CJM Artículo 125 Chile
Código de Justicia Militar
Artículo 125.
Las investigaciones del sumario no se suspenderán por la declaración de rebeldía, sino que seguirán adelante hasta su conclusión. Una vez terminado el sumario, el Fiscal pedirá el sobreseimiento definitivo o temporal, según el mérito que arrojen los antecedentes, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 408 y 409 del Código de Procedimiento Penal.
Si la rebeldía se declarare en el plenario, se suspenderá la causa hasta la presentación o aprehensión del procesado, salvo el caso de que la rebeldía fuere decretada después de notificada la certificación a que se refiere el artículo 160, en cuyo evento se procederá de acuerdo con lo establecido en el artículo 599 del Código de Procedimiento Penal.
Chile Art. 125 Código de Justicia Militar
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Si no tengo residencia en chile en los últimos 4 años, pero tengo 28 años 4 meses de cotización. De acuerdo al párrafo 3 de artículo 14 tengo cumplido el artículo 10 letra c) ley 21.419?
tengo una duda del articulo 50, si actualmente en los contratos de trabajo se incluye un item como gratificación legal para complementar el sueldo final liquido,
¿¿¿es legal que en el contrato se indique que dicha gratificación se puede disminuir o eliminar en caso de no percibir ganancias la empresa????
Hola buenas tardes, me gustaría saber si este artículo que Establece estatuto del personal de las fuerzas armadas Artículo 156 si está vigente. Muchas gracias
Hola, puedo hacer una denuncia por hurto por hallazgo si perdí mi computador en un Uber?el conductor me indica que no lo vio
hola estimados , tengo una consulta sobre si ha sido violada mi privacidad en un centenar de veces pero he dado a demostrar y aun siguen se puede lograr una demanda con transparencia ?
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