Dicta normas sobre protección y fomento de la artesanía Chile
Dicta normas sobre protección y fomento de la artesanía
- TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES - Artículo 1. Esta ley tiene por objeto: 1. El reconocimiento de la artesanía, sus...
- Artículo 2. Es deber del Estado: 1. Proteger, salvaguardar y fomentar el desarrollo de...
- Artículo 3. Para los efectos de esta ley se entenderá por: 1. Artesanía: creación...
- Artículo 4. Carabineros de Chile y los inspectores municipales velarán por el...
- TÍTULO II
DE LA POLÍTICA Y EL PLAN NACIONAL DE ARTESANÍA - Artículo 5. Establécese la Política Nacional de Artesanía como un instrumento de...
- Artículo 6. Establécese el Plan Nacional de Artesanía como un instrumento de política...
- TÍTULO III
CONSEJO NACIONAL DE ARTESANÍA - Artículo 7. Créase en el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio el...
- Artículo 8. El Consejo Nacional de Artesanía estará formado por: 1. El...
- Artículo 9. Quienes integren el Consejo Nacional de Artesanía, en el ejercicio de sus...
- Artículo 10. Quienes integren el Consejo Nacional deberán inhabilitarse de intervenir en...
- Artículo 11. El Consejo Nacional de Artesanía sesionará de manera presencial o telemática...
- TÍTULO IV
REGISTRO NACIONAL DE ARTESANÍA - Artículo 12. Créase el Registro Nacional de Artesanía, de carácter público y gratuito,...
- Artículo 13. Una resolución dictada por la Subsecretaría de las Culturas y las Artes, en...
- Artículo 14. El Registro Nacional de Artesanía busca reconocer y valorar la artesanía...
- TÍTULO V
COMITÉ INTERINSTITUCIONAL DE ARTESANÍA - Artículo 15. Créase un Comité Interinstitucional de Artesanía. Estará integrado por una o...
- Artículo 16. El Comité Interinstitucional podrá invitar a sus sesiones, sólo con derecho...
- Artículo 17. Serán funciones del Comité Interinstitucional las siguientes: 1. Coordinar...
- Artículo 18. El Comité Interinstitucional deberá emitir observaciones fundadas respecto...
- Artículo 19. El Comité Interinstitucional sesionará a lo menos tres veces al año, será...
- TÍTULO VI
ARTICULACIÓN TERRITORIAL - Artículo 20. El Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio propiciará una...
- Artículo 21. Créanse las mesas regionales de artesanía, que serán presididas por el...
- Artículo 22. Cada mesa regional estará integrada, junto con quien ejerza la presidencia,...
- Artículo 23. Quienes integren las mesas, en el ejercicio de sus atribuciones, deberán...
- Artículo 24. Cada mesa regional deberá elegir, por mayoría absoluta de sus miembros...
- Artículo 25. Mediante resolución dictada por la Subsecretaría de las Culturas y las...
- TÍTULO VII
RECONOCIMIENTOS
Párrafo 1. Sello de Excelencia a la Artesanía - Artículo 26. Créase el "Sello de Excelencia a la Artesanía" que será entregado por el...
- Artículo 27. El Sello de Excelencia a la Artesanía otorgará a las obras reconocidas un...
- Artículo 28. Una resolución de la Subsecretaría de las Culturas y las Artes dictará las...
- Párrafo 2. Premio Maestro Artesana y Artesano Nacional
- Artículo 29. Créase el premio "Maestro Artesana y Artesano Nacional" que será otorgado...
- Artículo 30. El premio contemplará las siguientes categorías: 1. El premio Maestro...
- Artículo 31. El premio consistirá para todas las categorías en un certificado de...
- Artículo 32. Créase el premio "Maestro Artesana y Artesano Regional", que será otorgado...
- Artículo 33. Una resolución dictada por la Subsecretaría de las Culturas y las Artes...
- Párrafo 3. Día Nacional de la Artesanía
- Artículo 34. Declárase el 7 de noviembre de cada año como el Día Nacional de la Artesanía.
- TÍTULO VIII
FONDO NACIONAL DE FOMENTO Y DESARROLLO DE LA ARTESANÍA - Artículo 35. Créase el Fondo Nacional de Fomento y Desarrollo de la Artesanía (en...
- Artículo 36. El Fondo, dentro de las condiciones que se establecen en la presente ley y...
- Artículo 37. Un reglamento expedido por el Ministerio de las Culturas, las Artes y el...
- TÍTULO IX
USO DEL ESPACIO PÚBLICO - Artículo 38. Las municipalidades en uso de sus atribuciones legales, particularmente las...
- Artículo 39. Las ordenanzas deberán establecer de manera clara el uso del espacio...
- Artículo 40. Para la elaboración de estas ordenanzas las municipalidades deberán...
- TÍTULO X
MODIFICACIONES LEGALES - Artículo 41. Intercálase en el numeral 1 del artículo 3 de la ley N°21.045, que Crea...
Mejores juristas
Andrés Retamales
Tu Consulta Jurídica SpA
Rodrigo Cortés Barrera
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este artículo.
Buenas tardes, la ley de violencia intrafamiliar no está actualizada. Artículo 9 no contiene la letra f).
Buenas tardes.
En nuestro sitio web está prohibido publicar publicidad o comentarios que no constituyan preguntas ni respuestas.
Si completa el apartado «Sobre mí» (como mínimo, indicando su número de teléfono, su ciudad y que es abogado) y responde a unas cuantas preguntas de los usuarios, es muy probable que en poco tiempo los clientes empiecen a contactar con usted.
Gracias por su comprensión. ¡Le deseamos mucho éxito en su trabajo!
Buenas tardes.
En nuestro sitio web está prohibido publicar publicidad o comentarios que no constituyan preguntas ni respuestas.
Si completa el apartado «Sobre mí» (como mínimo, indicando su número de teléfono, su ciudad y que es abogado) y responde a unas cuantas preguntas de los usuarios, es muy probable que en poco tiempo los clientes empiecen a contactar con usted.
Gracias por su comprensión. ¡Le deseamos mucho éxito en su trabajo!
Hola! Podrías enviar tu caso al correo, preguntas por matías, tenemos mucha trayectoria en causas de propiedades familiares, podríamos ofrecerte un servicio jurídico integral para ayudarte con este problema.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios