Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación Artículo 28 Chile
Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación
Artículo 28.
Reemplázase, en la letra f) del artículo 7º de la ley Nº 20.129, que establece un sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación superior, la expresión "la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnológica, CONICYT" por "el Ministro o Ministra de Ciencia, Tecnología, Conocimiento e Innovación".
Chile Art. 28 Crea el ministerio de ciencia, tecnología, conocimiento e innovación
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