COT Artículo 30 Chile
Código Orgánico de Tribunales
Artículo 30.
En la Tercera Región, de Atacama, existirán los siguientes juzgados de letras:
A.- JUZGADOS CIVILES:
Cuatro Juzgados con asiento en la comuna de Copiapó, con competencia sobre las comunas de Copiapó y Tierra Amarilla;
B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:
Un Juzgado con asiento en la comuna de Chañaral, con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna;
Un Juzgado con asiento en la comuna de Diego de Almagro, con competencia sobre la misma comuna;
Un Juzgado con asiento en la comuna de Caldera, con dos jueces, con competencia sobre la misma comuna;
Un Juzgado con asiento en la comuna de Freirina, con competencia sobre las comunas de Freirina y Huasco, y
Dos Juzgados con asiento en la comuna de Vallenar, con competencia sobre las comunas de Vallenar y Alto del Carmen.
Chile Art. 30 Código Orgánico de Tribunales
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Profesora Leonila soy su fan #1
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