Imprimir

Establece el estatuto chileno antártico Artículo 23 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 26-01-2026

Establece el estatuto chileno antártico
Artículo 23. Actividades prohibidas

Está prohibido en la Antártica:

1. Efectuar explosiones nucleares y eliminar desechos radioactivos.

2. Realizar cualquier actividad relacionada con los recursos minerales, salvo la investigación científica, a menos que entre en vigor un régimen internacional jurídicamente obligatorio sobre tales actividades y condiciones en que ellas podrán ser aceptadas y que salvaguarde los derechos soberanos antárticos chilenos.

3. Introducir especies animales o vegetales no nativas o exóticas, salvo los casos especialmente contemplados en el artículo 24 y cumpliendo las condiciones en él prescritas.

4. Descargar en el mar hidrocarburos petrolíferos o mezclas petrolíferas, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 del Anexo IV del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.

5. Descargar en el mar sustancias nocivas líquidas, de conformidad con lo previsto en el artículo 4 del Anexo IV del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.

6. Eliminar todo tipo de basura y residuos en cualquier sector de la Antártica y sus mares circundantes, salvo en los casos especialmente autorizados por el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y sus Anexos o las normas internacionales sobre navegación marítima.

7. Descargar en el mar aguas residuales de conformidad con lo previsto en el artículo 6 del Anexo IV del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.

8. Dañar, trasladar o destruir un sitio o monumento nacional o un sitio o monumento histórico designado en conformidad al Sistema del Tratado Antártico.

9. Cazar, capturar o sacrificar focas en contravención a lo dispuesto en la Convención para la Conservación de las Focas Antárticas.

10. Capturar, ejercer acción deliberada o interferir dañinamente a los albatros y petreles, sus huevos o sus sitios de nidificación, salvo en los casos expresamente autorizados por el Acuerdo sobre la Conservación de Albatros y Petreles y sus Anexos.

11. En general, realizar cualquier tipo de actividad sin contar con las autorizaciones y evaluaciones ambientales correspondientes.

La ejecución de cualquiera de las acciones prohibidas en este artículo se sancionará conforme a lo que dispone el Título VII.



Chile Art. 23 Establece el estatuto chileno antártico
Artículo 1 ...21 22 23 24 25 ...58

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

no, quedará como filiación contra la oposición


sí si se puede, yo lo hice y no paso nada


Hola quisiera saber si el padre puede reconocer a un hijo después de que la sentencia del tribunal sea por el artículo. 203 del codigo civil. Es decir si se puede cambiar esa situación ya que en el certificado de nacimiento sale la filiación paternal por el código 203.

Gracias


Entonces existe una excepción donde predomina el IFC sobre el plan regulador. Eso lo define quien ?


Buenas días, junto con saludarlos quisiera hacer una consulta. Estoy tramitando una posesión efectiva testada la cual cumplió con los tramites establecidos. Pero me falta la publicación en el diario oficial el cual ya no publica (gratis) este tipo de resoluciones.

Publique en un diario electrónico DIARIO AVISOS LEGALES por 3 días y el tribunal (5 juzgado civil de valparaíso) rechazo la publicación ya que no es su giro este tipo de publicaciones.

Anteriormente busque otro tipo de publicaciones pero escritas y son demasiados caras y no están al ancanse de mi bolsillo.

Consulta tendré que buscar otros medios informativos y ver su giro para hacer este tipo de publicaciones o es el tribunal que esta con un sesgo arbitrario con respecto a ciertos medios de comunicación.

Agradecido y esperando una orientación quedo atento.

Gracias


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse