Establece el estatuto chileno antártico Artículo 24 Chile
Establece el estatuto chileno antártico
Artículo 24. Actividades que requieren autorización previa
Está prohibido en la Antártica, a menos que se cuente con autorización expresa del Instituto Antártico Chileno:
1. Ingresar a una Zona Antártica Especialmente Protegida, designada de conformidad con lo previsto en el Anexo V del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.
2. Efectuar una toma o intromisión perjudicial respecto a la fauna y flora antártica, conforme a las definiciones de la presente ley, y en particular respecto de las Especies Especialmente Protegidas, según lo previsto en el Anexo II del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente.
3. Introducir en la Antártica especies animales o vegetales no nativas o exóticas.
4. Introducir en la Antártica productos o elementos químicos potencialmente dañinos para el medio ambiente.
Un reglamento expedido por el Ministerio del Medio Ambiente, que llevará además la firma del Ministro de Relaciones Exteriores, establecerá los requisitos para la autorización de las acciones descritas anteriormente, en concordancia a lo previsto en el Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente y sus anexos, y fijará el procedimiento administrativo para su otorgamiento.
Chile Art. 24 Establece el estatuto chileno antártico
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Para validar "la circunstancia de hallarse en su entero juicio", ¿está establecido que el médico evaluador debe ser de alguna especialidad determinada? Leí en algunos artículos que solo podían ser geriatra, neurólogo o psiquiatra, pero luego, a contar del 2021, se desestimó ese requisito. ¿Podrían indicarme a qué medico o profesional de la salud mental, se puede recurrir?
Estimad@, en dicho caso debe tramitar patente de oficina virtual, la que debe solicitar en la comuna donde haya declarado su casa matriz ante el SII (no necesariamente la misma de la escritura de constitución). Dicha patente grava su actividad con el artículo 24° de la Ley N° 3.063 e incluye el derecho de aseo. Si existe otra patente en la misma dirección que ya paga el aseo, debe solicitar que no se le cobre este monto.
Saludos!
hola buen día, existe norma expresa que autorice la ampliación de un embargo a los bienes del conyuge? si no son suficientes los bienes del marido deudor
Debe alegar error de hecho y solicitar se deje sin efecto por no concurrir circunstancias que justifiquen multa
Estimado Quien es el juez competente para conocer de ese asunto, ya que la fiscalía se declara incompetente, por ser temas de copropiedad inmobiliaria. Se Agradece su respuesta
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