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Crea el ministerio de desarrollo social y familia y modifica cuerpos legales que indica Artículo 16 ter Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-03-2025

Crea el ministerio de desarrollo social y familia y modifica cuerpos legales que indica
Artículo 16 ter.

De conformidad a lo establecido en la ley N° 20.500, sobre asociaciones y participación ciudadana en la gestión pública, existirá un Consejo de la Sociedad Civil de la Niñez que será especialmente oído en las materias establecidas en las letras b) y g) del artículo 3° bis de esta ley.

Los miembros del Consejo señalado en este artículo ejercerán sus funciones ad honorem.



Chile Art. 16 ter Crea el ministerio de desarrollo social y familia y modifica cuerpos legales que indica
Artículo 1 ...16 16 bis 16 ter 17 18 ...30

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ursula + shoske


Frente playero el resto que la chupe


existen variantes segun este mismo artículo del codigo civil. -


valesex vosotros sabeis



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