Regula los biocombustibles sólidos Chile
Regula los biocombustibles sólidos
- TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES - Artículo 1. Todo biocombustible sólido que se comercialice en el país debe cumplir con...
- Artículo 2. Para los efectos de esta ley, se entenderá por: a) Biomasa: la materia...
- Artículo 3. El Ministerio establecerá, mediante resolución exenta, las especificaciones...
- TÍTULO II
DE LAS OBLIGACIONES DE LOS ACTORES DEL MERCADO DE BIOCOMBUSTIBLES SÓLIDOS - Artículo 4. Obligación de registro
- Artículo 5. Obligación de certificación
- Artículo 6. Los conductores de los vehículos motorizados categorizados como mayores en...
- Artículo 7. Queda prohibida la comercialización de leña que presente contaminación por...
- Artículo 8. Queda prohibida la comercialización de biocombustibles sólidos que no...
- Artículo 9. Las disposiciones contenidas en esta ley no se aplicarán al autoconsumo de...
- TÍTULO III
DE LA FISCALIZACIÓN Y SANCIÓN DE LOS PRECEPTOS CONTENIDOS EN ESTA LEY - Artículo 10. Corresponderá a la Superintendencia fiscalizar el cumplimiento de esta ley y...
- Artículo 11. La Superintendencia podrá requerir a los ministerios y servicios públicos la...
- Artículo 12. Será responsabilidad del Estado, a través del Ministerio de Energía, dar...
- Artículo 13. La Superintendencia coordinará las acciones de fiscalización que desarrolle...
- Artículo 14. La Superintendencia deberá implementar y administrar los siguientes...
- Artículo 15. Sin perjuicio de lo establecido en la ley N° 18.410, los siguientes hechos,...
- Artículo 16. El monto de las multas impuestas en conformidad a la ley N° 18.410 será de...
- Artículo 17. La Superintendencia podrá sancionar al dueño del vehículo que haya sido...
- Artículo 18. El transporte destinado a prácticas culturales propias de los pueblos...
- TÍTULO IV
DEL PLAN DE MODERNIZACIÓN DEL MERCADO DE LOS BIOCOMBUSTIBLES SÓLIDOS - Artículo 19. Respecto de la producción de leña a cargo de personas pertenecientes a...
- Artículo 20. Cada cinco años el Ministerio elaborará un Plan Nacional para la...
- TÍTULO V
MODIFICACIONES DE OTROS CUERPOS LEGALES - Artículo 21. Introdúcense las siguientes modificaciones en el artículo 3° del decreto ley...
- Artículo 22. Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 18.410, que crea la...
Otras regulaciones
Establece un nuevo estatuto general para las cajas de compensacion de asignacion familiar (c.c.a.f.), sustitutivo del actual contenido en el decreto con fuerza de ley n° 42, de 1978, del ministerio del trabajo y prevision social Establece el estatuto chileno antártico Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos Implementa un sistema táctico de operación policial Reorganiza el ministerio secretaria general de gobiernoMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
La jornada ordinaria de trabajo no debe superar las 180 horas mensuales; lo que resulta como mínimo legal a pagar por el empleador (aún trabajado menos) y todo lo que supere las 180 es hora (precio) extra.
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
Email: [email protected]
Sitio web: www.palmaabogados.cl
WhatsApp: 56978732483
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios