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Nombre: Abogado Manuel Palma

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Está en el sitio desde: 28-06-21
Ciudad: Santiago
Dirección: Agustinas 611, of 73 stgo. +56978732483
WhatsApp: 56978732483

Los comentarios del abogado Abogado Manuel Palma

la última reforma fue el año 2004.


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Debe solicitar visa de residencia permanente.


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Debe notificar a los herederos. Si no conoce antecedentes de ellos debe solicitar al tribunal se notifique por avisos. Todo patrocinado por abogado. Esta es solo una estrategia jurídica, hay alternativas (jurídicas) más onerosas.


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Para casarse en Chile se requiere ser mayor de 18 años (hay excepciones), no estar casado o en acuerdo de unión civil, cédula de identidad o pasaporte vigente, no tener vínculo de parentezco (ascendientes o descendientes y hermanos) o adopción. Pedir hora en Registro Civil e Identificación y manifestar la intención de casarse.


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La denuncia es por hurto agravado del artículo 447 del Código Penal.

Manuel Palma

abogado


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el artículo 90 citado es claro en cuanto a quién está autorizado, previo aviso al dueño del predio. Sin embargo, hay que distinguir si, además, de servidumbre de agua hay servidumbre de paso, ahí podrá transitar cualquiera. También distinguir, un cause de agua al que se haya calificado de río (no canal) cuya rivera es bien nacional de uso público por lo que puede transitar cualquiera.


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si el ocupante no entrega el inmueble, el camino jurídico depende de cuales condiciones se produjo el remate y adjudicación, puede ser en el actual estado de conservación (ocupantes incluidos) o libre de todo ocupante. Si es el segundo caso, se solicita el desalojo en el mismo juicio; si es la primera hipótesis debe iniciar un nuevo juicio de desalojo. El plazo que tiene el tribunal para resolver es 60 días, pero no es obligatorio como si ocurre con los plazos impuestos por la ley a las partes, son fatales.


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Estimado, las causales de cesación del cargo de parlamentarios establecidas en el artículo 60 de la CPR es competente para resolverlas el Tribunal Constitucional.


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Joaquín, se debe hacer diagnóstico previo si aplica o no la prescripción y determinar cuál tribunal es competente. De eso depende los costos de un juicio.


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debe hacerse parte en la causa como querellante víctima, salvo exista otro familiar más cercano acreditado como víctima en el proeso penal.


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Los comentarios de los usuarios

La denuncia es por hurto agravado del artículo 447 del Código Penal.

Manuel Palma

abogado


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Hola, puedo hacer una denuncia por hurto por hallazgo si perdí mi computador en un Uber?el conductor me indica que no lo vio

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Me rechazaron solicitud PGU por artículo 10 lectraC). Efectivamente estuve fuera de Chile más de cinco años. Hoy resido en chile y el IPS no aplicó el artículo 14 de la ley y reglamento que dice que si tengo más de 20 años de cotización ese artículo se considera cumplido. Estoy en lo cierto o equivocado de como y cuando se aplica el artículo 14. Reclamé y envié certificado de cotizaciones, 28 años 4 meses y certificado de viajes pdi. Última salida y regreso agosto 2022. Gracias

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Buenas tardes abogado Palma, quería consultar lo siguiente:

somos tres hermanos, herederos con posesión efectiva, mi madre dejo algo de dinero en el banco estado, supera las 5 UTA. Sucede que hay un hermano que no quiere ir al banco y tampoco firmar un poder especial para que otro hermano realicé los trámites correspondientes. Qué podemos hacer para retirar la parte que a mi hermana y a mí nos corresponde. Espero pueda ayudarme. Muchas gracias.

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Buenos días Abog. Palma, comedida y respetuosamente solicitó su valiosa colaboración, orientándome en el siguiente caso. Tengo dos sobrinos colombianos, uno de 32 y otro 22 años, con residencia permanente en Chile, el primero Ingeniero Biomédico y el otro terminando carrera como Politólogo. El mayor vulnera los derechos del menor ejerciendo violencia física y emocional, sin que mi hermana, haga nada al respecto.

Que me recomienda hacer en este caso pues el que está siendo abusado le da pesar que hermano pierda la residencia, pero este abuso lo ha llevado a entrar en depresión y pensar en quitarse la vida.

Agradezco su amable e invaluable colaboración.

Gladys Bermúdez Escobar

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Buenas noches, a la persona que descubrió que su trabajador le estaba robando, hay que despedirlo, pero debe prepararse el despido. Le sugiero que me escriba y lo oriento.

Saludos

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Yo diría que tiene que validar el matrimonio en chile, ya que la sucesión siempre se abre en el pais donde se encuentran los bienes

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Estimado, estoy casado en otro país y compre una casa en Chile y figuro como soltero. Como tengo que hacer para que mi esposa sea beneficiaria en caso de muerte? Gracias.

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Hola, una consulta, tuvimos un empleado que al dia de hoy nos dimos cuenta que estuvo robando desde que ingreso a trabajar....se hacia transferir la paga de nuestros clientes a otra cuenta empresa que no era nuestra., y todo esto salio a la luz porque descubrimos que se estaba robando mercaderia de la tienda. Como deberia proceder ante esto?

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La identidad de los ocupantes se solicita a través de Carabineros del sector. Debe luego accionar en tribunal civil patrocinado por un abogado.


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Para aser un alzamiento y recuperar mi propiedad ya que desconosco quien la estan ocupando puedo noticificar por aviso para lograr el lanzamiento dr sus ocupantes

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saludos y exito

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Buenas tardes. Estimados juristas, ahora sus datos de contactos se coloca automaticamente debajo de cada su comentario. Usted puede indicar su Número de teléfono, WhatsApp y Sitio web en su perfil. Además, en su perfil Usted puede ver un nuevo campo "Etiqueta debajo del comentario" para su texto publicitario. Que tenga un trabajo productivo! Сon respeto, Admin.

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Se debe hacer una querella criminal en contra de la conductora por manejo en estado de ebriedad y daños, además una demanda civil para el pago de los daños en contra de la conductora y dueño del vehículo.

Manuel Palma abogado


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Hola buenas tardes, ayer chocaron mi auto estacionado en la puerta de mi casa, el auto se volcó de medio lado en un condominio pequeño de calles cortas, la mujer que manejaba tenía ,1.80 de alcohol por examen de aire q hizo carabineros, pero su amiga copiloto se hecho la culpa, de que venía manejando, porque ella no venía con alcohol, tenemos grabaciones antes q llegará carabineros, donde la mujer ebria asume q venía manejando, carabineros me indico que la mujer ebria quedó detenida por esa noche por arte. 26 procesal penal., Que fiscalía vería el tema, que ella no asumió q venía manejando y la amiga se siguió hechando la culpa.

Me puede ayudar a saber que debo seguir ahora mi vecino y yo que fuimos afectados con el destrozo de nuestros autos, declaramos en la comiseria anoche, pero vino el amigo de la mujer ebria quien dijo que era abogado y escuchamos como le decía a la otra chica que no había tomado, que se hechara la culpa.

Me puedes decir cómo podemos proceder, no tenía los documentos del auto, fue a las 23:45 horas, fuera del horario toque de queda.

Por favor ayúdame a saber cómo proceder, con esto que encuentro tan injusto, por no saber nada de leyes y no ver ni saber que más debo hacer.

Quedo atenta a tu respuesta, saluda

Jessica López

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Representación en juicios penales, civiles, familia y laboral. Abogado Manuel Palma +56978732483. Consulta gratuita.


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Representación en juicios penales, civiles, familia y laboral.

La última vez era editado: 28-06-21 18:19:15

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