Establece nuevo regimen legal para la industria automotriz Chile
Establece nuevo regimen legal para la industria automotriz
- Artículo 1. Para los efectos de esta ley se entenderá por: a) Parte o Pieza:...
- Artículo 2. Las industrias terminales que se acojan a las normas de esta ley deberán...
- Artículo 3. DEROGADO
- Artículo 4. Para los procesos de fabricación de componentes automotrices las industrias...
- Artículo 5. La importación del CBU, así como de CKD o SKD, estará afecta a un derecho...
- Artículo 6. Se excluirán de las normas establecidas en esta ley los siguientes...
- Artículo 7. Las industrias terminales a que se refiere el artículo 2° permanente de esta...
- Artículo 8. La Comisión Automotriz llevará un registro de las industrias auxiliares y de...
- Artículo 9. DEROGADO
- Artículo 10. DEROGADO
- Artículo 11. DEROGADO
- Artículo 11 BIS. DEROGADO
- Artículo 12. DEROGADO
- Artículo 12 BIS. DEROGADO
- Artículo 13. El beneficio establecido en el artículo 9° permanente, será incompatible con...
- Artículo 14. Para el efecto de determinar los créditos fiscales señalados en los...
- Artículo 14 BIS. Si la industria terminal armare o ensamblare vehículos bajo licencia de...
- Artículo 15. La Comisión Automotriz, organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de...
- Artículo 16. El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de esta ley, la entrega...
- Artículo 17. Mientras esté pendiente el reclamo, las cantidades recaudadas por multas se...
- Artículo 18. Introdúcense las siguientes modificaciones al decreto ley N° 825, de 1974:...
- Artículo 19. El impuesto establecido en el artículo 43 bis del decreto ley N° 825, de...
- Artículo 20. A contar del 1° de enero de 1986, derógase el decreto ley N° 1.239, de 1975...
- Artículo 21. A contar de la fecha de publicación de esta ley, sólo podrán importarse...
Otras regulaciones
Establece normas transitorias para enfrentar las consecuencias en el sector pesquero artesanal del terremoto y posterior maremoto de 1 de abril de 2014 en las regiones de arica y parinacota, y de tarapacá Sobre calificacion de la produccion cinematografica Reestructura el ministerio de educacion publica Regula el lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades y funcionarios Сrea la comision chilena del cobreMejores juristas





Buenas tardes, tengo un par de consultas:
En caso de cerrar mi terreno por seguridad, ¿son los dueños de los canales quienes deben instalar una puerta para su acceso? o si yo cierro y hago yo la puerta, ¿pudiese entregarle una cierta cantidad de copias de llaves para que puedan ejercer su trabajo?
Segunda consulta, con respecto a las servidumbres, ¿quienes se hacen responsables de la limpieza propiamente tal de esa servidumbre?, y si es los dueños del canal ¿se les puede exigir la limpieza de estos en caso de que haya mucho cumulo de basura y restos de maleza por ejemplo?
saludos
Buenas tardes, soy chileno viviendo en Alemania y está la posibilidad de viajar a Chile repentinamente (en los próximos 3-4 días) por un evento familiar. Me gustaría saber si es que viajo con mi hija de 5 años (Alemana), existe algún problema luego a la nuestra vuelta a Alemania? Necesito una autorización de mi esposa (no estamos separados) para que nuestra hija vuelva a casa en Alemania?
Tenemos una autorización (sin caducidad) que hicimos hace 1,2 años que está en Alemán, Español, Ingles y está apostillada. Viajaría con todos los documentos que tenemos de familia (certificados de nacimientos de la madre, padre e hija, certificado de matrimonio, registro de domicilio, etc). Dada la premura del viaje no hay tiempo para hacer otra autorización.
Desde ya agradezco una orientación ya que no pude encontrar algo relacionado con menores de edad extranjeros que vuelven a su país de origen con uno de sus padres.
Muchas gracias!
Me rechazaron solicitud PGU por artículo 10 lectraC). Efectivamente estuve fuera de Chile más de cinco años. Hoy resido en chile y el IPS no aplicó el artículo 14 de la ley y reglamento que dice que si tengo más de 20 años de cotización ese artículo se considera cumplido. Estoy en lo cierto o equivocado de como y cuando se aplica el artículo 14. Reclamé y envié certificado de cotizaciones, 28 años 4 meses y certificado de viajes pdi. Última salida y regreso agosto 2022. Gracias
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buenas tengo viculo conyugal poseo la definitiva y tengo 3 años y medio puedo octar por la nacionalidad
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