Autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada Chile
Autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada
- Artículo 1. Se autoriza a toda persona natural el establecimiento de empresas...
- Artículo 2. La empresa individual de responsabilidad limitada es una persona jurídica...
- Artículo 3. La constitución se hará por escritura pública, que se inscribirá y publicará...
- Artículo 4. En la escritura, el constituyente expresará a lo menos: a) El nombre,...
- Artículo 5. Un extracto de la escritura pública, autorizado por el notario ante quien se...
- Artículo 6. Toda modificación a las menciones señaladas en el artículo 4º, deberá...
- Artículo 7. La omisión de alguna de las solemnidades de los artículos 4º, 5º y 6º,...
- Artículo 8. La empresa responde exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de...
- Artículo 9. Son actos de la empresa los ejecutados bajo el nombre y representación de...
- Artículo 10. Los actos y contratos que el titular de la empresa individual celebre con su...
- Artículo 11. Las utilidades líquidas de la empresa pertenecerán al patrimonio del titular...
- Artículo 12. El titular responderá ilimitadamente con sus bienes, en los siguientes...
- Artículo 13. Los acreedores personales del titular no tendrán acción sobre los bienes de...
- Artículo 14. En el caso que se produzca la reunión en manos de una sola persona, de las...
- Artículo 15. La empresa individual de responsabilidad limitada terminará: a) por...
- Artículo 16. En el caso previsto en la letra c) del artículo anterior, la sociedad...
- Artículo 17. En el caso de la letra d) del artículo 15 , el adjudicatario único de la...
- Artículo 18. En lo demás, se aplicarán a la empresa individual de responsabilidad...
Otras regulaciones
Regula las transacciones comerciales de productos agropecuarios Crea el servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia y modifica normas legales que indica Establece normas sobre organizaciones sindicales y negociacion colectiva Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021 Autoriza erigir un monumento en memoria del poeta jorge teillier, en la comuna de lautaroMejores juristas





veneca coxina
si sólo tiene 3 hijos y no hay cónyuge sobreviviente, cada uno tiene el 33,3%. Si hay cónyuge sobreviviente a cada hijo le corresponde el 20%.
Mi tío murió y de su primer matrimonio tuvo 3 hijos y obtuvo su bien propio antes de su segundo matrimonio, en el cual se casó con bienes mancomunados, la duda que tenemos es cuanto porcentaje de la herencia toca cada uno?.
La señora Juana Inés de la Cruz Seijas es de nacionalidad colombiana, vino a Guatemala en el año de 2021, cuando tenía 18 años, en su país de origen se establece que la mayoría de edad se obtiene a los 21 años. Ella decidió a los 6 meses de haber ingresado a Guatemala quedarse para establecer una empresa que se dedicara a la venta de ropa colombiana por lo que decidió asociarse con un grupo de personas para formar una sociedad anónima en Guatemala.
1 ¿tiene capacidad en Guatemala la señora Inés Seijas?
2 ¿Puede la señora Inés Seijas ser parte de los socios fundadores de una sociedad anónima en Guatemala?
Buenas tardes. Gracias por informarnos.
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