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COT Artículo 28 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11-09-2024

Código Orgánico de Tribunales
Artículo 28.

En la Primera Región, de Tarapacá, existirán los siguientes juzgados de letras:

A.- JUZGADOS CIVILES:

Tres juzgados con asiento en la comuna de Iquique, con competencia sobre las comunas de Iquique y Alto Hospicio.

B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:

Un Juzgado con asiento en la comuna de Pozo Almonte, con tres jueces, con competencia sobre las comunas de Pica, Pozo Almonte, Huara, Colchane y Camiña.



Chile Art. 28 Código Orgánico de Tribunales
Artículo 1 ...27 ter 27 quater 28 29 30 ...FINAL

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consulta , si yo rendi la prueba y saque A, el 2017 y ecien este año me vuelvo a evaluar por estar recien en un colegio con carrera docente otra vez, debo rendir la prueba o aun me sirve esa primera A que saque ?


Buenos días. Corregido, gracias por su atención.


el inciso 3 tiene un error en su transcripción "...venta de L. 18.802 la antigua..."


10/10 gracias a este articulo me vendieron la falopa


10/10 todavía recuerdo cuando este artículo me salvó del incendio


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