Establece las bases generales para la autorizacion, funcionamiento y fiscalizacion de casinos de juego Chile
Establece las bases generales para la autorizacion, funcionamiento y fiscalizacion de casinos de juego
- TITULO I
Disposiciones generales - Artículo 1. La autorización, funcionamiento, administración y fiscalización de los...
- Artículo 2. Corresponde al Estado determinar, en los términos previstos en esta ley, los...
- Artículo 3. Para los efectos de esta ley, se entenderá por: a) Juegos de Azar:...
- TITULO II De los juegos, apuestas y servicios anexos
- Artículo 4. Sólo se podrán desarrollar los juegos incorporados oficialmente en el...
- Artículo 5. Los operadores sólo podrán explotar los juegos de azar que esta ley y sus...
- Artículo 6. Los operadores sólo podrán utilizar las máquinas e implementos de juegos de...
- Artículo 7. Las apuestas sólo se realizarán mediante fichas u otros instrumentos...
- Artículo 8. El reglamento respectivo regulará el funcionamiento de las salas de juego y...
- Artículo 9. No podrán ingresar a las salas de juego o permanecer en ellas: a) Los...
- Artículo 10. No podrán, por sí o por interpósita persona, efectuar bajo circunstancia...
- Artículo 11. El reglamento establecerá los servicios anexos que pueden prestarse en los...
- TITULO III De los establecimientos y el personal
- Artículo 12. Los casinos de juego autorizados sólo podrán funcionar en el establecimiento...
- Artículo 13. El establecimiento respectivo podrá ser de propiedad de la sociedad...
- Artículo 14. Corresponderá a la Superintendencia fiscalizar el cumplimiento de los...
- Artículo 15. El personal del casino de juego no podrá, por sí o por interpósita persona,...
- TITULO IV
Del permiso de operación
Párrafo 1º
Del otorgamiento - Artículo 16. Podrán autorizarse y funcionar sólo hasta 24 casinos de juego en el...
- Artículo 17. Podrán optar a permiso de operación para un casino de juego sólo sociedades...
- Artículo 18. Los accionistas de las sociedades operadoras podrán ser personas naturales o...
- Artículo 19. Las solicitudes de permisos de operación o de renovaciones de los mismos...
- Artículo 20. La oferta técnica deberá contener y acompañar, en su caso, a lo menos: a)...
- Artículo 21. La Superintendencia tendrá facultades para investigar los antecedentes en...
- Artículo 21 BIS. Se considerarán como únicas causales para que la sociedad solicitante no...
- Artículo 22. Respecto de cada solicitud de operación que se presente, la Superintendencia...
- Artículo 23. Junto con el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos...
- Artículo 24. Eliminado
- Artículo 25. Para obtener un permiso de operación se debe alcanzar, al menos, el 60% de...
- Artículo 26. La resolución que otorgue, deniegue o renueve el permiso de operación de un...
- Artículo 26 BIS. Si como consecuencia de una resolución que otorga un permiso de operación se...
- Artículo 27. La resolución que otorgue o renueve un permiso de operación deberá contener,...
- Artículo 27 BIS. En contra de las resoluciones de evaluación y otorgamiento, denegación o...
- Artículo 28. La sociedad deberá desarrollar el proyecto integral autorizado dentro del...
- Artículo 29. El permiso de operación habilitará la explotación del casino de juego...
- Párrafo 2°
De la extinción y revocación - Artículo 30. El permiso de operación se extinguirá por alguna de las siguientes causales:...
- Artículo 31. El permiso de operación podrá ser revocado por cualquiera de las siguientes...
- Artículo 32. El Superintendente iniciará el procedimiento de revocación cuando considere...
- Artículo 33. El operador podrá efectuar los descargos que crea oportuno dentro del plazo...
- Artículo 34. La resolución de revocación deberá ser fundada y se pronunciará sobre todos...
- TITULO V
De la Superintendencia de Casinos de Juego
Párrafo 1°
Naturaleza, estructura y funciones - Artículo 35. Créase la Superintendencia de Casinos de Juego, organismo autónomo, con...
- Artículo 36. Corresponderá a la Superintendencia supervigilar y fiscalizar el...
- Artículo 37. La Superintendencia tendrá las siguientes funciones y atribuciones: 1.-...
- Artículo 38. La Superintendencia de Casinos de Juego contará con un Consejo Resolutivo,...
- Párrafo 2°
Del patrimonio - Artículo 39. El patrimonio de la Superintendencia estará constituido por los bienes...
- Párrafo 3°
De la organización - Artículo 40. El Superintendente de Casinos de Juego será un funcionario de la exclusiva...
- Artículo 41. Establécese la siguiente planta de personal de la Superintendencia:...
- Artículo 42. Corresponderá al Superintendente: 1.- Dirigir y organizar el...
- TITULO VI De la fiscalización, infracciones, delitos y sanciones
Párrafo 1°
De la fiscalización - Artículo 43. Los funcionarios de la Superintendencia habilitados como fiscalizadores...
- Artículo 44. Las sanciones establecidas en el presente Título se entienden sin perjuicio...
- Párrafo 2°
De las infracciones - Artículo 45. No se podrán desarrollar y explotar los juegos de azar que la presente ley...
- Artículo 46. Las infracciones de esta ley, de sus reglamentos, y de las instrucciones y...
- Artículo 46 BIS. Serán sancionados con amonestación o multa de quince a doscientas unidades...
- Artículo 47. Serán sancionados con multa de treinta a ciento cincuenta unidades...
- Artículo 48. Serán sancionados con multa de tres a treinta unidades tributarias mensuales...
- Artículo 49. Serán sancionadas con multa de tres a quince unidades tributarias mensuales...
- Artículo 50. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 31, será sancionada con multa...
- Artículo 51. El que manipule, modifique o altere los implementos de los juegos o su...
- Artículo 52. El que utilice máquinas o implementos de juego no autorizados será...
- Artículo 53. El que maliciosamente alterare, destruyere o inutilizare los libros,...
- Artículo 53 BIS. Serán responsables del pago de la multa las sociedades operadoras y,...
- Artículo 54. Si las infracciones establecidas en los artículos precedentes fueren...
- Artículo 55. Los procedimientos administrativos para la aplicación de las sanciones...
- Artículo 56. A las actividades que se realicen de conformidad con esta ley no les serán...
- Artículo 56 BIS. Las acciones de la Superintendencia para imponer las sanciones a las que se...
- TITULO VII
De la afectación - Artículo 57. Sin perjuicio de los impuestos establecidos en la Ley sobre Impuesto a la...
- Artículo 58. Establécese un impuesto de exclusivo beneficio fiscal de un monto...
- Artículo 59. Establécese un impuesto con tasa del 20%, sobre los ingresos brutos que...
- Artículo 60. Los recursos que se recauden por aplicación del impuesto establecido en el...
- Artículo 61. Los impuestos establecidos en los artículos precedentes se sujetarán en todo...
- Artículo 61 BIS. La oferta económica comprometida en la propuesta para optar al permiso de...
- Artículo 61 TER. Si el monto de la oferta económica comprometida por la sociedad operadora no...
- Artículo 62. Deróganse los incisos tercero y cuarto del artículo 2° de la ley N° 18.110.
- Artículo 63. Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 16, la Superintendencia podrá...
- Artículo 63 BIS. Las naves mercantes mayores extranjeras, con capacidad de pernoctación a...
- Artículo 63 TER. Los operadores extranjeros autorizados de acuerdo al artículo 63 bis,...
- Artículo 64. La autorización, funcionamiento y fiscalización de casinos de juego en la...
Otras regulaciones
Ley de presupuestos del sector público correspondiente al año 2024 Aprueba ley sobre integración social en la planificación urbana, gestión de suelo y plan de emergencia habitacional Establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los organos de la administracion del estado Declara el primer lunes de octubre de cada año como el día nacional del feriante Fija las normas que estructuran y organizan el funcionamiento y operacion de la asignacion de excelencia pedagogica y la red maestros de maestros, a que se refieren los articulos 14 a 18 de la ley nº 19.715Mejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Un asistente de la educación que ingrea en marzo a trabajar a un colegio, con contrato a plazo fijo, ¿puede tener contrato hasta febrero como los profesores? o ¿solo hasta diciembre? ¿en que ley puedo encontrar esta información?
Según la jurisprudencia de la Corte Suprema, la causal séptima de este artículo 546 del Código de Procedimiento Penal, se encamina a corregir eventuales errores de derecho en la determinación del sustrato fáctico de las decisiones jurídicas contenidas en la sentencia. Por ejemplo, haberse apreciado pruebas no previstas en la ley o dejado de apreciar algunas que la ley considera, o que se hubiere faltado a las normas que regulan el aporte de las probanzas, o que se hubiese atribuido al acusado la obligación de probar su inocencia.
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Andrés Retamales, abogado.
Este artículo (19 de la ley 16271), ¿deroga las exenciones del artículo 2 para el pago de los impuestos y convierte en donaciones de poca monta del art. 18 N°2 que supuestamente no serían válidas entre el primer y cuarto grado de parentesco haciéndolas válidas hasta como 100 UF mensuales y/o menos e eximiéndolas de la insinuación?
Este artículo (19 de la ley 16271) ¿también deroga los incisos finales de los artículos 1188, 1198 del código civil y todo el artículo 1398 del mismo texto legal?
Todo ésto refundido en el DFL-1 30-MAY-2000
Son claves las reglas de los artículos 19 al 24 del código civil.
Estaré atento a sus comentarios.
Muchas gracias.
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
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