COT Artículo 31 Chile
Código Orgánico de Tribunales
Artículo 31.
En la Cuarta Región, de Coquimbo, existirán los siguientes juzgados de letras:
A.- JUZGADOS CIVILES:
Tres Juzgados con asiento en la comuna de La Serena, con competencia sobre las comunas de La Serena y La Higuera;
Tres Juzgados con asiento en la comuna de Coquimbo, con competencia sobre la misma comuna;
B.- JUZGADOS DE COMPETENCIA COMÚN:
Un Juzgado con asiento en la comuna de Vicuña, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Vicuña y Paihuano;
Un Juzgado con asiento en la comuna de Andacollo, con competencia sobre la misma comuna;
Tres Juzgados con asiento en la comuna de Ovalle, con competencia sobre las comunas de Ovalle, Río Hurtado, Monte Patria y Punitaqui;
Un Juzgado con asiento en la comuna de Combarbalá, con competencia sobre la misma comuna;
Un Juzgado con asiento en la comuna de Illapel, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Illapel y Salamanca, y
Un Juzgado con asiento en la comuna de Los Vilos, con dos jueces, con competencia sobre las comunas de Los Vilos y Canela.
Chile Art. 31 Código Orgánico de Tribunales
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efectivamente la 5 lucas
el inciso 3 tiene un error en su transcripción "...venta de L. 18.802 la antigua..."
10/10 gracias a este articulo me vendieron la falopa
10/10 todavía recuerdo cuando este artículo me salvó del incendio
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