Otorga incentivo por retiro voluntario a los funcionarios del poder judicial Chile
Otorga incentivo por retiro voluntario a los funcionarios del poder judicial
- Artículo 1. Otórgase una bonificación por retiro voluntario, por una sola vez, a los...
- Artículo 2. La bonificación por retiro voluntario ascenderá a un mes de remuneración...
- Artículo 3. Podrán acceder a la bonificación por retiro voluntario hasta un total de...
- Artículo 4. Sin perjuicio de lo indicado en el artículo anterior, quienes postulen...
- Artículo 5. Otórgase, por una sola vez, una bonificación adicional, de cargo fiscal, a...
- Artículo 6. La bonificación adicional ascenderá a los siguientes montos según los años...
- Artículo 7. Los funcionarios y funcionarias señalados en el artículo 1, que se...
- Artículo 8. Para los funcionarios y funcionarias beneficiarios de esta ley que no se...
- Artículo 9. Para que los funcionarios y funcionarias señalados en el artículo 1 accedan...
- Artículo 10. No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, los funcionarios o...
- Artículo 11. Los beneficios establecidos en esta ley son incompatibles con cualquier otro...
- Artículo 12. Quienes cesen en sus empleos por aplicación de lo dispuesto en la presente...
- Artículo 13. El personal que, cumpliendo los requisitos que establece esta ley, no...
- Artículo 14. Las bonificaciones por retiro voluntario y adicional de la presente ley,...
- Artículo 15. Un auto acordado de la Corte Suprema fijará el o los períodos de postulación...
Otras regulaciones
Crea la oficina de estudios y politicas agrarias Establece día nacional del suplementero Ley sobre plan habitacional Establece pension de reparacion y otorga otros beneficios a favor de las personas que indica Crea la xiv region de los rios y la provincia de ranco en su territorioMejores juristas





Puedo justificar la deserción del servicio militar con papel psicológico?
modificaciones mas importantes del decreto ley 407 porfis del notariado
Cómo puedo justificar el desertar del servicio militar
El inciso n° 3 está eliminado
Estimado Victor, frente a ello proceden recursos administrativos cuyo plazo comienza a contarse desde la aplicación de la multa. Adjunto formulario donde se especifican los detalles.
https://www.supersalud.gob.cl/servicios/669/articles-7592_form_url2.pdf
Atte, Matías Moreno Contardo
Abogado
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