Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación Artículo 13 Chile
Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación
Artículo 13. De la organización interna de la Agencia
La Agencia estará a cargo de un Director o Directora Nacional, quien será el jefe superior de servicio.
El Director o Directora Nacional, con sujeción a la planta y la dotación máxima de personal, establecerá la organización interna de la Agencia y determinará las denominaciones y funciones que correspondan a cada una de las unidades establecidas para el cumplimiento de las funciones que le sean asignadas.
Chile Art. 13 Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación
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