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Ley nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demas organizaciones comunitarias Artículo 30 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-03-2025

Ley nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demas organizaciones comunitarias
Artículo 30.

Las juntas de vecinos y las demás organizaciones comunitarias no podrán obtener patente para expendio de bebidas alcohólicas.



Chile Art. 30 Ley nº 19.418, sobre juntas de vecinos y demas organizaciones comunitarias
Artículo 1 ...28 29 30 31 32 ...56

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ursula + shoske


Frente playero el resto que la chupe


existen variantes segun este mismo artículo del codigo civil. -


valesex vosotros sabeis



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