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Código de Comercio Artículo 982 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 05-06-2025

Código de Comercio
Artículo 982.

La responsabilidad del transportador por las mercancías comprende el período durante el cual ellas están bajo su custodia, sea en tierra o durante su transporte.



Chile Art. 982 CCom, CDC, C Co
Artículo 1 ...980 981 982 983 984 ...FINAL

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