Ley sobre royalty a la minería Chile
Ley sobre royalty a la minería
- Título Primero
- Artículo 1. Establécese un impuesto denominado Royalty Minero, que se regirá por las...
- Artículo 2. Establécese un componente ad valorem del Royalty Minero con una tasa de un...
- Artículo 3. Los explotadores mineros cuyas ventas anuales provengan en más de un 50% de...
- Artículo 4. Los explotadores mineros a quienes no les sean aplicables las disposiciones...
- Artículo 5. Para determinar el Royalty Minero al cual se encuentra sujeto un explotador...
- Artículo 6. Para efectos de lo establecido en los artículos 2, 3 y 4, se entenderá por...
- Artículo 7. Los explotadores mineros obligados al pago de este Royalty Minero deberán...
- Artículo 8. Establécese un límite de carga tributaria máxima potencial a los...
- Artículo 9. El impuesto establecido en esta ley se devengará anualmente y deberá ser...
- Artículo 10. Los explotadores mineros sujetos al Royalty Minero establecido en esta ley...
- Artículo 11. Esta ley no afectará a los pequeños mineros, mineros artesanales ni...
- Artículo 12. En lo no previsto en esta ley serán aplicables, según corresponda, las...
- Artículo 13. Créase un Fondo Regional para la Productividad y el Desarrollo, en adelante...
- Artículo 14. Modifícase el decreto ley N°824, que aprueba texto que indica de la Ley...
- Artículo 15. Reemplázase en la letra n) del artículo 2 del decreto ley N°1.349, de 1976,...
- Artículo 16. Introdúcense en el inciso tercero del artículo 14 de la ley Nº 18.695,...
- Artículo 17. Modifícase el decreto ley N°3.063, de 1979, sobre rentas municipales, cuyo...
Otras regulaciones
Crea el servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia y modifica normas legales que indica Ley de los tribunales electorales regionales Declara el primer lunes de octubre de cada año como el día nacional del feriante Flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones al seguro de desempleo de la ley nº 19.728, con motivo de la pandemia originada por el covid-19, y perfecciona los beneficios de la ley nº 21.227 Reforma el codigo organico de tribunalesMejores juristas
Andrés RetamalesTu Consulta Jurídica SpA
Carlos Alfredo Contreras Matus
Miguel Schurter
Wolfenson Abogados - Estudio Jurídico Chile
Este artículo (19 de la ley 16271), ¿deroga las exenciones del artículo 2 para el pago de los impuestos y convierte en donaciones de poca monta del art. 18 N°2 que supuestamente no serían válidas entre el primer y cuarto grado de parentesco haciéndolas válidas hasta como 100 UF mensuales y/o menos e eximiéndolas de la insinuación?
Este artículo (19 de la ley 16271) ¿también deroga los incisos finales de los artículos 1188, 1198 del código civil y todo el artículo 1398 del mismo texto legal?
Todo ésto refundido en el DFL-1 30-MAY-2000
Son claves las reglas de los artículos 19 al 24 del código civil.
Estaré atento a sus comentarios.
Muchas gracias.
Un sujeto había cometido un robo con intimidación en una avenida del sector oriente de la capital, cuando es divisado por un motorista de Carabineros que circulaba por los alrededores del lugar. Este sujeto al ver la presencia policial emprende la huida y es seguido por el funcionario en su moto hasta que el imputado llega a una residencia, saltando la pared e ingresando en ella. El Carabinero, al llegar la residencia en donde saltó el imputado, y se percata que hay una bandera de otro país, y una placa metálica que señala que corresponde a la residencia del Embajador de Argentina en Chile.
El funcionario policial, al estar en persecución del delincuente, decide saltar la pared e ingresar igualmente. Una vez en el lugar se pudo percatar que el imputado había seguido huyendo saltando hacia otra propiedad. El encargado del lugar se encuentra con el Carabinero, a quien le pide salga de la residencia diplomática.
PREGUNTA:
Teniendo en consideración lo previsto en el artículo 129 inciso final, artículo 205, 206 y 210 del Código Procesal Penal.
¿Era correcto aplicar el inciso final del artículo 129 del CPP o debía regirse por el artículo 210 y adoptar medidas de vigilancia?, o ¿puede requerir la autorización del encargado del local de conformidad al artículo 205 del CPP?
Hola; si un delito es producido en un país, pero causa sus efectos en otro, hay 3 teorías que pretenden solucionar el problema
La teoría de la acción, o sea, donde se ejecuta la conducta, más allá, de donde se produzca el resultado; La teoría del resultado, por el contrario, lo importante es donde se produce el efecto. Y, por último, la teoría de la ubicuidad. En la cual, en definitiva, son competentes tanto el país en el que se da la ejecución del hecho, como aquel en el cual se producen los resultados. Cualquiera de ellos puede conocer el delito. Siempre considerando el principio non bis in ídem. Es decir, no puede ser condenado 2 veces por la misma conducta.
Soy estudiante de derecho (2do año)
una persona hiere con arma blanca a otra en la frontera colombo venezolana en lado colombiano, el herido fue llevado a un centro hospitalario cercano ubicado en territorio venezolano y muere allí. Que ley se aplica, la colombiana o la venezolana?
buenos dias. quería preguntar lo siguiente. me encuentro en un complejo momento en base al seguro de desgravamen (hipotecario) ya que al ser obligatorio no me puedo eximir de este, lo menciono ya que el año pasado me diagnosticaron con diabetes tipo 2 (por vía oral el medicamento) este será impedimento para optar a la vivienda soñada
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