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Código de Comercio Artículo 18 Chile


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16-06-2025

Código de Comercio
Artículo 18.

El menor comerciante puede comparecer en juicio por sí solo en todas las cuestiones relativas a su comercio.



Chile Art. 18 CCom, CDC, C Co
Artículo 1 ...16 17 18 19 20 ...FINAL

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Introduccion al derecho pipipi


quisiera ser cebolla para estar dentro de tu empanada


Profesora Leonila soy su fan #1


hola malditos hijos del semen


hola herrerista25


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