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Regula los biocombustibles sólidos Artículo 14 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 23-07-2024

Regula los biocombustibles sólidos
Artículo 14.

La Superintendencia deberá implementar y administrar los siguientes registros públicos:

a) Registro de Centros de Procesamiento de Biomasa.

b) Registro de Comercializadores.

c) Registro de instaladores y mantenedores autorizados de artefactos de combustión de biocombustibles sólidos.

El reglamento establecerá los requisitos que se deberán cumplir para la inscripción en cada registro, los procedimientos de inscripción y reincorporación y la periodicidad de la obligación de actualizar la información requerida. En el caso de los comercializadores, el reglamento regulará, al menos, las condiciones de almacenamiento y de registro de sus operaciones.

La inscripción de los instaladores y mantenedores de artefactos de combustión de biocombustibles sólidos en el Registro será voluntaria.



Chile Art. 14 Regula los biocombustibles sólidos
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Como lo puedo ubicar a ud lo necesito porqud medijeron que ud me puede solucional todas mis respuestas las grande intituciones que me estan apollando en mis derechos de autor y mis derecbos a economia y finanzas en general ,bienes etc


Se solicita en el Sag, ellos lo derivan al Minvu, por esose convierte en un trámite laaaaaargo


Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curado. ¿Haría lo anterior imposible solicitar la curaduría?


Buenas tardes, es posible interpretar el art 124 CC a la inversa, en el sentido que uno de los padres, que ya contrajo nuevas nupcias intente revertir la curaduría otorgada al otro que aún está divorciado y es el curador.


b) Cuando, en el pronunciamiento de la sentencia, se hubiere hecho una errónea aplicación del derecho que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo.

PD (17/7/24): leyes-cl.com ya hizo la corrección del caso, muchas gracias.


Dirección: Independencia 571

Email: [email protected]

Sitio web: www.sergioarenasabogado.cl


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