Establece normas sobre reforma tributaria Chile
Establece normas sobre reforma tributaria
- TÍTULO I
Definiciones - Artículo 1. Definiciones
- TÍTULO II
De los beneficios tributarios por las donaciones de esta ley que efectúen ciertos contribuyentes Ley sobre Impuesto a la Renta - Artículo 2. Del crédito que tienen los contribuyentes señalados en el inciso primero,...
- Artículo 3. Reglas aplicables a los contribuyentes del impuesto de primera categoría que...
- Artículo 4. Normas relativas a los contribuyentes del impuesto global complementario
- Artículo 5. Normas relativas a los contribuyentes del impuesto único de segunda categoría
- Artículo 6. Normas relativas a los contribuyentes del impuesto adicional
- TÍTULO III
De los beneficios tributarios relacionados con el impuesto a las asignaciones por causa de muerte - Artículo 7. Normas relativas al crédito contra el impuesto a las asignaciones por causa de muerte
- TÍTULO IV
Requisitos y condiciones que deben cumplir tanto las donaciones como los beneficiarios de las mismas - Artículo 8. Requisitos que deben cumplir las donaciones
- Artículo 9. Requisitos que deben cumplir los beneficiarios
- Artículo 10. De la retribución cultural
- Artículo 11. Deberes de información para con la autoridad tributaria y sanciones
- Artículo 12. Deberes de información para con el Comité y sanciones
- TÍTULO V
Disposiciones generales - Artículo 13. Liberación del trámite de insinuación y exención del impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
- Artículo 14. Donaciones en especie
- Artículo 15. Incompatibilidad con otros beneficios
- Artículo 16. Certificados de donación
- Artículo 17. Financiamiento de proyectos por parte del Fisco
- Artículo 18. Aceptación de gastos vinculados al desarrollo de actividades complementarias a las donaciones de esta ley
- Artículo 19. Información a la Cámara de Diputados
- Artículo 20. Mecanismos de información y transparencia
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la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
Debe alegar error de hecho y solicitar se deje sin efecto por no concurrir circunstancias que justifiquen multa
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