Establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción Chile
Establece un procedimiento simplificado para la regularización de viviendas de autoconstrucción
- TÍTULO I
Regularización de Viviendas - Artículo 1. Los propietarios de viviendas que no cuenten con recepción definitiva, total...
- Artículo 2. Los propietarios deberán presentar ante la dirección de obras municipales...
- Artículo 3. El procedimiento regulado por el presente Título podrá ser utilizado por...
- TÍTULO II
Regularización de edificaciones destinadas a Microempresas Inofensivas o Equipamiento Social - Artículo 4. Los propietarios de edificaciones emplazadas en áreas urbanas o rurales,...
- Artículo 5. Para acogerse a los beneficios de este Título, las edificaciones deberán...
- Artículo 6. Los propietarios deberán presentar ante la dirección de obras municipales...
- Artículo 7. Para los efectos de este Título, se entenderá por microempresa toda...
- Artículo 8. La dirección de obras municipales, dentro de los ciento ochenta días hábiles...
- TÍTULO III
Regularización de viviendas financiadas con subsidios para atender la catástrofe del 27 de febrero de 2010 - Artículo 9. Tratándose de viviendas financiadas con subsidios otorgados en llamados...
- Artículo 10. En estos casos los servicios de vivienda y urbanización deberán presentar...
- Artículo 11. El procedimiento previsto en este Título no regularizará las ampliaciones o...
- TÍTULO IV
Disposiciones Generales - Artículo 12. Los directores de obras municipales estarán sujetos a las responsabilidades...
- Artículo 13. Los profesionales que certifiquen el cumplimiento de las normas de...
- Artículo 14. Sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en los Títulos...
- Artículo 15. Facúltase al Ministerio de Vivienda y Urbanismo para otorgar subsidios e...
- Artículo 16. Corresponderá al Ministerio de Vivienda y Urbanismo, a través de la División...
Mejores juristas





y por que a la locomocion colectiva no le piden sillas de niño para trasportar a los pasajeros y si a los autos particulares si todos estan expuestos a algun acc de transito
la vivienda social a construir con el ds49 superara el valor de 1000 u.f. a que se refiere el art. 55 LGUC.
queda vigente el IFC que autorizo por art. 55 LGUC ?
Se anula el IFC autorizado ?
Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios