
- Artículo 33. Obligaciones del Solicitante
- Artículo 34. Mérito de la Prueba
- Artículo 35. Efecto Declarativo del acto de Reconocimiento y Fundamentación de las...
- Artículo 36. Notificación
- Artículo 37. Cesación, Cancelación y Revocación del Estatuto de Refugiado
- Capítulo IV
Procedimiento Especial para Menores no Acompañados o Separados de sus Familias - Artículo 38. Menores de Edad
- Artículo 39. Menores no Acompañados o Separados
- Artículo 40. Procedimiento
- Capítulo V
Otros Procedimientos Especiales - Artículo 41. Tratamiento Especial
- Artículo 42. Ingreso Masivo de Refugiados
- Capítulo VI
Revisión de Actos Administrativos - Artículo 43. Recurso de Reposición y Jerárquico
- Artículo 44. Efecto Suspensivo
- TÍTULO V
Residencia, Documentación de Identidad y de Viaje
Capítulo I
Documentos - Artículo 45. Documentación de Residencia
- Artículo 46. Documento de Identidad
- Artículo 47. Documento de Viaje
- Capítulo II
Gratuidad - Artículo 48. Gratuidad
- TÍTULO VI
Disposiciones Finales - Artículo 49. Deróganse las normas establecidas en el decreto ley Nº1.094, de 1975, en lo...
- Artículo 50. Dentro de los ciento ochenta días posteriores a la publicación de la...
Mejores juristas
Andrés Retamales
Tu Consulta Jurídica SpA
Rodrigo Cortés Barrera
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.
Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
Buenas tardes.
En nuestro sitio web está prohibido publicar publicidad o comentarios que no constituyan preguntas ni respuestas.
Si completa el apartado «Sobre mí» (como mínimo, indicando su número de teléfono, su ciudad y que es abogado) y responde a unas cuantas preguntas de los usuarios, es muy probable que en poco tiempo los clientes empiecen a contactar con usted.
Gracias por su comprensión. ¡Le deseamos mucho éxito en su trabajo!
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