Ley del ministerio de hacienda, sobre zonas francas Chile
Ley del ministerio de hacienda, sobre zonas francas
- T I T U L O I
Disposiciones Generales - Artículo 1. Autorízase el establecimiento de Zonas Francas en Iquique y Punta Arenas....
- Artículo 2. Para los efectos de este decreto ley, se entenderá por: a) Zona Franca: El...
- Artículo 3. Las Zonas Francas establecidas en el artículo 1º de este decreto ley,...
- Artículo 4. Decláranse de utilidad pública los sitios que determine el Ministerio de...
- Artículo 5. En razón de la naturaleza de las mercancías o de la actividad industrial que...
- Artículo 6. Las empresas bancarias y de seguros y las sociedades financieras podrán...
- TITULO II
Del Ingreso y Salida de Mercancías en las Zonas Francas (9) - Artículo 7. Podrán introducirse a las Zonas Francas toda clase de mercancías, estén o no...
- Artículo 8. Las mercancías que ingresen a las Zonas Francas podrán ser objeto de los...
- Artículo 9. El Superintendente de Aduanas dictará las normas especiales relativas a la...
- Artículo 9 BIS. Las personas naturales y jurídicas que efectúen gestiones, trámites y demás...
- Artículo 10. Las mercancías podrán salir de las zonas francas para ser reexpedidas o...
- Artículo 10 BIS. Podrán ingresar a las Zonas Francas mercancías nacionales o nacionalizadas...
- TITULO III
De la Explotación, Administración y Supervigilancia de las Zonas Francas (22) - Artículo 11. La administración y explotación de las Zonas Francas será entregada por el...
- Artículo 12. Corresponderá, en general, a la Sociedad Administradora, sin perjuicio de...
- Artículo 13. La Sociedad Administradora y los usuarios podrán convenir la utilización de...
- Artículo 14. El Presidente de la República podrá delegar en las autoridades regionales...
- Artículo 15. En el evento de que el Banco Central de Chile disponga que la Sociedad...
- Artículo 16. Los empleados y obreros que sean contratados por la Sociedad Administradora...
- Artículo 17. Una Junta Arbitral compuesta por el Intendente Regional o su representante,...
- TITULO IV
Normas Especiales para las Empresas Manufactureras en el Sector de Alto Hospicio (28) - Artículo 18. El régimen preferencial establecido por el decreto ley Nº1.055, de 1975, y...
- Artículo 19. (31)
- Artículo 20. (32)
- T I T U L O V
De las Zonas Francas de Extensión - Artículo 21. No obstante lo dispuesto en el presente decreto ley, el Presidente de la...
- Artículo 21 BIS. Las mercancías a que se refiere el inciso 2º del artículo 21º de este...
- Artículo 22. El que retire o introduzca mercancías de las Zonas Francas, como asimismo de...
- TITULO VI
Régimen de Franquicias de las Zonas Francas (44) - Artículo 23. Las sociedades administradoras y los usuarios que se instalen dentro de las...
- Artículo 24. Mientras las mercancías permanezcan en las Zonas Francas, se considerarán...
- Artículo 25. La introducción de mercancías extranjeras a las Zonas Francas estará afecta...
- Artículo 26. El Presidente de la República, en el plazo de un año, contado desde la fecha...
- T I T U L O VII
Normas Especiales para Arica - Artículo 27. El régimen preferencial establecido por el decreto ley 1.055, de 1975, y sus...
- Artículo 28. Las mercancías elaboradas por empresas industriales manufactureras...
- Artículo 29. Las mercancías a que se refiere el inciso segundo del artículo 21 de esta...
- Artículo 30. (67)
- Artículo 31. (68)
- T I T U L O VIII
Disposiciones Varias - Artículo 32. Derógase a contar del 25 de junio de 1975, lo dispuesto en el artículo 39,...
- Artículo 33. Derógase, asimismo, el decreto con fuerza de ley 6, de 1969, del Ministerio...
- Artículo 34. Los vehículos usados, livianos y medianos, internados al país bajo el...
- Artículo 35. Los montos que a partir del año 2009 pague la concesionaria de la Zona...
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y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
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